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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE FEBRERO DEL AÑO 2003 (01/02/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 57

PÆg. 238363 NORMAS LEGALES Lima, sábado 1 de febrero de 2003 Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección Nacional de Logística, la remisión del Plan Anual aprobado en elartículo primero, al CONSUCODE y PROMPYME, parasu conocimiento y fines pertinentes. Artículo Cuarto.- Disponer que la Secretaria Gene- ral ingrese la presente Resolución en el archivo general institucional y notifique a la Subjefatura, Dirección Nacio- nal de Logística y Oficinas de Asesoría Jurídica y Esta-dística y Telemática, para los fines pertinentes; así comodisponga la publicación de la presente Resolución en elDiario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN LUIS PODESTÁ LLOSA Jefe 02075 INDECOPI Aprueban precisiones al Plan de Transi- ción establecido mediante la Res. N” 0035-2001/INDECOPI-CRT RESOLUCIÓN COMISIÓN DE REGLAMENTOS TÉCNICOS Y COMERCIALES Nº 0007-2003/CRT-INDECOPI Lima, 16 de enero de 2003 VISTA: La Resolución Nº 0035-2001/INDECOPI-CRT me- diante la cual se modificó el artículo 7 del Reglamento deAcreditación de Organismos de Certificación, Organismosde Inspección y Laboratorios de Ensayo y Calibración, aefecto de incorporar como requisitos para la acreditaciónde Laboratorios los comprendidos en la NTP-ISO/IEC 17025, en sustitución de la GP-ISO/IEC 25, y se dispuso su adopción progresiva; y, CONSIDERANDO: Que, el plan de transición para la adopción progresiva de la NTP 17025 Requisitos generales para la competen-cia técnica de laboratorios de ensayo y calibración apro-bado mediante la Resolución Nº 0035-2001/INDECOPI-CRT, establece los plazos y procedimientos a través delos cuales puede evaluarse la adecuación así como la fecha a partir de la cual rige plenamente la NTP 17025; Que, el 9 de enero de 2003, la Secretaría Técnica puso a consideración de la Comisión una serie de recomenda-ciones para precisar las disposiciones de la ResoluciónNº 0035-2001/INDECOPI-CRT en lo relativo a los procesosde ampliación y seguimiento, de los Laboratorios acredita- dos en el marco de la GP-ISO/IEC 25, dentro de los cuales podría evaluarse la adecuación de dichos Laboratorios a laNorma Técnica Peruana ISO/IEC 17025; Que, en efecto, resulta conveniente precisar en qué términos la Comisión emitirá resoluciones de adecuaciónde los Laboratorios con la NTP 17025, cuando ello se efectúe a propósito de procedimientos de ampliación y seguimiento, ya que por su naturaleza este tipo de pro-cesos involucran una evaluación parcial del alcance dela acreditación otorgada; Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica, de conformidad con el Reglamento de Acreditación de Organismos de Certificación, Organismos de Inspección y Laboratorios de Ensayo y Calibración, y con el acuerdounánime de sus miembros reunidos en sesión de fecha16 de enero de 2003; RESUELVE: APROBAR las disposiciones que se detallan a conti- nuación, como precisiones al Plan de Transiciónestablecido mediante la Resolución Nº 0035-2001/INDECOPI-CRT:La Comisión de Reglamentos Técnicos y Comercia- les sólo emitirá resoluciones sobre la adecuación a lanorma NTP-ISO/IEC 17025, ante la ausencia de NoConformidades Mayores, en los siguientes casos: a) Como resultado de las Auditorías de Seguimiento, cuando el laboratorio solicite que en la misma se le eva- lúe todos los requisitos de la norma y en la totalidad delalcance acreditado. b) Como resultado de las Auditorías de Ampliación, cuando el laboratorio solicite que en dicha auditoría se leevalúe todos los requisitos de la norma y en la totalidad del alcance acreditado. c) Como resultados de la evaluación solicitada por el laboratorio antes de su auditoría de seguimiento, siem-pre que solicite la verificación de cumplimiento de todoslos requisitos de la norma en la totalidad del alcance acre-ditado. En estos casos se reestructurarán los plazos de las auditorías de seguimiento pendientes. Regístrese y publíquese.AUGUSTO RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales 01952 Aprueban Guía para la validación de MØtodos de Ensayo y las Directricespara la Implementación y Evaluaciónde mØtodos de Ensayo Sensoriales RESOLUCIÓN COMISIÓN DE REGLAMENTOS TÉCNICOS Y COMERCIALES Nº 0008-2003/INDECOPI-CRT Lima, 16 de enero de 2003 VISTOS:Los artículos 5º y 7º del Reglamento de Acreditación de Organismos de Certificación, Organismos de Inspec- ción y Laboratorios de Ensayo y Calibración, que dispo-nen que la acreditación de Laboratorios de Ensayo serealiza en el marco de la NTP 17025 y se otorga en fun-ción a los ensayos, en los campos de pruebas y produc-tos, en los cuales el laboratorio ha demostrado compe- tencia; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco del Reglamento de Acreditación de Organismos de Certificación, Organismos de Inspeccióny Laboratorios de Ensayo y Calibración, la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales define los linea- mientos y directrices bajo los cuales opera el sistema deacreditación; Que, tratándose de Laboratorios de Ensayo, la Comi- sión ha observado deficiencias en los criterios de valida-ción aplicados por estas entidades, situación por la cual la Secretaría Técnica ha propuesto una Guía para efec- tuar la validación de Métodos de Ensayo, que oriente laactuación de los Laboratorios de Ensayo; Que, asimismo, la Comisión ha observado diferencias en los criterios empleados por los Laboratorios de Ensa-yo acreditados para la ejecución de métodos sensoria- les, siendo necesario en iguales términos establecer cri- terios homogéneos que orienten la actuación de los La-boratorios de Ensayo acreditados así como a los labora-torios que soliciten la acreditación de este tipo de méto-dos de ensayo; Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica, de conformidad con el Reglamento de Acreditación de Organismos de Certificación, Organismos de Inspeccióny Laboratorios de Ensayo y Calibración, y con el acuerdounánime de sus miembros reunidos en sesión del 16 deenero de 2003;