Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2003 (05/12/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 113

MORDAZA, viernes 5 de diciembre de 2003

NORMAS LEGALES

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La eleccion se realizara no MORDAZA de cuarenta y cinco (45), ni despues de sesenta (60) dias calendario de la convocatoria. Tercera.- Una vez instalado el Consejo de Coordinacion Local Distrital elaborara su propuesta de Reglamento, el mismo que debera ser aprobado mediante Ordenanza durante el primer trimestre de su funcionamiento. Cuarta.- Por unica vez las Organizaciones Sociales que participen en el CCLD, deberan tener como minimo 1 ano de actividad institucional. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 22533

Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal por unanimidad y con dispensa del tramite de acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LOS LINEAMIENTOS GENERALES DENTRO DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA COMO SAN MORDAZA - COMUNIDAD INTERNACIONAL TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- OBJETO EL DISTRITO DE SAN MORDAZA - COMUNIDAD INTERNACIONAL persigue a traves de la presente Ordenanza difundir los principios y lineamientos generales a seguir dentro de su jurisdiccion, reafirmando y afianzando su estatus especial de Comunidad Internacional. Articulo 2º.- FINALIDAD La presente Ordenanza tiene por finalidad promover el desarrollo local de manera integral y permanente, englobando los aspectos de Seguridad Ciudadana, MORDAZA y Vialidad, Ornato Publico y Medio Ambiente, con la finalidad de viabilizar el crecimiento economico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental dentro del distrito de San MORDAZA - Comunidad Internacional. Articulo 3º.- AMBITO DE APLICACION El ambito de aplicacion de la presente Ordenanza se circunscribe unica y exclusivamente dentro de la jurisdiccion del distrito de San Isidro. TITULO II DE LA SEGURIDAD CIUDADANA Articulo 4º.- LA SEGURIDAD CIUDADANA DENTRO DEL DISTRITO Dotar al Servicio de Serenazgo y Policia Municipal dentro de nuestro distrito con la tecnologia y capacitacion basica necesaria para el optimo desempeno de sus funciones en salvaguarda de los vecinos de nuestro distrito. Articulo 5º.- CONVENIO CON OTRAS INSTITUCIONES Suscribir convenios de cooperacion interinstitucional con las Municipalidades colindantes con nuestro distrito, asi como con la Policia Nacional del Peru, con la finalidad de implementar el servicio Interdistrital de Serenazgo y Seguridad Ciudadana; con la finalidad de disminuir considerablemente el alto indice de actos delictivos que atentan contra la seguridad de nuestra comuna. Articulo 6º.- SISTEMA INTEGRAL DE SEGURIDAD CIUDADANA Crear el Sistema Integral de Seguridad Ciudadana, mediante el cual participaran en forma conjunta el servicio de Serenazgo, Policia Municipal, la Policia Nacional del Peru y la Sociedad Civil, basandose en los principios de colaboracion, solidaridad, prevencion y unidad; con la finalidad de fortalecer la seguridad dentro de nuestro distrito. Articulo 7º.- COMERCIO AMBULATORIO Adecuar las normas del distrito para asegurar la restriccion del comercio ambulatorio informal acorde con el estatus de Comunidad Internacional. TITULO III MORDAZA Y VIALIDAD Articulo 8º.- SENALIZACION DE VIAS Establecer la nomenclatura y senalizacion de calles y vias de acuerdo con la normatividad vigente en coordinacion con la Municipalidad Provincial de Lima. Articulo 9º.- REGULACION DEL TRANSPORTE PUBLICO Coordinar la implementacion de un Plan de Seguridad Vial con la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y con la Policia Nacional del Peru, con la finalidad de impedir el libre MORDAZA de vehiculos de transporte publico que no cuenten con la respectiva autorizacion municipal dentro de la jurisdiccion del distrito, teniendo en cuenta el estatus especial del que goza nuestra comuna.

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban lineamientos generales dentro del distrito como San MORDAZA - Comunidad Internacional
ORDENANZA Nº 062-MSI EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO; VISTOS, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 2 de diciembre de 2003, el Informe Nº 900-2003-15-OAJ/MSI de la Oficina de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion, conforme lo establece el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, las Ordenanzas Municipales tienen rango de ley reconocido por la Constitucion Politica del Estado, conforme lo consagra en su Articulo 200º, inciso 4); Que, a mayor abundamiento al respecto, el Articulo 32º de la Ley de leyes, evidencia la jerarquia MORDAZA que MORDAZA confiere a las ordenanzas municipales; Que, la doctrina nacional y la extranjera reconocen que las ordenanzas municipales tienen rango de ley segun la Constitucion, lo cual las homologa a las leyes del Congreso o a los decretos legislativos del Poder Ejecutivo, siendo las relaciones entre estos tipos de normas supeditadas al MORDAZA de competencia y no al de jerarquia normativa; Que, cada distrito goza de su propia identidad, siendo que en el caso del distrito de San MORDAZA, adquiere una especialisima connotacion el hecho de albergar a sesenta y tres (63) Misiones Diplomaticas y Consulares y cuarenta y un (41) Organismos Internacionales; Que, ante este hecho, mediante Acuerdo de Concejo Nº 078-2003-MSI de fecha 16 de setiembre del 2003, se declaro al distrito de San MORDAZA como MORDAZA de la Comunidad Internacional, por lo que es de MORDAZA importancia establecer los lineamientos generales a seguir dentro de la jurisdiccion de nuestro distrito en lo que respecta a Seguridad Ciudadana, MORDAZA y Vialidad, Ornato Publico y Medio Ambiente; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los articulos 9º y 40º de la Ley Organica de

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