Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (05/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 109

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G35/G37/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 5 de diciembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 848-2003 de fecha 20 de noviembre del 2003, se aprobó el ExpedienteTécnico intitulado "Rehabilitación de Sardineles, Bermas Centrales y Veredas de Diversas Zonas del Distrito", cuyo valor referencial es de S/. 449,373.54 (Cuatrocientos cua-renta y nueve mil trescientos setenta y tres y 54/100 Nue- vos Soles), a ejecutarse bajo la modalidad de Ejecución Presupuestal Indirecta; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 036-2003- MPL de fecha 10 de enero del 2003 se aprobó, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipa-lidad de Pueblo Libre para el Ejercicio Presupuestal 2003, documento de Gestión en el cual no se consideró la ejecu- ción del proceso de selección para dicha contratación; Que, mediante Informe Nº 864-2003-MPL-OA/UAS de fecha 24 de noviembre del 2003, la Unidad de Abasteci- miento y Servicios indica que a efectos de iniciar la convo-catoria, para este caso una Adjudicación Directa Selectiva de Obra, es necesario modificar el Plan Anual, incluyendo el proceso de Adjudicación Directa Selectiva con un montoreferencial de S/. 449,373.54 (Cuatrocientos cuarenta y nueve mil trescientos setenta y tres y 54/100 Nuevos So- les), incluidos los Impuestos de Ley, siendo las Fuentes deFinanciamiento "Otros Impuestos Municipales", "Canon y Sobrecanon" y el "Fondo de Compensación Municipal"; Que, de conformidad con el numeral 4) del Art. 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM, se dispone entre otros aspectos que el Plan Anualde Adquisiciones y Contrataciones puede ser modificado de acuerdo a la asignación presupuestal o en caso se den reprogramaciones de metas propuestas; Que, el Art. 8º del Reglamento de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, establece que las Lici- taciones Públicas, Concursos Públicos y AdjudicacionesDirectas no contenidas en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones deberán ser aprobadas por la Máxima Autoridad Administrativa de la Entidad, para su inclusiónen el mismo; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades confe- ridas por la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Muni-cipalidades; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la Modificación al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad dePueblo Libre, para el Ejercicio Presupuestal 2003, cuyo anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Encargar a la Oficina de Admi- nistración informar de lo dispuesto en la presente Resolu- ción al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisicio- nes del Estado - CONSUCODE, dentro de los diez (10)días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación, así de comunicar a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPYME, las inclusiones de los pro-cesos de selección, dentro del citado plazo. Regístrese, comuníquese y cúmplase.ANGEL M. TACCHINO D. Alcalde 22582 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G70/G72/G6F/G2D /G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G61/G20/G73/G6F/G63/G69/G65/G64/G61/G64/G20/G63/G69/G76/G69/G6C/G20/G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G2D/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G4C/G6F/G63/G61/G6C/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C ORDENANZA Nº 284-MSB San Borja, 3 de diciembre de 2003 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN BORJAVISTO, en la XXII-2003 Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 28.11.2003 el Dictamen Nº 109-2003-MSB-CALYSG y Dictamen Nº 001-2003-MSB-CDHYPV, de la Comisión de Asuntos Legales y Secretaría General y Co- misión de Desarrollo Humano y Participación Vecinal, res- pectivamente; CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento del mandato constitucional y la Ley de Bases de Descentralización, la Ley Orgánica de Municipalidades en su articulo 7º, numeral 2 y artícu-lo 102º reconoce como derecho fundamental de la per- sona el asociarse y constituir diversas formas de orga- nización jurídica sin fines de lucro, sin autorización pre-via y con arreglo a ley; así como el de participar en for- ma individual o asociada en la vida política, económica, social y cultural de la Nación; más aún como derecho ydeber de los vecinos a participar en el gobierno munici- pal de su jurisdicción; Que, en consecuencia las personas pueden organizar- se para la defensa de sus derechos e intereses, así como para participar en representación de la sociedad civil en la gestión del desarrollo local; Que, es conveniente que las organizaciones de la so- ciedad civil participen conjuntamente con sus autoridades municipales y otros agentes locales, en actividades quepromuevan el desarrollo de su comunidad, a través de los diferentes mecanismos que establece la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y como un medio concreto parael fortalecimiento de la democracia desde su base social; Que, las relaciones entre la Municipalidad y las organi- zaciones de la sociedad civil deben desarrollarse dentrode un marco democrático, sin que ello signifique injeren- cias en sus asuntos internos que desnaturalicen su auto- nomía; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 es- tablece la conformación de órganos de coordinación como mecanismos de participación que aseguren una permanen-te comunicación entre la población y las autoridades muni- cipales, donde los gobiernos locales promuevan y organi- cen las formas de participación de los vecinos en planesde desarrollo local en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo; así como el desa- rrollo social, el desarrollo de capacidades y la equidad ensus respectivas circunscripciones; Que, la Municipalidad Distrital de San Borja, como par- te de su proceso de adecuación a la nueva Ley Orgánicade Municipalidades, considera importante para los planes y objetivos que se ha trazado, constituir EL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL Y SU REGLAMEN-TO DE ELECCIÓN, que regule su conformación, que con- solide su institucionalidad, que logre una justa representa- ción en los mecanismos de participación vecinal y así jun-to con los gobiernos locales puedan compartir los desa- fíos del desarrollo local; Estando a lo expuesto y con el voto unánime del pleno del Concejo Municipal, con dispensa del trámite de apro- bación de actas, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 27972, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE NORMA LOS PROCEDIMIENTOS PARA EL PROCESO DE ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- FINALIDAD DE LA ORDENANZA La presente Ordenanza establece y regula los meca- nismos y procedimientos a través de los cuales las organi-zaciones de la sociedad civil, inscritas en el Registro de Organizaciones Sociales para el Consejo de Coordinación Local Distrital de la Municipalidad de San Borja, designana sus representantes ante el Consejo de Coordinación Lo- cal Distrital (CCLD), según lo establecido en la Constitu- ción Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentra-lización y la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalida- des. Artículo 2º.-DEFINICIONES Para la aplicación de la presente Ordenanza se consi- dera: