Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2003 (27/07/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, MORDAZA 27 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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Junta General, ni las facultades que esta conceda al Directorio, salvo que ello fuere expresamente autorizado por la Junta General. CAPITULO TERCERO GERENCIA GENERAL Articulo Quincuagesimo.- FINALIDAD La Gerencia General es el organo de direccion ejecutiva de mayor nivel de la Sociedad y tiene por finalidad dirigir y administrar las actividades y operaciones que se realicen en cumplimiento de los acuerdos adoptados por la Junta General de Accionistas y por el Directorio. Articulo Quincuagesimo Primero.- COMPOSICION La Gerencia de la Sociedad se compone del Gerente General y los demas Gerentes que MORDAZA nombrados por el Directorio quienes ejerceran el cargo por tiempo indefinido. El Gerente General es el ejecutor de todas las disposiciones del Directorio y tiene la representacion juridica, comercial y administrativa de la Sociedad. El cargo de Gerente General es compatible con el de Director. El Gerente General desempena un cargo de confianza. El nombramiento del Gerente General debera recaer necesariamente en una persona natural. Al Gerente General le son aplicables los requisitos para ser miembro del Directorio, asi como los impedimentos a que hacen referencia el Articulo MORDAZA del Estatuto y la Ley del MORDAZA de Valores. Articulo Quincuagesimo Segundo.- ATRIBUCIONES Al Gerente General le compete la ejecucion de actos y contratos ordinarios para el cumplimiento de los fines de la Sociedad; de conformidad con la Ley Nº 26539 y en virtud de esta clausula sin necesidad de formalidades adicionales, tendra la representacion legal, administrativa y judicial de la Sociedad. Las principales atribuciones del Gerente General son: a. Ejecutar los acuerdos de la Junta General de Accionistas y del Directorio con respecto a los negocios y el desarrollo de la Sociedad, que estos dispongan y, en especial, ejecutar el presupuesto de ingresos y gastos aprobados. Asimismo, ejercera la direccion administrativa, operativa y financiera de la Sociedad, acorde con las facultades otorgadas por el Directorio y las leyes y normas que regulan a la Sociedad. b. Asistir a las Sesiones del Directorio con voz pero sin MORDAZA, salvo que sea Director, y proponer al Directorio las medidas que considere necesarias para el desarrollo de la Sociedad. c. Organizar el regimen interno de la Sociedad, especialmente organizar y dirigir las oficinas e instalaciones de la Sociedad, estableciendo los medios mas adecuados y eficaces para que cumplan sus finalidades; cuidar que la contabilidad este al dia, inspeccionar los libros, documentos, sistemas y operaciones de la Sociedad y dictar las disposiciones para el funcionamiento de la misma. d. Celebrar contratos con las empresas bancarias asi como con cualquiera de las empresas comprendidas en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, para obtener creditos o financiamiento, bajo cualquier modalidad, y contratos de seguros. Tambien realizara cualquier operacion con dichas empresas tales como abrir y cerrar cuentas corrientes, de deposito, a plazos, ahorros o cualquier otra clase admitida por las leyes de la materia, en moneda nacional o extranjera, girar contra ellas, depositar o retirar fondos, cuando esten provistas de fondos o contra creditos y sobregiros que le hayan concedido, suscribiendo los contratos de credito respectivos con o sin garantia especifica, alquilar MORDAZA de seguridad, abrirlas, y retirar su contenido y cancelar el deposito, estas precisiones son solo enunciativas y no podran ser interpretadas como limitacion alguna. Asimismo podra girar y aceptar, tomar y endosar en propiedad o procuracion, toda clase de titulos valores y descontarlos, sin limitacion alguna; y depositar bienes muebles en custodia y retirar el deposito. El ejercicio de

