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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JULIO DEL AÑO 2003 (27/07/2003)

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TEXTO PAGINA: 45

PÆg. 248915 NORMAS LEGALES Lima, domingo 27 de julio de 2003 La reposición de la reserva legal se hace destinando utilidades de ejercicios posteriores en la forma estableci-da en este artículo. TÍTULO QUINTO DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD Artículo Sexagésimo Tercero.- CAUSALES DE LI- QUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD La Sociedad procederá a su disolución en caso de devenir alguna de las causales indicadas en los Artícu- los 407º y siguientes de la Ley General de Sociedades. El proceso de liquidación se sujetará a las disposicio- nes de La Ley del Mercado de Valores y la Ley General de Sociedades." Artículo Sexagésimo Cuarto.- PATRIMONIO SO- CIAL EN LA LIQUIDACIÓN Durante el proceso de liquidación de la Sociedad, sólo se afectará el patrimonio propio de la Sociedad, para lo cual se observarán las siguientes reglas: a) Se cancelarán, en primer lugar, todas las deudas y obligaciones de la Sociedad; b) El saldo, si lo hubiese, será repartido a prorrata entre todos los Accionistas en proporción al capital nomi- nal que representen las acciones que posean; y, c) Disuelta la Sociedad, se designará a la entidad o persona que conservará los documentos de la Sociedad al disolverse ésta. TÍTULO SEXTO ARBITRAJE Artículo Sexagésimo Quinto.- DEL PROCESO AR- BITRAL Cualquier litigio, pleito, controversia, duda, discrepan- cia o reclamación resultante de la ejecución o interpreta- ción del presente Estatuto y de sus disposiciones, asícomo las acciones, remedios y pretensiones de cualquier naturaleza previstos en la Ley General de Sociedades y en sus normas complementarias y supletorias, que sesusciten, promuevan o inicien entre la Sociedad, los so- cios y los administradores de la Sociedad, incluso si ta- les socios o administradores hubieran perdido esa condi-ción, serán obligatoria e incondicionalmente sometidos a la Ley Peruana y a la jurisdicción y procedimiento arbitral que se establece en el presente artículo. Así también, quedarán sometidos a la jurisdicción y procedimiento arbitral que se pacta en esta Cláusula, cual- quier litigio, pleito, controversia, duda, discrepancia o re-clamación que pudiera surgir entre la Sociedad y los ter- ceros con quien ella contrate o frente a quienes resulte obligada por cualquier título, cuando las partes se hubie-ran sometido expresa o tácitamente a dicho procedimiento arbitral. En todos los casos el procedimiento arbitral será rea- lizado por un Tribunal Arbitral conformado por tres miem- bros cuyo laudo será inapelable. El arbitraje será de de- recho. Cada una de las partes interesadas designará un ár- bitro y los árbitros nombrados designarán, a su vez, a un tercer árbitro. En caso que una de las partes demore másde quince días útiles, desde que haya sido requerida por escrito por la otra parte para la designación del árbitro de parte, éste será designado por el Centro de Arbitraje yConciliación Nacional e Internacional de la Cámara de Comercio de Lima, eligiéndolo de entre las personas que integran la relación de árbitros que dicha entidad tieneestablecida. En este caso, se entenderá que la parte que no cumplió ha renunciado a su derecho a designar árbi- tro de parte. El procedimiento, el plazo del arbitraje y demás dis- posiciones que sean necesarias para su ejecución, se- rán establecidas en el Reglamento del Centro de Arbitra-je y Conciliación Nacional e Internacional de la Cámara de Comercio de Lima. En todo lo no previsto en esta cláusula de arbitraje, así como en el caso que resulte desactivado el mencio- nado Centro de Arbitraje y Conciliación Nacional e Inter- nacional de la Cámara de Comercio de Lima, se aplica-rán las normas de la Ley General de Arbitraje, Ley Nº 26572, o las disposiciones de aquella Ley o norma que lasustituya. Sin perjuicio de lo expresado, las partes se someten a las leyes del Perú y a los Jueces y Tribunales de Limapara resolver cualquier situación que pudiera ser nece- sario someter al Poder Judicial con motivo del arbitraje. Artículo Sexagésimo Sexto.- NORMAS SUPLETO- RIAS En todo lo no previsto en el presente Estatuto, serán de aplicación la Ley del Mercado de Valores y la Ley Ge- neral de Sociedades. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- El primer directorio de la sociedad estará constituido por las siguientes personas: Juan Alberto Rafael D’Angelo Serra, identificado con D.N.I. Nº 07271995, domiciliado en Los Cipreses 368 San Isidro; José Ricardo Wenzel Ferradas, identificado con Libreta Electoral Nº 08796788, domiciliado en Calle B 172 Rin- conada Baja, La Molina; Rafael Oscar Pedro Carranza Jahnsen, identificado con Libreta Electoral Nº 25675313, domiciliado en Male- cón Figueredo 520, Segundo Piso, La Punta; Boris Josep Tomislav Kresimir Ljubicic Ugarte con D.N. I. Nº 08246591, domiciliado en Malecón Montever- de 224 Rinconada Alta, La Molina; César Alberto Luyo Luyo, identificado con D.N.I. Nº 07579302, domiciliado en Calle 7 Nº 391, Urbanización Corpac; Ernesto Federico Higueras Cortés, con Libreta Elec- toral Nº 09395123, domiciliado en Los Eucaliptos 215 La Molina Vieja; y, Manuel José Marcos Bustamante Letts, identificado con D.N.I. 08773936, domiciliado en Alvarez Calderón 615 Dpto. 301 - San Isidro. Este directorio estará vigente hasta la celebración de la Junta Obligatoria Anual que se celebre dentro de los tres meses siguientes a la terminación del ejercicio eco-nómico 2003. Segunda.- Se designa en el cargo de Gerente Gene- ral al señor Federico Luis Oviedo Vidal, identificado conLibreta Electoral Nº 10320909 y domiciliado en Los Moli- nos de San Miguel Mz M-1 Lote 10, Las Lomas, quien gozará de las facultades que al Gerente General otorgael presente estatuto. Tercera.- Igualmente, se designa en el cargo de Con- tador General de la Empresa al señor Juan Alfredo An-gulo Losno identificado con DNI Nº 08786039 y domici- liado en Batallón Callao Sur 264, Las Gardenias Surco, quien gozará de las facultades otorgadas en inciso d) delartículo 52º del presente estatuto. 12961 ESSALUD Exoneran de proceso de concurso pœblico la contratación de servicios del Hospital Vall D’Hebron de Espaæa para realizar trasplante de mØdulaósea a paciente RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 585-PE-ESSALUD-2003 Lima, 18 de julio del 2003 VISTAS: Las Cartas Nºs. 1326 y 1969-GDP-ESSALUD-2003, presentadas por la Gerencia de División de Prestaciones para que se exonere del correspondiente proceso de Concurso Público la contratación de un centro asisten-cial altamente especializado del extranjero para la aten- ción asistencial del paciente Luis Seminario Carbajal,