Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2003 (29/08/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 29 de agosto de 2003

De la evaluacion efectuada al expediente, se advierte que el Recurso de Apelacion interpuesto por la empresa recurrente, no varia los motivos que dieron lugar a la expedicion de la Resolucion Directoral impugnada, la misma que tiene plena validez y eficacia juridica; Estando a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior, en el Informe Nº 16412003-IN-0204 del 4.ABR.2003; y, De conformidad a la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y al Reglamento de Control de Explosivos de Uso Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-71-IN del 26.AGO.71; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar INFUNDADO el Recurso de Apelacion interpuesto por la Empresa ARLI CONTRATISTAS GENERALES S.R.L., contra la R.D. Nº 28092002-IN-1703-2 del 24.DIC.2002, quedando subsistente en todos sus extremos el dicho acto administrativo por encontrarse de acuerdo a Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA C. Ministro del Interior 15988

nocimiento de dicha observacion, conforme se aprecia en el Oficio Nº 7515-2002-IN-1703-2 del 21.MAY.2002; por otro lado cabe senalar que en el punto 4 del Acta de Inspeccion aludida, se desprende que: "...los polvorines MORDAZA contenedor Nºs. 610 y 618, mantienen las mismas caracteristicas (especificaciones tecnicas) y contienen los mismos productos verificados en la inspeccion anterior...", es decir, se encontraban en las mismas condiciones de la inspeccion anterior; Que, como puede apreciarse la observacion efectuada en la primera inspeccion con el Informe Nº 652-2002-IN1705 del 16.MAY.2002, respecto al almacenaje de explosivos, fue comunicada a la citada empresa, no cumpliendo esta con efectuar las subsanaciones del caso; es mas, en su descargo no ofrece argumentos que desvirtuen la infraccion cometida; muy por el contrario confirma no haber subsanado la observacion al expresar en su escrito que: "...se les recomendo verbalmente aumentar la distancia de pared a MORDAZA de explosivos, pues esta era menor a la exigida por la norma...", dando lugar a que se le imponga la multa correspondiente; Estando a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior, en el Informe Nº 22162003-IN-0204 del 29.ABR.2003; y, De conformidad a la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y al Reglamento de Control de Explosivos de Uso Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-71-IN del 26.AGO.71; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar INFUNDADO el Recurso de Apelacion interpuesto por la Empresa FAMESA EXPLOSIVOS S.A.C., contra la R.D. Nº 2789-2002-IN-1703-2 del 20.DIC.2002, por las razones expuestas en el considerando de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA C. Ministro del Interior 15989

Declaran infundado recurso de apelacion contra la R.D. Nº 2789-2002-IN1703-2, que impuso multa a persona juridica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1426/2003-IN-1703-2 MORDAZA, 25 de agosto del 2003 VISTO: El Recurso de Apelacion interpuesto por la Empresa FAMESA EXPLOSIVOS S.A.C., representada por el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra la R.D. Nº 27892002-IN-1703-2 del 20.DIC.2002; CONSIDERANDO: Que, mediante la R.D. Nº 440-2003-IN-1703-2 del 26.FEB.2003, se resuelve declarar improcedente el Recurso de Reconsideracion interpuesto por la Empresa FAMESA EXPLOSIVOS S.A.C., contra la R.D. Nº 27892002-IN-1703-2 del 20.DIC.2002, que le impone multa de UNA (1) UIT, por infraccion al D.S. Nº 019-71-IN, accion prevista y sancionada segun el Art. 178º inciso c) y Art. 179º inciso k); al constatarse que no ha cumplido con subsanar las observaciones realizadas en la Inspeccion del 8.MAY.2002, sobre el almacenamiento de explosivos en los polvorines, sin guardar las distancias establecidas, ademas de no almacenar los explosivos sobre parihuelas; Que, con fecha 13.MAR.2003, el apoderado de la mencionada empresa interpone el Recurso de Apelacion contra la R.D. Nº 440-2003-IN-1703-2, argumentando que los supuestos incumplimientos descritos en la parte considerativa del acto administrativo impugnado, no han sido objeto de recomendacion por los Inspectores que intervinieron, conforme aparece en el Informe Nº 652-2002-IN-1705 y el Acta de Inspeccion Nº 889-2002-IN-1705 del 22.JUL.2002; asimismo invocan cuestiones de puro derecho, por ser un abuso del derecho aplicarles una sancion, por supuestas constataciones que no han sido consignadas en la inspeccion, sin embargo, aparecen en el primer considerando de la Resolucion Directoral cuestionada; y otros que contiene dicho escrito; Que, el articulo 209º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que el Recurso de Apelacion se interpondra cuando la impugnacion se sustente en diferente interpretacion de las pruebas producidas o cuando se trate de cuestiones de puro derecho; Que, del estudio y analisis de los actuados, se observa que si bien es MORDAZA en el Acta de Inspeccion Nº 889-2002IN-1709 del 22.JUL.2002, no se precisa las observaciones efectuadas en el Informe Nº 652-2002-IN-1705 del 16.MAY.2002; sin embargo, la empresa recurrente tuvo co-

Designan Jefa del Comite de Asesoramiento del Despacho Viceministerial
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1458-2003-IN-0103
MORDAZA, 26 de agosto del 2003 CONSIDERANDO: Que se encuentra vacante el cargo publico de confianza de Jefe del Comite de Asesoramiento del Despacho Viceministerial del Ministerio del Interior; Que, es necesario que dicho cargo sea cubierto, a fin de garantizar el normal funcionamiento de la referida Unidad Organica; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 77º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, concordante con la Ley Organica del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo Nº 560, y la Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos, Ley Nº 27594; y, Estando a lo propuesto; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar a partir de la fecha de la presente Resolucion, a la doctora MORDAZA del MORDAZA ESPARCH MORDAZA en el cargo publico de confianza de Jefa del Comite de Asesoramiento del Despacho Viceministerial del Ministerio del Interior. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA C. Ministro del Interior 16006

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