Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2003 (27/07/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 27 de MORDAZA de 2003

MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el periodo de 2 meses. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el periodo de 6 meses. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Direccion Municipal, Secretaria General y Unidad de Personal, el fiel cumplimiento de la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- Las sanciones administrativas aplicadas es sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar en el transcurso de las investigaciones, de ser el caso. Articulo Quinto.- A los ex servidores publicos que ya no tengan vinculo laboral con la Municipalidad Distrital de Colcabamba, notificar de acuerdo a ley para el cumplimiento de la presente Resolucion. Articulo Sexto.- Transcribir la presente Resolucion a Contraloria General de la Republica, a la Municipalidad Provincial de Tayacaja y a los Organos de las Municipalidad Distrital de Colcabamba y al file de los involucrados bajo responsabilidad. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 14145

Articulo Primero.- SUSPENSION sin goce de remuneraciones por tener responsabilidad administrativa de acuerdo al Informe Nº 004-2003-CPPA/MDC a la ex servidora de la Municipalidad Distrital de Colcabamba, de acuerdo al siguiente detalle: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el periodo de 30 dias. Articulo Segundo.- CESE TEMPORAL sin goce de remuneraciones, por tener responsabilidad administrativa de acuerdo al Informe Nº 004-2003-CPPA/MDC a los ex servidores de la Municipalidad Distrital de Colcabamba, de acuerdo al siguiente detalle: MORDAZA Ytala MORDAZA MORDAZA, por el periodo de 6 meses. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el periodo de 2 meses. MORDAZA Nahui MORDAZA, por el periodo de 6 meses. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el periodo de 3 meses. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el periodo de 3 meses. MORDAZA MORDAZA Ribbeck MORDAZA, por el periodo de 9 meses. MORDAZA Jumpa MORDAZA, por el periodo de 6 meses.

PROYECTO OSIPTEL
Proyecto de Resolucion de MORDAZA que Modifica el Texto Unico Ordenado de las Normas de Interconexion
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 068-2003-CD/OSIPTEL MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2003 MATERIA Proyecto de Resolucion que Modifica el Texto Unico Ordenado de las Normas Interconexion Nº 013-93-PCM, establece que la interconexion de redes de los servicios publicos de telecomunicaciones es de interes publico; Que la interconexion de redes de servicios publicos de telecomunicaciones genera relaciones de beneficio mutuo para los usuarios y para los operadores de los servicios involucrados; Que en los contratos de interconexion remitidos por las empresas operadoras y aprobados por OSIPTEL, asi como en los mandatos de interconexion dictados por el organismo regulador, se han establecido reglas para realizar la liquidacion, la facturacion y el pago por los cargos de interconexion y otras condiciones economicas relativas a la interconexion; Que, asimismo, en los referidos contratos y mandatos de interconexion se han establecido reglas para suspender la interconexion en los casos de falta de pago de los cargos de interconexion correspondientes; Que la suspension de la interconexion basada en la falta de pago de los cargos de interconexion, del mismo modo que los otros supuestos de interrupcion y suspension de la interconexion, deben tener caracter excepcional y estar sujetas a un procedimiento, teniendo en cuenta que toda suspension de la interconexion afecta el interes de los usuarios de los servicios publicos de telecomunicaciones involucrados; Que los operadores cuyas redes estan interconectadas estan obligados a adoptar las medidas mas adecuadas a fin de salvaguardar el derecho a la continuidad del servicio de los usuarios de los respectivos servicios publicos; Que en el Subcapitulo II-De las Reglas Aplicables al Procedimiento de Liquidacion, Facturacion y Pago y en el Subcapitulo III-De las Reglas aplicables al Procedimiento para la Suspension de la Interconexion por Falta de Pago, del Texto Unico Ordenado de las Normas de Interconexion, se establecen los procedimientos correspondientes a la liquidacion, facturacion y pago de los cargos de interconexion y demas condiciones economicas, asi como los correspondientes a la suspension de la interconexion por falta de pago de dichas obligaciones; Que luego de una evaluacion a las disposiciones contenidas en el MORDAZA normativo mencionado en el parrafo

VISTO el Proyecto de Resolucion mediante el cual se propone la modificacion del Texto Unico Ordenado de las Normas Interconexion, presentado por la Gerencia General; CONSIDERANDO: Que de acuerdo a lo establecido en el Articulo 3º de la Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en Servicios Publicos, Ley Nº 27332 y modificada por Ley Nº 27631, el Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) tiene, entre otras, la funcion normativa, que comprende la facultad de dictar, en el ambito y en materia de sus respectivas competencias, los reglamentos, normas que regulen los procedimientos a su cargo, otras de caracter general y mandatos u otras normas de caracter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de usuarios; Que de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 24º del Reglamento General de OSIPTEL, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM, el Consejo Directivo de OSIPTEL es el organo competente para ejercer de manera exclusiva la funcion normativa; Que asimismo, el Articulo 75º del citado Reglamento, dispone que son funciones del Consejo Directivo de OSIPTEL, el expedir normas y resoluciones de caracter particular, en materia de su competencia; Que el Articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo

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