Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2003 (27/07/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

MORDAZA, MORDAZA 27 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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Que, el articulo 20º del Decreto Supremo Nº 012-2001PCM establece que las adquisiciones o contrataciones a que se refiere el articulo 19º se realizaran mediante el MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia, debiendo para ello aprobarse dicha exoneracion mediante acuerdo del Concejo Municipal, conforme lo senala el inciso c) del referido articulo, el mismo que requiere obligatoriamente de un informe tecnico - legal previo y sera publicado en el Diario Oficial El Peruano, MORDAZA del acuerdo y el informe que lo sustenta deberan remitirse a la Contraloria General de la Republica, bajo la responsabilidad del titular del pliego, dentro del los diez (10) dias calendario siguiendo a la fecha de su aprobacion; Que, asimismo el articulo 111º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM establece que se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion, los contratos de locacion de servicio celebrados con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta y como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por su caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio; Que, en los articulos 105º y 106º del referido reglamento se establecen los procedimientos a que deben someterse tales contrataciones, precisandose que debera indicarse en la resolucion exoneratoria el organo que se encargara de llevar a cabo la contratacion y que, una vez aprobada la exoneracion, la contratacion debera realizarse mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion de un cotizacion que cumpla con los requisitos establecidos; Que, teniendo en cuenta la normatividad MORDAZA expuesta y habiendose determinado que la ejecucion del servicio demanda el concurso de servicios personalisimos, debera formalizarse la exoneracion del MORDAZA de seleccion para proceder a la contratacion de los servicios personalisimos de empresa especializadas en la materia expuesta por la Direccion de Rentas, mediante Acuerdo del Concejo respectivo; Que, estando a los fundamentos expuestos y en ejercicio de las atribuciones conferidas por los articulos 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal con el MORDAZA unanime de los senores regidores, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta adopto el siguiente: ACUERDO: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA del concurso publico para la contratacion de los servicios de fiscalizacion selectiva en materia tributaria y administrativa, recuperacion de tributos atrasados y determinacion de sanciones tributarias y administrativas conforme a lo solicitado por la Direccion de Rentas, considerados servicios personalisimos, debiendo realizar el MORDAZA de seleccion mediante la modalidad de adjudicacion de menor cuantia de conformidad con los dispositivos vigentes en la materia. Articulo Segundo.- Establecer que el valor referencial del costo de servicio a contratar sera determinado en porcentajes aplicados sobre la recaudacion efectiva proveniente de la ejecucion del servicio, por tanto la fuente de financiamiento que demande la ejecucion del servicio sera con financiamiento del contratista. Articulo Tercero.- Autorizar al MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Chincha para que a traves del Comite Especial proceda a la ejecucion del MORDAZA de seleccion para servicios personalisimos para la prestacion del servicio de fiscalizacion selectiva en materia tributaria y administrativa, recuperacion de tributos atrasados y determinacion de sanciones tributarias y administrativas conforme a lo solicitado por la Direccion de Rentas. Articulo Cuarto.- Disponer la publicacion del presente acuerdo en el diario oficial el peruano, asi como hacer de conocimiento a la Contraloria General de la Republica, conjuntamente con el informe Tecnico - Legal dentro de los plazos previstos en la Ley. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA AMORETTI MORDAZA MORDAZA 14130

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COLCABAMBA
Sancionan con suspension y cese temporal a ex servidores de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 182-2003-MDC Colcabamba, 21 de MORDAZA del 2003 VISTOS: La Resolucion de Alcaldia Nº 168-2003MDC por el que se resuelve la Apertura de Procesos Administrativos Disciplinarios a ex servidores de la Municipalidad Distrital de Colcabamba que se encuentran comprendidos en el Informe Nº 066-2003-CG/ ORHU referido al "Examen Especial a la Municipalidad Distrital de Colcabamba", realizados por la Oficina Regional de la Contraloria General de la Republica, sede Huancayo; y el Informe Nº 004-CPPA de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Colcabamba; CONSIDERANDO: Que, los Arts. 191º y 192º de la Constitucion Politica del Estado establece que las Municipalidades son Organos de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el Art. 2º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, la Oficina Regional de Contraloria General de la Republica de Huancayo, mediante el Informe Nº 066-2003-CG/ORHU ha realizado el Examen Especial a la Municipalidad Distrital de Colcabamba, por el periodo comprendido del 1.enero.2001 hasta el 30.junio.2002, encontrando responsabilidad de naturaleza administrativa en los ex servidores de acuerdo a las observaciones realizadas por el Organo de Control, estando comprendidos los siguientes ex servidores: MORDAZA Ytala MORDAZA MORDAZA (Observacion I), MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Observacion I), MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Observaciones XII; XIII), MORDAZA Nahui MORDAZA (Observaciones V, VI, VIII, IX, X), MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Observacion X), MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Observacion X), MORDAZA MORDAZA Ribbeck MORDAZA (Observaciones VII, VIII), MORDAZA Jumpa MORDAZA (Observaciones XII; XIII), MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Observaciones XII; XIII), MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Observaciones XII; XIII); Que, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Colcabamba ha notificado a cada uno de los ex servidores publicos con Resolucion de Alcaldia Nº 168-2003MDC para que absuelvan los cargos de las responsabilidades administrativas encontradas y senaladas en la Resolucion acotada, las mismas que han sido absueltas y la Comision en pleno ejercicio de sus facultades ha presentado el Informe Nº 004-2003-CPPA/MDC haciendo conocer la sancion a imponerse en forma individual; Que, en merito al Art. 152º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, D.S. Nº 005-90PCM, se senala que la calificacion de la gravedad de la falta es la atribucion de la autoridad competente, asi como lo establecido en los Arts. 153º, 154º, 155º y siguientes de la referida norma; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en los Art. 28º incisos a) y c), Art. 152º y siguientes del reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM, concordante con lo dispuesto en el Art. 21º incisos a), b) y d) del D. Leg. Nº 276 - "Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico", a la Ley de los Derechos de Participacion y Control Ciudadanos" - Ley Nº 26300 y a la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972;

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