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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (23/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 21

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G30/G32/G31/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 23 de agosto de 2003 ría con el objeto de ratificar su firma de dichos Listados, para tal efecto ratificó las Listas en mención con fecha 30 de octu-bre de 2002, por la que se levantó el Acta de Ratificación de Firmas respectivas; Que, no obstante al reconocimiento de firmas efectua- do por el capacitador Wilfredo Díaz Franco, la Secretaría Técnica de Conciliación, remitió los actuados a la Ofici- na de Auditoría General del Ministerio de Justicia, ante laduda respecto a la autenticidad de firmas de dicho capa- citador, a fin de que dicha Oficina oficie al Laboratorio Central de Criminalística de la Policía Nacional del Perú,a efectos de que se practique la pericia de grafotecnia sobre dichos Listados y se determine la autenticidad o falsedad de dichas firmas; Que, mediante Oficio Nº 597-2003-DIRCRI-PNP-DI- VGRAF, de fecha 23 de enero de 2003, la División de Grafotecnia de la Policía Nacional del Perú, remite al Mi-nisterio de Justicia el Dictamen Pericial de Grafotecnia Nº 113/03, de fecha 20 de enero de 2003, en la que luego de un análisis detallado concluye que las firmas que obranen los Listados de Notas de los Cursos LXVIII,LXIX Y LXX, no provienen del puño gráfico del titular, en conse- cuencia son falsificadas; Que, mediante Informe Nº 068-2003-JUS/OGAJ, de fecha 2 de abril de 2003, la Oficina General de Asesoría Jurídica, recomienda remitir copia de los actuados a laProcuraduría Pública encargada de los asuntos judicia- les del Ministerio de Justicia, a fin de que considere la conducta del capacitador Wilfredo Díaz Franco, consis-tente en haber dificultado la acción de la Administración de Justicia, al procurar la desaparición de pruebas, fir- mas falsificadas en los documentos denominados Lista-dos, reconociéndolas como suyas, en tanto la pericia gra- fotécnica estableció lo contrario, hecho que constituiría el presunto delito de encubrimiento real, previsto y pena-do en el artículo 405º del Código Penal; Que, en ese sentido, existiendo suficiente indicio razonable de la comisión del delito referido, y con el obje-to de reunir las pruebas de la realización del delito y las circunstancias en que se han realizado, corresponde re- currir a la vía judicial para establecer la distinta participa-ción que hayan tenido el autor y otros en la ejecución del mismo, y la identidad de la persona que efectuó la falsifi- cación de firma del indicado capacitador en la Listas deNotas el mismo que es pasible de denuncia penal; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º delDecreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del sector Justicia y el artículo 12º del decreto Ley Nº 17357 de Represen- tación y Defensa del Estado en Juicio, modificado porDecreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, paraque en representación y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondien- tes contra Wilfredo Díaz Franco y los que resulten res-ponsables; conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución y antecedentes del caso a la Procuradora Pública men- cionada, para su conocimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FAUSTO HUMBERTO ALVARADO DODERO Ministro de Justicia 15679 MIMDES /G44/G61/G6E/G20/G70/G6F/G72/G20/G63/G6F/G6E/G63/G6C/G75/G69/G64/G61/G20/G64/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G2D /G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G4E/G41/G42/G49/G46 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 018-2003-MIMDES Lima, 22 de agosto de 2003CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 012-2003-MI- MDES de fecha 3 de junio de 2003, se designó al señor Carlos Enrique López Santillana como Presidente delConsejo Directivo del Instituto Nacional de Bienestar Fa- miliar - INABIF, Organismo Público Descentralizado del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; Que, resulta necesario dar por concluida la designa- ción antes mencionada; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, la Ley Nº 27793, el Decreto Legislativo Nº 830, el Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES modifica-do por Decreto Supremo Nº 013-2002-MIMDES; SE RESUELVE:Artículo Único.- Dar por concluida, la designación del señor CARLOS ENRIQUE LÓPEZ SANTILLANA,como Presidente del Consejo Directivo del Instituto Na- cional de Bienestar Familiar - INABIF, Organismo Público Descentralizado del Ministerio de la Mujer y DesarrolloSocial - MIMDES, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ANA ELENA TOWNSEND DIEZ CANSECO Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 15801 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F /G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G4E/G41/G42/G49/G46 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 019-2003-MIMDES Lima, 22 de agosto de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27793 - Ley de Organización y Funcio- nes del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, aprue- ba la Estructura Orgánica Básica del Ministerio de la Mujery Desarrollo Social estableciendo, entre otros, al Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF como Organis- mo Público Descentralizado; Que, se encuentra vacante el cargo de Presidente del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Bienestar Fa- miliar - INABIF; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley Nº 27793, Decreto Legislativo Nº 830, y Decreto Su-premo Nº 008-2002-MIMDES modificado por Decreto Supremo Nº 013-2002-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, al señor ROLANDO MARCIAL POMALIMA RODRÍGUEZ, en el cargo de Presidente del Consejo Directivo del Instituto Nacio- nal de Bienestar Familiar - INABIF, Organismo Públi-co Descentralizado del Ministerio de la Mujer y Desa- rrollo Social - MIMDES. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ANA ELENA TOWNSEND DIEZ CANSECO Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 15802