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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (24/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 48

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G38/G30/G36/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 24 de diciembre de 2003 los mismos que no tendrán carácter vinculante, ni darán lugar al inicio de un procedimiento administrativo; Que, con fecha 1 de setiembre de 2003 se publicó el Proyecto del Reglamento de Infracciones y Sanciones, otor-gándose un plazo de quince (15) días calendario para quelos legítimos interesados remitan sus comentarios o suge-rencias; Que, con motivo de la publicación del referido Proyec- to, se han recibido comentarios y sugerencias de las Enti-dades Prestadoras y de otros legítimos interesados, loscuales han sido analizados y tomados en consideraciónen lo que corresponde; De conformidad con el literal a) del Artículo 12º de la Ley Nº 26917, con el literal c) del Artículo 3.1 de la Ley Nº27332 y con el Artículo 22º del Decreto Supremo Nº 010-2001-PCM; RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento de Infracciones y Sanciones que forma parte integrante de la presente Re-solución y que entrará en vigencia al día siguiente de supublicación en el Diario Oficial el Peruano. Artículo 2º.- Derogar las Resoluciones de Consejo Di- rectivo Nº 006-99-CD-OSITRAN, Nº 029-2001-CD-OSI-TRAN, Nº 002-2002-CD/OSITRAN y Nº 008-2002-CD/OSITRAN. Artículo 3º.- Autorizar al Presidente del Consejo Di- rectivo de OSITRAN a publicar la presente Resolución. Artículo 4º.- Autorizar la publicación del Reglamento de Infracciones y Sanciones aprobado, su exposición deMotivos y la Matriz de comentarios y sugerencias presen-tadas por los interesados durante el período de consultaen la página web de OSITRAN ( www.ositran.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEJANDRO CHANG CHIANG Presidente del Consejo Directivo EXPOSICIÓN DE MOTIVOS 1. Antecedentes y justificación El Reglamento de Cobro y Aplicación de Infracciones, Sanciones y Tasas se aprobó mediante la Resolución delConsejo Directivo Nº 006-99-CD/OSITRAN, y entró en vi-gencia el 31 de diciembre de 1999. Esta norma definió elmarco sancionador, tipificando las infracciones y estable-ciendo las sanciones correspondientes; además de esta-blecer el procedimiento administrativo sancionador y losórganos competentes para la imposición de sanciones,cobro de multas y tasas. La finalidad de la aprobación de la norma, conforme lo señalado por su Exposición de Motivos fue contar con unaherramienta fundamental para lograr una real y efectivasupervisión del comportamiento de las Entidades Presta-doras. El marco regulatorio fue reforzado con la aprobación de la Ley Marco de los Organismos Reguladores (Ley Nº27332). En particular, el literal d) del Artículo 3º de estaLey atribuye a los Organismos Reguladores la función fis-calizadora y sancionadora, la misma que comprende la fa-cultad de imponer sanciones dentro de su ámbito de com-petencia por el incumplimiento de obligaciones derivadasde normas legales o técnicas, así como las obligacionescontraídas por los concesionarios en los respectivos con-tratos de concesión. Con fecha 10 de abril de 2001 se promulgó la Ley del Procedimiento Administrativo General Ley Nº 27444, quetiene como una de sus principales novedades la regula-ción integral del procedimiento sancionador (Capítulo II delTítulo IV). Además, en la Segunda Disposición Transitoriade la mencionada Ley, se estableció que en un plazo deseis meses a partir de su publicación, los entes regulado-res de los distintos procedimientos administrativos debíanadecuar sus normas, cualquiera que sea su rango, a lareferida Ley, con el fin de lograr una integración de las nor-mas generales supletoriamente aplicables. Por tanto, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 029-2001-CD/OSITRAN, publicada en el Diario OficialEl Peruano el 7 de noviembre de 2001, se cumplió con lodispuesto en la Ley del Procedimiento Administrativo Ge-neral, adecuando únicamente las normas reguladoras delprocedimiento administrativo sancionador contenidas en elReglamento de Cobro y Aplicación de Infracciones, San-ciones y