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PÆg. 236600 NORMAS LEGALES Lima, lunes 6 de enero de 2003 les de la Contraloría General de la República, el inicio de las acciones legales pertinentes contra los presuntos res- ponsables comprendidos en el Informe de Vistos; De conformidad con el artículo 22º inciso d), de la Ley Orgánica de Sistema Nacional de Control y de la Contra- loría General de la República, Ley Nº 27785, y los Decre- tos Leyes Nºs. 17537 y 17667; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales de la Contraloría Gene-ral de la República, para que en nombre y representación del Estado, inicie las acciones legales correspondientes por los hechos expuestos, contra los presuntos responsablescomprendidos en el Informe de Vistos, remitiéndose para tal fin los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 00109 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 335-2002-CG Lima, 30 de diciembre de 2002 VISTO, el Informe Especial Nº 215-2002-CG/ORMO, resultante del Examen Especial practicado a la Munici- palidad Provincial de Rioja, departamento de San Martín, período enero 1999 a junio 2001; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General ejecutó una acción de con- trol en la Municipalidad Provincial de Rioja, departamento de San Martín, por el período enero 1999 - junio 2001; entre otros, con el objetivo de determinar la legalidad, va-lidez y vigencia de la Resolución de Alcaldía Nº 269-89- A/MPR de 11.Dic.89; Que, como resultado del citado examen se ha determi- nado que a mérito de la petición formulada por el Sindica- to de Trabajadores de la Municipalidad Provincial de Rio- ja, el ex Alcalde expidió la Resolución de Alcaldía Nº 269-89-A/MPR de 11.Dic.89, autorizando se otorgue una re- muneración total por cada año de servicios o fracción de tres meses como indemnización compensatoria por tiem-po de servicios, contraviniendo lo dispuesto por el Decre- to Legislativo Nº 276; habiendo sido también objeto de cuestionamiento por la Comisión Técnica del ex InstitutoNacional de Administración Pública, que recomendó que dicha Resolución debía ser declarada nula; no obstante lo cual continúa vigente, ocasionando que el Municipioutilice los recursos que administra para el pago de bene- ficios que no cuentan con el sustento legal; hechos que constituyen indicios de comisión del delito de Peculadotipificado en el artículo 387º del Código Penal vigente; Que en atención a los hechos expuestos y habiéndo- se acreditado la existencia de indicios de comisión deldelito como consecuencia de la acción de control practi- cada, en los que se encuentran involucrados funciona- rios, ex funcionarios, de la Municipalidad Provincial deRioja, corresponde a la Contraloría General de la Repú- blica proceder conforme a sus atribuciones; Que, conforme lo dispuesto en la Segunda Disposición Tran- sitoria de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, aprobada por la Ley Nº 27785, publicada el 23.Jul.2002, el proceso integral de con-trol iniciado antes de la entrada en vigor de esta ley, se regirá por la normativa anterior hasta su conclusión; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del Art. 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Con- trol y de la Contraloría General de la República, constitu- ye atribución de este Organismo Superior de Control, dis-poner el inicio de las acciones legales pertinentes en for- ma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos en que en la ejecución directa de una acción decontrol se encuentre daño económico o presunción de ilí- cito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Pú- blico a cargo de los asuntos judiciales de la ContraloríaGeneral de la República, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables compren- didos en el Informe de Visto;De conformidad con el artículo 22º inciso d), de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contra- loría General de la República, Ley Nº 27785, y los Decre- tos Leyes Nºs. 17537 y 17667; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Públi- co a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría Ge- neral de la República, para que en nombre y representa-ción del Estado, inicie las acciones legales correspondien- tes contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndosele para el efecto los ante-cedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 00110 J N E Declaran infundado pedido de nulidad de elecciones municipales realizadas enlos distritos de Jacas Grande y Salas RESOLUCIÓN Nº 1112-2002-JNE Expediente Nº 2041-2002-Nulidad Lima, 27 de diciembre de 2002 Visto el pedido de nulidad de elecciones municipales del distrito de Jacas Grande, provincia de Dos de Mayo, departamento de Huánuco, solicitado por el señor LudimBarrionuevo Sánchez, personero legal titular de la organi- zación política nacional Perú Posible; CONSIDERANDO: Que el recurrente sustenta el pedido de nulidad de eleccio- nes municipales, al amparo de lo prescrito en los artículos 364ºy 365º Inc. 1 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, y el artículo 36º de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Munici- pales, sosteniendo que la sumatoria de los votos nulos y enblanco, supera los dos tercios del número de votos válidos; Que de conformidad con el artículo 36º de la Ley de Elecciones Municipales, la nulidad de elecciones proce-de, entre otros presupuestos, cuando los votos nulos o en blanco, sumados o separadamente, superen los dos ter- cios del número de votos emitidos; Que, a fs. 5 obra el Avance de Resultados de Actas Com- putadas al 100%, emitida por la ODPE de Dos de Mayo, en donde se advierte que el total de votos emitidos asciende ala suma de 3004, en tanto que la suma de los votos en blan- co y nulos asciende a la cantidad de 1258, cifra que repre- senta el 41.878% de los votos emitidos, lo que no alcanza elmonto exigido para declarar la nulidad de elecciones, Por los fundamentos expuestos, el Jurado Nacional de Elecciones, administrando justicia en materia electoral; RESUELVE: Artículo Único.- Declarar INFUNDADO el pedido de nulidad de elecciones municipales presentado por el per- sonero legal de la agrupación nacional Perú Posible, en consecuencia válida la votación municipal del distrito deJacas Grande; provincia de Dos de Mayo, departamento de Huánuco. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENASVELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA,Secretario General 00174