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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (24/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 17

PÆg. 250259 NORMAS LEGALES Lima, domingo 24 de agosto de 2003 DEFENSA Autorizan viaje de oficiales de la Mari- na a Argentina en comisión de servicio RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 282-DE/MGP Lima, 21 de agosto de 2003 Visto el Oficio P.200-1976 del Director General del Per- sonal de la Marina, de fecha 14 agosto 2003. CONSIDERANDO: Que, el inciso (f) del Artículo 4º de la Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, establece como una de sus fun-ciones participar y fomentar la implementación de políticasy acuerdos internacionales, destinados a garantizar la de-fensa regional y seguridad hemisférica; Que, entre los objetivos estratégicos generales y políti- cas del Sector Defensa, se encuentra la participación enactividades de carácter regional, continental y/o mundial,en la perspectiva de integrar las Fuerzas Armadas Multina-cionales de Paz o Seguridad; Que, el Sector Defensa en cumplimiento a lo dispuesto por el Supremo Gobierno respecto a las medidas de auste-ridad y racionalidad del gasto en el Sector Público vienereduciendo al mínimo indispensable las autorizaciones delos viajes al exterior; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 017-2003, excepcionalmente po-drá autorizarse aquellos viajes al exterior que resulten in-dispensables para asegurar el cumplimiento de los objeti-vos y metas fijados para el ejercicio del año 2003; Que, es indispensable para los intereses instituciona- les autorizar el viaje al exterior en Comisión del Servicio alPersonal Superior que se indica en la parte resolutiva, conla finalidad de que viajen a la ciudad de Bahía Blanca -Argentina, a fin que participen en la Conferencia Final dePlaneamiento para el Ejercicio Multinacional UNITAS 44- 03 Fase Atlántico, a llevarse a cabo del 25 al 29 agosto2003, por cuanto las experiencias a adquirirse redundaránen beneficio de la Seguridad Nacional, dentro del ámbitode competencia de la Marina de Guerra del Perú; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27860, Ley Nº 27619, Decreto de Urgencia Nº 017-2003 y el De-creto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión del Servicio del Capitán de Navío Sergio Héctor SOLIMANOSalerno CIP 00753749, Capitán de Fragata Leoncio DanielRODRÍGUEZ Delfín CIP 01878499 y Capitán de CorbetaPercy Antonio RAMÍREZ Rodríguez CIP 00811506, a la ciu-dad de Bahía Blanca - Argentina, a fin que participen en laConferencia Final de Planeamiento para el Ejercicio Multi-nacional UNITAS 44-03 Fase Atlántico, a partir del 24 al 29agosto 2003. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Gue- rra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, deacuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: Lima - Bahía Blanca (Argentina) - Lima US$ 622.59 x 3 Personas Viáticos: US$ 200.00 x 6 días x 3 Personas Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$ 28.00 x 3 Personas (Perú) Artículo 3º.- El Ministro de Defensa, queda facultado para variar la fecha de inicio o término del nombramiento,sin exceder el plazo total establecido. Artículo 4º.- El citado Personal Superior, deberá cum- plir con sustentar lo señalado en los Artículos 6º y 10º delDecreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 junio 2002. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduane-ros de ninguna clase o denominación.CRF CONCEPTOS Y PROCESOS INCLUIDOS CLASES DE PLANTAS O PRODUCTOS VEGETALES - Hongos comestibles frescos o secos: micelio y esporas. - Frutas secadas artificialmente.- Granos estabilizados, expandidos y precocidos a granel. - Arroz parboilizado. - Herbarios e insectarios, Caucho. Productos vegetales semi-procesados (sometidos a secado, limpieza, sepa- Flores de corte y follajes ornamentales secos.ración, descascaramiento, etc.) que puedan albergar plagas y cuyo destino - Madera aserrada y basas.es consumo / uso directo o transformación. - Astillas de madera. - Embalajes y soportes de madera (declarados como carga). Incluye los productos sometidos a los siguientes procesos: - Corcho natural, sacos de yute o de otra fibra vegetal. 2 - Especias en granos u hojas secas. - Astillado - Descortezado - Extracción simple - Hierbas medicinales, aromáticas e industriales secas (inclusive el - Descuticulizado - Descascarado - Picado tabaco).- Secado Natural - Prensado simple (excepto fibra de algodón) - Frutos de naturaleza seca, sin cáscara (almendra, avellana, etc.) . - Derivados de cereales, oleaginosas y leguminosas: afrechillos, paja, cascabillo, etc.- Frutas secadas en forma natural. Productos vegetales naturales primarios destinados a consumo, uso directo - Frutas y hortalizas frescas.o transformación. - Flores cortadas frescas. - Follajes frescos. - Rollizos de madera, con o sin corteza.- Leña, corteza 3 - Ramas y follaje. - Granos partidos o enteros.- Algodón en rama, fibra. - Café en grano, sin tostar. - Raíces forrajeras, henos, fardos de alfalfa, etc.- Tabaco en hojas secas, no procesadas. - Materiales vegetales utilizados en cestería o esparcería (caña, bambú, junco, nimbre, ratán, etc.). - Fibras textiles vegetales semiprocesadas (lino, sisal, yute, kapok, etc.). CRF CONCEPTOS Y PROCESOS INCLUIDOS CLASES DE PLANTAS, PRODUCTOS VEGETALES U OTROS ARTÍCULOS REGLAMENTADOS Semillas, plantas o sus partes, destinados a la propagación y/o investigación. - Plantas vivas o partes de plantas para propagac ión. 4 - Porciones subterráneas para propagación. - Semillas botánicas de cualquier especie. Cualquier otro producto de origen vegetal o no vegetal, no considerado en las - Insectos benéficos. 5 categorías anteriores y que implica un riesgo fitosanitario demostrable, de - Cultivo de microorganismos. acuerdo al correspondiente Análisis de Riesgos de Plagas - ARP. - Turba y otros materiales de soporte (excepto suelo). - Organismos Vivos Modificados - OVM. 15706