Norma Legal Oficial del día 06 de enero del año 2003 (06/01/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, lunes 6 de enero de 2003

Que, agrega el mencionado informe que frente a lo expuesto, se encuentra el MORDAZA de separacion de poderes que distingue a los procedimientos administrativos de los procesos judiciales separando las vias a traves de las cuales el poder administrativo y el poder jurisdiccional cumplen sus cometidos publicos; Que, en consecuencia, la reserva en el tramite de una queja o de un procedimiento disciplinario notarial solo procede en caso se trate de una situacion especifica que requiera ser previamente esclarecida en el ambito judicial para poder ser materia de pronunciamiento en la via administrativa, supuesto que no se presenta en el caso analizado en esta oportunidad, ya que el analisis de la actuacion funcional del notario publico MORDAZA Alviz Montanes en la tramitacion de la escritura publica no requiere ni condiciona el pronunciamiento en la via judicial, en la cual se analizara la responsabilidad civil y penal, mas no la administrativa, derivadas de los derechos denunciados; Que, respecto al cuestionamiento que se hace de la conducta moral intachable del notario Alviz Montanes, lo cual implicaria la perdida de una de las calidades de notario, cabe precisar que conforme a lo dispuesto por el articulo 1º de la Ley Nº 27567 solo la Asamblea General puede pronunciarse respecto a la perdida de alguna de las calidades senaladas en el articulo 10º de la Ley del Notariado, conducta moral intachable, por lo que correspondera a la Asamblea General del Colegio de Notarios de MORDAZA y MORDAZA de MORDAZA, emitir el pronunciamiento a que MORDAZA lugar; De conformidad a las atribuciones contempladas en el articulo 142º, incisos a), b), h), i), 147º de del Decreto Ley Nº 26002, Ley del Notariado; el articulo IV, numeral 6.1 de la Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo acordado por el Consejo del Notariado en su sesion de fecha 17 de diciembre del 2002; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer que la Junta Directiva del Colegio de Notarios de MORDAZA y MORDAZA de MORDAZA aperture MORDAZA disciplinario contra el Notario Publico MORDAZA Alviz Montanes. Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de los actuados al Decano del Colegio de Notarios de MORDAZA y MORDAZA de MORDAZA, a fin que la Asamblea General se pronuncie en torno a la supuesta perdida por parte del mencionado notario, respecto de algunas de las calidades senaladas en el articulo 10º de la Ley del Notariado, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 1º de la Ley Nº 27567. Remitir MORDAZA de la presente resolucion a los interesados para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGAZ Presidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA Consejero MORDAZA MORDAZA ERAUSQUIN Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero 00116

Que, es atribucion del Presidente de la Corte Superior de Justicia, dirigir la politica administrativa y jurisdiccional en la sede de su jurisdiccion, por lo que estando al inicio del presente ano judicial, resulta necesario organizar los turnos judiciales que regiran las MORDAZA Superiores Especializadas en lo Civil, a efectos de hacer factible y organizado el trabajo en los indicados organos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima; Que, estando a lo expuesto resulta pertinente aprobar el rol de turnos judiciales que regiran las MORDAZA Superiores Especializadas en lo Civil de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, correspondiente al presente ano judicial, conforme a las facultades previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del articulo 90º de la citada Ley Organica, en consecuencia; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER el rol de turnos judiciales que regiran las MORDAZA Superiores Especializadas en lo Civil de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, correspondiente al presente ano judicial, conforme se detalla a continuacion: Primera Sala Civil MORDAZA Sala Civil Tercera Sala Civil Cuarta Sala Civil MORDAZA Sala Civil Sexta Sala Civil Primera Sala Civil MORDAZA Sala Civil Tercera Sala Civil Cuarta Sala Civil MORDAZA Sala Civil Sexta Sala Civil Mes de enero Mes de febrero Mes de marzo Mes de MORDAZA Mes de MORDAZA Mes de junio Mes de MORDAZA Mes de agosto Mes de setiembre Mes de octubre Mes de noviembre Mes de diciembre

Articulo Segundo.- PONER la presente resolucion en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General, de la Gerencia de Personal y Escalafon del Poder Judicial, de la Fiscalia de la Nacion y de los senores Vocales Superiores Presidentes de las MORDAZA Superiores Especializadas en lo Civil, a que hace referencia la presente resolucion, para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 00080

ORGANISMOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL
Autorizan a procurador a iniciar acciones legales contra presuntos responsables comprendidos en los informes de vistos Nºs. 209, 210, 212, 213, 214 y 215
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 330-2002-CG
MORDAZA, 30 de diciembre de 2002 Vistos, el Informe Especial Nº 209-2002-CG/SS, resultante del Examen Especial efectuado al Proyecto Especial Chavimochic, periodo Ene.1999 a Dic.2000; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica, ha efectuado un Examen Especial al Proyecto Especial Chavimochic, en cumplimiento del Plan Anual de Auditoria del ano 2001 de la ex Gerencia de control de Pro-

PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Establecen rol de turnos judiciales de las MORDAZA Superiores Especializadas en lo Civil de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 002-2003-P-CSJLI/PJ
MORDAZA, 3 de enero del 2003

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