todas estas facultades requerira de la firma conjunta del Contador General o de otra persona autorizada por el directorio. e. Representar a la Sociedad en las Juntas Generales de Accionistas de las sociedades en las que esta sea accionista, en las Asambleas de Obligacionistas, Juntas de Acreedores, Juntas de Propietarios, en procedimientos judiciales, administrativos, arbitrales y ante toda clase de autoridades, MORDAZA estas de trabajo, politicas, administrativas, tributarias, aduaneras, municipales, Ministerio Publico, Judiciales y Policiales otorgandole las facultades generales del mandato y las que confieren los Articulos 74º y 75º del Codigo Procesal Civil, pudiendo realizar todos los actos de disposicion de derechos sustantivos, demandar, reconvenir, contestar demandas y reconvenciones, ofrecer contracautela, desistirse del MORDAZA, allanarse a la pretension, conciliar, transigir, someter a arbitraje las pretensiones controvertidas en el MORDAZA, sustituir o delegar la representacion procesal para los demas actos que exprese la Ley, no pudiendose tachar este poder por insuficiente. estas facultades son aplicables a toda clase de acciones civiles, constitucionales, administrativas y laborales (especificamente las contenidas en la Ley Nº 26636), penales y de cualquier otra naturaleza; f. Celebrar convenios y compromisos arbitrales y/o de conciliacion: determinar que estos sea de derecho o de conciencia; designar arbitros, fijar las materias sujetas a arbitraje someterse a institucion arbitral, pactar reglas de procedimiento o someterse a un reglamento pre existente e interponer recursos de reposicion y apelacion. Efectuar conciliaciones ante entidades de conciliacion o dentro de procesos arbitrales; y realizar transacciones extrajudiciales. g. Decidir la iniciacion, continuacion, abandono o transaccion de procedimientos judiciales o administrativos disponiendo, ya sea dentro o fuera del MORDAZA, el ejercicio de toda accion o excepcion, incluyendo la prescripcion en cautela del patrimonio y los intereses de la Sociedad. Asimismo, someter a arbitraje las reclamaciones interpuestas por la Sociedad o contra MORDAZA, estipulando las condiciones y forma de arbitraje. h. Contratar, renovar contratos y MORDAZA a empleados y obreros fijando sus remuneraciones y jerarquias, asi como celebrar los contratos de prestacion de servicios necesarios para el cumplimiento de los fines sociales. i. Proponer a la Presidencia del Directorio la agenda de las sesiones de la misma. j. Dar cuenta en las Sesiones del Directorio de la marcha de los negocios de la Sociedad. k. Dirigir la contabilidad y preparar los Estados Financieros y la Memoria Anual de la Sociedad para presentarlos al Directorio. Asimismo, dirigira las actividades de recopilacion, analisis e interpretacion de la informacion estadistica sobre los aspectos economicos y financieros de las actividades de la Sociedad, proveyendo su opinion. l. Vigilar el cumplimiento de las funciones y tareas senaladas a todo el personal. m. Llevar los Libros de Actas de Juntas Generales de Accionistas y de Directorio, asi como la Matricula de Acciones. o. Delegar total o parcialmente todas o algunas de sus facultades en persona de su confianza. De igual manera, podra revocar y reasumir dichas facultades. p. Dictar disposiciones que desarrollen en detalle la aplicacion de las normas contenidas en los Reglamentos Internos q. Dictar manuales internos que rijan a su propio personal para el desempeno de sus funciones, los mismos que contienen el manual de procedimientos internos asi como el manual de funciones. r. Velar por la apropiada y oportuna difusion a las sociedades agentes de bolsa que operen en los mecanismos de negociacion de la Sociedad, y al MORDAZA en general, segun corresponda, de todas las decisiones relevantes que adopte la Sociedad respecto de los servicios que brinde, mediante sus servicios de informacion electronicos, tales como Bolsa News, Boletin Electronico, Circulares Agente Electronicas y la pagina web, sin perjucio de su difusion como hecho de importancia, salvo MORDAZA aspectos operativos o administrativos internos que unicamente conciernan a las sociedades agentes de bolsa."

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