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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G30/G32/G31/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 23 de agosto de 2003 SUNARP-Z.R.Nº IX-GBM, de fecha 30 de enero de 2003, referido al Título Nº 8970, presentada con fecha 15 deenero de 2003, respecto a la inscripción del vehículo deplaca Nº UO-4988; Nº 110-2003-SUNARP-Z.R.Nº IX-GBM, de fecha 30 de enero de 2003, referido al Título Nº222885, presentada con fecha 14 de diciembre de 2002, respecto a la inscripción del vehículo de placa Nº II-4192; Que, mediante los memorándums e informe citados en el párrafo precedente la Gerencia de Bienes Mue-bles de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima, informa ala Oficina Legal de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima,sobre la presunta comisión de delitos Contra la Fe Pú- blica, en las modalidades de Falsificación de Documen- tos y Falsedad Genérica, previstos y penados en losartículos 427º y 438º del Código Penal, hechos consis-tentes en haber falsificado la firma y sellos de diferen-tes Notarios Públicos en la certificación de las firmasobrantes en los Contratos de Compra Venta entre otros documentos, presentados ante el Registro de Propie- dad Vehicular para su calificación y posterior inscrip-ción, y en haber celebrado contratos después de lamuerte de una de las partes careciendo éstos de efec-tos jurídicos; Que, mediante Memorándum Nº 883-2002-ORLC- GBM, de fecha 12 de julio de 2002, la Gerencia de Bie- nes Muebles informa a la Oficina Legal sobre la solici-tud de inscripción del Título Nº 39601, de fecha 27 defebrero de 2002, referido al vehículo de placa AO-3106,presentado ante el Registro de Propiedad Vehicular deGrau por Freddy Francisco Hidalgo Cueva, el contrato de Compra Venta suscrito entre María Dolores Yolanda Minetto Ezcurra como vendedora, y de la otra parte,Freddy Francisco Hidalgo Cueva como comprador, porla suma de $ 3,800.00 (Tres Mil Ochocientos DólaresAmericanos), documento supuestamente certificadopor el Notario Público de Piura, doctor Alberto Quinta- nilla Delgado, quien mediante Carta de fecha 27 de enero de 2003, manifiesta que la firma y sellos queregistra el contrato de Compra Venta no pertenecen asu despacho notarial, hechos que denotan la presuntacomisión de delito de Falsificación de Documentos,previsto y penado en el artículo 427º del Código Penal, por lo que se debe iniciar las acciones legales contra Freddy Francisco Hidalgo Cueva; Que, mediante Memorándum Nº 1152-2002-ORLC- GBM, de fecha 9 de setiembre de 2002, la Gerencia deBienes Muebles informa a la Oficina Legal sobre la so-licitud de inscripción del Título Nº 160867, de fecha 9 de mayo de 2002, referido al vehículo de placa RGN- 228, presentado ante el Registro de Propiedad Vehicu-lar por Flor July Vega Condeso, el contrato de CompraVenta suscrito entre Teófilo Barreto Vicente como ven-dedor, y de la otra parte, Flor July Vega Condeso comocompradora, por la suma de $ 3,500.00 (Tres Mil Qui- nientos Dólares Americanos), documento supuesta- mente legalizado por el Notario Público de Cerro dePasco, doctor Teodoro Aquino Lino, documento que notiene ningún efecto jurídico puesto que dicho contratose celebró después de haber cesado dicho NotarioPúblico mediante Resolución Ministerial Nº 293-2000- JUS, de fecha 28 de octubre de 2000, hechos que de- notan la presunta comisión de delito de Falsedad Ge-nérica, previsto y penado en el artículo 438º del Códi-go Penal, por lo que se debe iniciar las acciones lega-les contra Flor July Vega Condeso; Que, mediante Memorándum Nº 1200-2002- SUNARP-Z.R.Nº IX-GBM, de fecha 19 de setiembre de 2002, la Gerencia de Bienes Muebles informa a la Ofi-cina Legal sobre la solicitud de inscripción del TítuloNº 164641, de fecha 11 de setiembre de 2002, referidoal vehículo de placa IO-7602, presentado ante el Re-gistro de Propiedad Vehicular por Blandemiro Espino- za Alverdi, el contrato de Compra Venta suscrito entre Sonia Gladys Gaviria Mauriz como vendedora y de laotra parte Jorge Luis Avila Castro como comprador, porla suma $ 800.00 (Ochocientos Dólares Americanos),documento supuestamente legalizado por el NotarioPúblico de Lima, doctor Aníbal