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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (05/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 118

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G35/G38/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 5 de diciembre de 2003 sus asociados inmersos en el proceso coactivo, cuenten con el proyecto de formalización aprobado y el calendario de reubicación definitiva firmado; es decir que hayan pre- sentado completa la documentación a que se alude el nu-meral 2 del Artículo Primero de la presente resolución y la misma, haya sido aprobada por el Comité Especial Mixto de Evaluación del respectivo Proyecto. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PERCY MOSQUEIRA LOVON Gerente 22549 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E /G79/G20/G46/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ORDENANZA Nº 107/MDS Surquillo, 18 de noviembre del 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DE SURQUILLO Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 26850, las municipalidades provin-ciales y distritales gozan de autonomía política, económi- ca y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el segundo párrafo del artículo II del Título Preli- minar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, norma de desarrollo constitucional, establece que la auto- nomía que la Constitución Política establece para las mu-nicipalidades radica en la facultad de ejercer actos de go- bierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, en ese sentido, el artículo 9º numerales 3) y 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades citada, señala que co- rresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de or-ganización interior y funcionamiento del gobierno local, el mismo que debe aprobarse mediante Ordenanza; Que, por su parte, el artículo 26º de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que la administración municipal adopta una estructura gerencial sustentándose en princi- pios de programación, dirección, ejecución, supervisión,control concurrente y posterior. Se rige por los principios de legalidad, economía, transparencia, simplicidad, efica- cia, eficiencia, participación y seguridad ciudadana y porlos contenidos en la Ley Nº 27444, indicándose que las facultades y funciones se establecen en los instrumentos de gestión y la presente Ley; Que, el artículo 28º de la Ley Orgánica de Municipali- dades señala que la estructura orgánica municipal básica comprende en el ámbito administrativo, a la gerencia muni-cipal, el órgano de auditoría interna, la procuraduría públi- ca municipal, la oficina de asesoría jurídica y la oficina de planeamiento y presupuesto, la cual debe estar de acuer-do a su disponibilidad económica y los límites presupues- tales asignados para gasto corriente, señalándose que los demás órganos de línea, apoyo y asesoría se establecenconforme lo determina cada gobierno local; Que, conforme a dicha disposición, mediante Orde- nanza Nº 098/MDS de fecha 15 de agosto de 2003, se apro-bó la Estructura Orgánica de la Municipalidad de Surquillo, correspondiendo ahora aprobar el reglamento de organi- zación y funciones, como instrumento de gestión munici-pal que desarrolla la estructura orgánica municipal preci- sando las funciones y facultades de cada unidad orgánica; Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipali- dades señala que las ordenanzas son las normas de ca- rácter general de mayor jerarquía en la estructura orgánica municipal por medio de las cuales se aprueba la organiza-ción interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la munici- palidad tiene competencia normativa, debiendo, por ende,aprobarse el presente proyecto, mediante Ordenanza;Por las consideraciones expuestas, en Sesión Ordinaria de la fecha y de conformidad con el Dictamen Nº 09 de la Comisión de Administración, Presupuesto y Planificación, con la dispensa del trámite de aprobación de actas, y con elvoto aprobatorio de la mayoría del número legal de miem- bros del Concejo Municipal, aprobó la siguiente Ordenanza: REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento de Organización y Fun- ciones de la Municipalidad de Surquillo, el cual consta de 13 Títulos, 24 Capítulos, 25 Subcapítulos, 182 artículos y 5 Dispo-siciones Complementarias y Finales, el mismo que corre en anexo y que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- Deróguense la Ordenanza Nº 023-98-MDS, el Acuerdo de Concejo Nº 013-99/MDS, el Acuerdo de Concejo Nº 110-99/MDS, el Edicto Nº 005-99/MDS y cualquier otra nor- ma o disposición que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo 3º.- Dispóngase la publicación del texto de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, publi- cándose su Anexo en el portal electrónico de la Municipa-lidad: www.munisurquillo .gob.pe. Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia Municipal la debida difusión del Reglamento de Organización y Funciones apro-bado por la presente Ordenanza para su cumplimiento es- tricto por las dependencias administrativas municipales. Artículo 5º.- La presente Ordenanza entrará en vigen- cia al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. GUSTAVO SIERRA ORTIZ Alcalde 22522 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LUCANAS - PUQUIO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G72/G65/G63/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G6C/G61/G6E/G6F/G73/G20/G71/G75/G65 /G64/G65/G74/G65/G72/G6D/G69/G6E/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G4E/G75/G65/G76/G61/G20/G4A/G75/G72/G69/G73/G64/G69/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G65/G6E/G74/G72/G6F/G20/G50/G6F/G62/G6C/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G4D/G61/G79/G6F/G20/G6F/G20/G4C/G75/G72/G65/G6E ORDENANZA MUNICIPAL Nº 014-2003-MPLP/A Puquio, 25 de noviembre del 2003VISTOS: El Acta de Sesión de Concejo Ordinaria de fecha 24 de noviembre del año en curso, los Planos de conjunto, el In- forme Nº 090-2003, emitido por la Dirección de Obras yDesarrollo Urbano y la Opinión Legal Nº 103-2003; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son los Órganos del Gobier- no Local, con autonomía económica y administrativa enlos asuntos de su competencia, conforme dispone el Art. 191º de la Constitución Política del Estado, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Nueva Ley Or-gánica de Municipalidades Nº 27972; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 008-MDA-2002 de fecha 8 de abril del 2002 la Municipalidad Distrital de Au-cará resuelve crear el Centro Poblado Menor de Mayo o Lu- ren en calidad de Anexo, cumpliendo las delegaciones de funciones como Municipalidad Menor de la jurisdicción deldistrito de Aucará; mediante Decreto de Alcaldía Nº 003- 2002-MPLP/ALC, de fecha 1 de julio del 2002, la Municipali- dad Provincial de Lucanas-Puquio, resuelve aprobar el Es-tudio Urbano denominado Ordenamiento Urbano del Centro Poblado Menor Mayo o Luren, de igual manera se aprueba la Creación del Centro Poblado Menor Mayo o Luren;