Tasas aprobado por Resolución Nº 006-99-CD/ OSITRAN al nuevo marco legal, en atención a la brevedaddel término establecido. Mediante Ley Nº 27631, se modificó el literal c) del Ar- tículo 3º de la Ley Marco de los Organismos Reguladores,precisándose la facultad normativa con que contaban losOrganismos Reguladores, la misma que comprende la fa-cultad de tipificar las infracciones por incumplimiento deobligaciones establecidas por normas legales, normas téc-nicas y aquellas derivadas de los contratos de concesiónbajo su ámbito, así como por el incumplimiento de las dis-posiciones reguladoras y normativas dictadas por los Or-ganismos Reguladores. Por Resolución Nº 002-2002-CD/OSITRAN se aprobó el Régimen de Infracciones y Sanciones Aplicable a In-cumplimientos Contractuales de Lima Airport PartnersS.R.L., en ejercicio de la Función Normativa de OSITRAN; Adicionalmente, mediante Resolución Nº 008-2002-CD/ OSITRAN, el Consejo Directivo ratificó la resolución me-diante la cual se aprobó el Reglamento de Cobro y Aplica-ción de Infracciones, Sanciones y Tasas de OSITRAN y sumodificatoria; Durante los casi cuatro años de vigencia del Reglamento de Cobro y Aplicación de Infracciones, Sanciones y Tasas,no sólo se ha evidenciado la necesidad de precisar algu-nos aspectos con motivo de la aplicación del mismo porlos diversos órganos de OSITRAN, sino que además alhaberse producido importantes cambios en el marco regu-latorio de OSITRAN, tales como la celebración de nuevosContratos de Concesión y la aprobación del ReglamentoMarco de Acceso a la Infraestructura de Transporte de UsoPúblico, entre otros, se requiere una adecuación del mar-co sancionatorio. Asimismo, a efectos de continuar con el régimen de sim- plificación del marco normativo de OSITRAN, se ha vistopor conveniente reunir las disposiciones relativas al ejerci-cio de la potestad sancionadora y las infracciones en unúnico cuerpo legal. En consecuencia, la revisión del Reglamento de Cobro y Aplicación de Infracciones, Sanciones y Tasas tiene comoobjetivo culminar con el proceso de revisión y adecuacióndel marco sancionatorio de OSITRAN (Infracciones y San-ciones) iniciado con la adecuación del procedimiento ad-ministrativo sancionador a la Ley del Procedimiento Admi-nistrativo General. 2. Modificaciones introducidasLuego de la prepublicación en el Diario Oficial El Pe- ruano de la nueva versión del Reglamento de Infraccionesy Sanciones, el 1 de septiembre de 2003, OSITRAN orga-nizó un taller de trabajo con los representantes de las En-tidades Prestadoras, donde se presentaron los cambiospropuestos y se recibieron opiniones y comentarios al res-pecto. Adicionalmente, el Organismo Regulador recibió unaserie de comentarios por escrito de los mismos agentes yde terceros, los cuales se utilizaron como insumo en laelaboración de la versión final de la norma. La matriz quecontiene el resumen de los comentarios recibidos y las ra-zones por las cuales se aceptaron o no dichas sugeren-cias, se publicará próximamente en la página web de OSI-TRAN. A continuación se presenta una relación que resume el tenor de las principales modificaciones realizadas al Re-glamento de Cobro y Aplicación de Infracciones y Tasasvigente a la fecha: a) Disposiciones Generales (Título I)Dentro de las disposiciones generales destaca la que precisa que la responsabilidad administrativa es objetiva eindependiente de la responsabilidad civil o penal, por loque resulta posible la aplicación simultánea de una san-ción administrativa y una penalidad contractual, la que con-forme a lo señalado por el Artículo 3º del Reglamento deInfracciones y Sanciones, tiene naturaleza civil. Cabe igualmente destacar la que delimita el ámbito de competencia de OSITRAN, estableciéndose que quedanexcluidas de su facultad sancionadora las infracciones re-lativas a la libre competencia, competencia desleal, publi-cidad, medio ambiente, recursos naturales, conservacióndel patrimonio arqueológico y cultural de la nación y deseguridad. Adicionalmente, cabe mencionar la que divide el proce- dimiento sancionador en dos fases, la de instrucción y laresolutoria, de conformidad con lo dispuesto por el nume-ral 1) del Artículo 234º de la Ley del Procedimiento Admi-