Corvetto Romero, quien manifiesta mediante Carta de fecha 29 de enero de 2003, que la firma y sellos contenidos en el contratoque se le remite, no le corresponden, hechos que de-notan la presunta comisión de delito de Falsificaciónde Documentos, previsto y penado en el artículo 427º del Código Penal, por lo que se debe iniciar las accio-nes legales contra Blandemiro Espinoza Alverdi y Jor-ge Luis Avila Castro; Que, mediante Memorándum Nº 026-2003- SUNARP-Z.R.Nº IX-GBM, de fecha 10 de enero de 2003, la Gerencia de Bienes Muebles informa a la Oficina Legal sobre la solicitud de inscripción del Tí-tulo Nº 187165, de fecha 17 de octubre de 2002, refe-rido al vehículo de placa PO-5117, presentado anteel Registro de Propiedad Vehicular por Alejandro LauMalasquez, los Documentos de Identidad Nº 07894886, correspondiente a Víctor Manuel Carbajal Chomba, y Nº 07890758, correspondiente a AugustoAlejandro Mendoza Yanavilca, documentos supuesta-mente legalizados por el Notario Público de Lima,doctor Aníbal Corvetto Romero, quien manifiestamediante Carta de fecha 8 de enero de 2003, que la firma y sellos contenidos en los documentos que se le remiten han sido falsificados, hechos que denotanla presunta comisión de delito de Falsificación deDocumentos, previsto y penado en el artículo 427º delCódigo Penal, por lo que se debe iniciar las accioneslegales contra Alejandro Lau Malasquez; Que, mediante Memorándum Nº 043-2003- SUNARP-Z.R.Nº IX-GBM, de fecha 14 de enero de2003, la Gerencia de Bienes Muebles informa a laOficina Legal sobre la solicitud de inscripción del Tí-tulo Nº 174630, de fecha 26 de setiembre de 2002,referido al vehículo de placa BI-3414, presentado ante el Registro de Propiedad Vehicular por Claudio Felipe Víctor Sulca Gómez, el Contrato de Compra Ventasuscrito entre Guillermo Huamaní Bustamante comovendedor, y de la otra parte Claudio Felipe Víctor Sul-ca Gómez como comprador, por la suma de $ 1,200.00(Un Mil Doscientos Dólares Americanos), documento supuestamente legalizado por el Notario Público de Lima, doctor Igor Sobrevilla Donayre, quien manifies-ta mediante Carta de fecha 9 de octubre de 2002, quela firma y sellos contenidos en el documento que sele remite no pertenecen a su despacho notarial, he-chos que denotan la presunta comisión de delito de Falsificación de Documentos, previsto y penado en el artículo 427º del Código Penal, por lo que se debeiniciar las acciones legales contra Claudio Felipe Víc-tor Sulca Gómez; Que, mediante Informe Nº 003-2003-SUNARP- Z.R.Nº IX-GBM, de fecha 16 de enero de 2003, la Gerencia de Bienes Muebles informa a la Oficina Le- gal sobre la solicitud de inscripción del Título Nº163042, de fecha 9 de setiembre de 2002, referido alvehículo de placa CO-1110, presentado ante el Re-gistro de Propiedad Vehicular por Jaurín FernandezVillalobos, la solicitud de Reconstrucción de Antece- dente de fecha 29 de octubre de 2002, firmada por Carmen Lotty Andaluz Mideiros, y la Ratificación deContrato de Compra Venta de fecha 21 de octubre de2002, suscrito entre Patricia Ethel Campos Smithcomo vendedora, y de la otra parte Carmen Lotty An-daluz Mideiros como compradora, por la suma de $ 3,000.00 (Tres Mil Dólares Americanos), documentos que no tienen ningún efecto jurídico puesto que am-bos trámites documentarios se realizaron después dela muerte de la señora Carmen Lotty Andaluz Midei-ros, hechos que denotan la presunta comisión de de-lito de Falsedad Genérica, previsto y penado en el artículo 438º del Código Penal, por lo que se debe iniciar las acciones legales contra Jaurín FernandezVillalobos; Que, mediante Memorándum Nº 091-2003- SUNARP-Z.R.Nº IX-GBM, de fecha 24 de enero de2003, la Gerencia de Bienes Muebles informa a la Oficina Legal sobre la solicitud de inscripción del Tí- tulo Nº 178831, de fecha 3 de octubre de 2002, referi-do al vehículo de placa NG-5726, presentado ante elRegistro de Propiedad Vehicular por Manuel Victoria-no Cusquipoma Rivera, el Contrato de Compra Ventasuscrito entre Máximo Antonín Chávez Florindes como vendedor, y de la otra parte, Manuel Victoriano Cus- quipoma Rivera como comprador, por la suma de $1,200.00 (Un Mil Doscientos Dólares Americanos),documento supuestamente legalizado por el Notario