Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2003 (05/12/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 110

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 5 de diciembre de 2003

a) Consejo de Coordinacion Local Distrital (CCLD): Organo de coordinacion y concertacion de las municipalidades, creados por el articulo 102º de la Ley Organica de Municipalidades. b) Organizaciones de la Sociedad Civil: Organizaciones sociales de base, asociaciones, organizaciones de productores, gremios empresariales, universidades, juntas vecinales y cualquier otra forma de organizacion de nivel distrital, en tanto sean: b.1) Personas juridicas de derecho privado, sin fines de lucro, debidamente inscritas en los Registros Publicos. b.2) Organizaciones creadas en ejercicio del libre derecho de asociacion, que cuenten con autonomia organizativa, administrativa y economica y que no esten adscritas a ningun organo o institucion del Estado sea este de nivel nacional, regional o local. Estas entidades deberan estar inscritas ante los registros administrativos de acuerdo a su naturaleza, entendiendo por estos cualquiera de los registros de organizaciones con que cuenta el Estado. c) Representante de la Sociedad Civil: Persona natural que en aplicacion de las normas y mecanismos establecidos por la Ley Organica de Municipalidades y en la presente Ordenanza, es elegido miembro del CCLD por los delegados de las organizaciones de la sociedad civil inscritas en el Registro de las Organizaciones Sociales para el CCLD de la Municipalidad de San MORDAZA y proclamado por el Comite Electoral. d) Delegado-elector: Persona natural expresamente autorizada por el MORDAZA organo de cada organizacion social inscrita en el Registro de Organizaciones Sociales para el CCLD de la Municipalidad de San MORDAZA, para participar en el MORDAZA electoral en su representacion y ejercer el derecho de MORDAZA en la eleccion de los representantes de la sociedad civil ante el CCLD. Una misma persona natural no puede tener la representacion de dos o mas representaciones. e) Candidato: Delegado-elector nominado como candidato en la eleccion de los representantes de sociedad civil ante el CCLD. f) Padron Electoral: Es la lista con el contenido del Registro de Organizaciones Sociales para el CCLD de la Municipalidad de San MORDAZA, en el que consta la denominacion social, domicilio, el nombre e identificacion del representante legal, el nombre e identificacion del delegado-elector que la representara para efectos de la presente Ordenanza. TITULO II DEL REGISTRO DE ORGANIZACIONES SOCIALES PARA EL CCLD DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA CAPITULO I DISPOCICIONES GENERALES Articulo 3º.- APERTURA DEL REGISTRO En el MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 98º (para CCLP) y 102º (para CCLD) de la Ley Organica de Municipalidades, se dispone abrir un "Registro de Organizaciones Sociales para el CCLD de la Municipalidad de San Borja", en el cual se inscribiran las organizaciones sociales interesadas en participar conformando el CCLD en la gestion del desarrollo local a traves de los mecanismos que para tal fin establece la Constitucion del Estado, la Ley de Bases de Descentralizacion, la Ley Organica de Municipalidades y la presente Ordenanza. Articulo 4º.- CARACTERISTICAS DEL REGISTRO El Registro de Organizaciones Sociales para el CCLD de la Municipalidad de San MORDAZA no es constitutivo de personeria juridica. Su mantenimiento y actualizacion esta a cargo de la Gerencia de Participacion Vecinal de la Municipalidad de San Borja. El Registro esta compuesto de Fichas Registrales para cada organizacion inscrita, debiendose consignar en cada caso: el nombre o denominacion social de la organizacion, las siglas que lo identifican (si las hubieren), los datos de inscripcion de la organizacion en el Registro Publico respectivo (ficha o partida registral y fecha de constitucion, domicilio social), nombre e identificacion del (o los) representante (s) legal (es) y de la persona designada como delegado-elector.

CAPITULO II PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCION Articulo 5º.- REQUISITOS DE LA SOLICITUD DE INSCRIPCION Para la inscripcion en el Registro de las Organizaciones Sociales para el CCLD de la Municipalidad de San MORDAZA, las organizaciones sociales deberan presentar una solicitud dirigida a la Gerencia de Participacion Vecinal de la Municipalidad de San MORDAZA, debiendo expresar lo siguiente: a) El nombre o denominacion social de la organizacion que se pretende inscribir. El objeto social o fines de la organizacion, el domicilio, los nombres y apellidos completos del representante legal y la indicacion de su documento de identidad, asi como del delegado-elector. El representante legal debe firmar la solicitud. b) MORDAZA simple de la escritura de Constitucion inscrita en el Registro Publico correspondiente. c) MORDAZA simple del documento actualizado que acredite la vigencia del poder del o los representante (s) legal (es), con una antiguedad no mayor de treinta (30) dias. d) MORDAZA simple del documento de identidad del representante legal. e) MORDAZA simple del acuerdo del MORDAZA organo de la organizacion, mediante el cual designan al delegado-elector. f) MORDAZA simple del documento de identidad del delegado-elector. g) MORDAZA simple de los documentos que acrediten al menos tres anos de actividad institucional, y presencia efectiva y trabajo en el distrito de San Borja. Para ello las organizaciones podran adjuntar el libro de actas de la organizacion o instrumentos juridicos suscritos, memoriales, publicaciones, entre otros. Articulo 6º.- INICIO DEL PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCION. El procedimiento de inscripcion se inicia con la MORDAZA de la solicitud a que se refiere el articulo precedente, ante la unidad de tramite documentario de la Municipalidad de San Borja. La unidad de tramite documentario esta obligada a recibir todas las solicitudes, no obstante se incumpla con los requisitos establecidos en la presente Ordenanza, que amerite correccion. En un solo acto y por unica vez la unidad de recepcion documentaria si advirtiese la falta de algunos de los requisitos o documentos exigidos por el articulo precedente, recibira el documento, indicandola al usuario que en un plazo no mayor de dos (2) dias utiles debera subsanarlas, bajo apercibimiento de tenerse por no presentada su solicitud. La unidad de tramite documentario remitira la solicitud recibida a la Gerencia de Participacion Vecinal, para el tramite correspondiente. Articulo 7º.- PLAZOS Una vez recibida la solicitud por la Gerencia de Participacion Vecinal, esta procedera a su evaluacion y emitira resolucion debidamente motivada en un plazo MORDAZA de diez (10) dias contados desde el dia siguiente de presentada la solicitud. Transcurrido este plazo sin pronunciamiento el usuario podra considerar su solicitud aprobada. Articulo 8º.- VIGENCIA DE LA INSCRIPCION Y ACTUALIZACION DEL REGISTRO. La inscripcion en el Registro de Organizaciones Sociales para el CCLD tiene una vigencia de dos (2) anos. Las organizaciones sociales inscritas se obligan a actualizar cualquier informacion, siguiendo el mismo tramite establecido para la inscripcion. Articulo 9º.- DIFUSION DEL REGISTRO El listado de las organizaciones sociales inscritas sera insertado en la Pag. Web Municipal y en carteles en lugares visibles de la Municipalidad de San Borja. TITULO III MORDAZA DE ELECCION DE REPRESENTANTES DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL Articulo 10º.- MORDAZA DE ELECCION El MORDAZA de eleccion de los representantes de la sociedad civil para conformar el Consejo de Coordinacion Lo-

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