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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G30/G35/G31/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 29 de agosto de 2003 del 2003, en el marco del Procedimiento Nº 5 de la sec- ción correspondiente a la Dirección General de Aeronáu-tica Civil (Evaluación de Personal), establecido en el TextoÚnico de Procedimientos Administrativos del Ministeriode Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decre-to Supremo Nº 008-2002-MTC, la empresa Tans Perú S.A.solicita a la Dirección General de Aeronáutica Civil, efec-tuar los chequeos técnicos en simulador de vuelo delequipo Boeing 737-200, de sus tripulantes técnicos Eus-taquio Ríos, Carlos Luque, Paul Revoredo, GuillermoMenéndez y Carlos Wilson, en la academia UNITED SER-VICES, en la ciudad de Denver, Estados Unidos de Amé-rica; Que, conforme se desprende del Recibo de Acotación Nº 03658, la empresa Tans Perú S.A. ha cumplido con elpago del derecho de tramitación correspondiente al Proce-dimiento a que se refiere el considerando anterior; Que, el referido pago está destinado a cubrir los costos del respectivo viaje de inspección, el cual es íntegramentefinanciado por la empresa operadora, incluyendo el pagode los viáticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto, de loque se concluye que dicho viaje no afecta el erario del Es-tado; Que, no obstante ello, formalmente, se considera que dicho viaje se realiza con cargo al Presupuesto del Mi-nisterio de Transportes y Comunicaciones, por cuanto elpago de los respectivos gastos se efectúa a la Direcciónde Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunica-ciones; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Direc- ción General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Ordende Inspección Nº 1228-2003-MTC/12.04-SDO, designan-do al Inspector Ricardo Rafael Pazos Raygada para rea-lizar los chequeos técnicos en simulador de vuelo delequipo Boeing 737 al personal aeronáutico propuesto porla empresa Tans Perú S.A., en la ciudad de Denver, Esta-dos Unidos de América, durante los días 11 al 14 de se-tiembre de 2003; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el via- je del referido Inspector de la Dirección General de Aero-náutica Civil para que, en cumplimiento de las funcionesque le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, puedarealizar los chequeos técnicos en simulador de vuelo a quese contrae la Orden de Inspección Nº 1228-2003-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, los Decretos de Urgencia N° 017-2003 y Nº 019-2003 y el De-creto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Ricardo Rafael Pazos Raygada, Inspector de la Dirección General de Ae-ronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunica-ciones, a la ciudad de Denver, Estados Unidos de América,durante los días 11 al 14 de setiembre de 2003, para losfines a que se contrae la parte considerativa de la presenteResolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, será con cargo al presupuesto del Mi-nisterio de Transportes y Comunicaciones, habiendo sidoíntegramente cubierto por la empresa Tans Perú S.A. a tra-vés del Recibo de Acotación Nº 03658, de acuerdo al si-guiente detalle: Viáticos US$ 880.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspectormencionado en el Artículo 1º de la presente ResoluciónMinisterial, dentro de los quince (15) días calendario si-guientes de efectuado el viaje, deberá presentar un infor-me al Despacho Ministerial y a la Oficina General de Admi-nistración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones,describiendo las acciones realizadas y los resultados obte-nidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o dere-chos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 16021/G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G2D/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G66/G65/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 682-2003-MTC/11 Lima, 26 de agosto de 2003 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Directoral Nº 1565-2002-MTC/ 15.13, de fecha 2 de octubre de 2002, se reconoció a favorde José Félix Quevedo Mansilla, ex Técnico AdministrativoI, Nivel ST-A, de la Dirección de Abastecimiento, de la Di-rección General de Administración, un total de 17 años, 7meses y 12 días de servicios prestados al Estado, del 23de mayo de 1973 al 5 de febrero de 1991; Que, con fecha 18 de febrero de 2003 (Expte. Nº 2003- 002450), José Félix Quevedo Mansilla solicita se le reco-nozca adicionalmente 3 años y 6 meses de servicios pres-tados en el cargo de Almacenero en la Dirección Regionalde Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcciónde Ancash, durante el período de octubre de 1969 al mesde marzo de 1973; Que, con el objeto de acreditar la ampliación de tiempo de servicios, el interesado presentó una Constancia dePagos y Descuentos expedida en el mes de diciembre de1973, por el Director de Administración y el Jefe de Perso-nal de la Dirección Regional de Transportes, Comunicacio-nes, Vivienda y Construcción de Ancash; Que, el Director Regional de Transportes y Comunica- ciones de Ancash, a través del Oficio Nº 0283-2003-Re-gión Ancash/DRTC, de fecha 9 de junio de 2003, en res-puesta a la información requerida por el MTC sobre laConstancia presentada por el interesado, manifiesta que lamisma es falsa, adjuntando los siguientes actuados: - Informe Nº 026-2003-Región Ancash-DRTC/ADM- PERS suscrito por el Jefe del Área de Personal, en el cualse señala que el señor José Félix Quevedo Mansilla no cuentacon ningún documento que acredite sus labores en esteSector; asimismo, que a la fecha de la expedición de la refe-rida Constancia de Pagos y Descuentos, la licenciada Anto-nieta Romero Huerta (ex Jefe de Personal) y el Bachiller enIngeniería Ricardo Romero Gonzales (ex Administrador) nose encontraban desempeñando tales cargos; - Informe Nº 0008-2003-Región-Ancash-PER suscrito por el Jefe de Liquidaciones, en el que señala que no seencuentra en los archivos planilla alguna donde conste queel señor Félix Quevedo Mansilla, laboró los años 1969, 1970,1971, 1972 y 1973. Que, de acuerdo con los actuados, al ser un documento falso la Constancia de Pagos y Descuentos presentada por JoséFélix Quevedo Mansilla, tal hecho configuraría delito contra laFe Pública en la modalidad que tipifica el artículo 427º del Códi-go Penal, cuyo presunto autor sería la mencionada persona,toda vez que se valió de ese documento aparentemente públicopara probar que laboró en la Dirección Regional de Transportes,Comunicaciones, Vivienda y Construcción de Huaraz, lo cual hasido desvirtuado por la propia administración; Que, en consecuencia, corresponde al órgano jurisdic- cional juzgar el ilícito penal y la responsabilidad de su pre-sunto autor, siendo necesaria la intervención del Procura-dor Público de este Ministerio, en los hechos ocurridos, paraque ejerza la acción judicial del caso, defendiendo los inte-reses del Estado; De conformidad con la Ley Nº 27791, Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667 y Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público del Ministe- rio de Transportes y Comunicaciones para que inicie y cul-mine las acciones legales contra José Félix Quevedo Man-silla y los que resulten responsables, por los hechos señala-dos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de esta Resolución, así como los antecedentes del caso al mencionado Procurador Pú-blico, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 16024