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PÆg. 248916 NORMAS LEGALES Lima, domingo 27 de julio de 2003 derechohabiente del afiliado José Antonio Seminario Guevara; la Carta Nº 2389-OAJ-ESSALUD-2003, la Car-ta Nº 0169-GDA-ESSALUD-2003 de la Gerencia de Divi- sión de Aseguramiento y el respectivo expediente; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 1º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud - ESSALUD, la Entidad otorga cobertura a sus asegurados y sus derechohabientes a través del otorgamiento de presta-ciones de prevención, promoción, recuperación y rehabilita- ción, y prestaciones económicas y sociales, que correspon- den al régimen contributivo de la Seguridad Social en Salud,así como de otros seguros de riesgos humanos; Que, de acuerdo al Informe Técnico-Médico que susten- ta la exoneración solicitada, existe la necesidad de contratarlos servicios asistenciales especializados de un centro asis- tencial, para el trasplante de médula ósea que requiere con urgencia el paciente Luis Seminario Carbajal; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso h) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadomediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, procede exonerar de la realización de un concurso público en caso de servicios personalísimos; Que, de lo señalado en el Informe Técnico que susten- ta la exoneración se desprende que, si bien el trasplante de médula ósea requerido por el paciente es brindado,solamente en el extranjero, por más de un centro asis- tencial, el Hospital Vall D´Ebron de España es un centro asistencial especializado, que cuenta con la tecnologíaavanzada y los especialistas capacitados; característi- cas que califican al mencionado Hospital como especial en brindar dichos servicios como personalísimos; Que, asimismo, conviene señalar que sus precios son competitivos, y que el idioma "Castellano" permitirá una adecuada relación médico-paciente, ascendiendo el pre-supuesto por el tratamiento a Euros 65,750.40, debiendo considerarse además el costo del traslado, lo que impli- ca la adquisición de 02 pasajes aéreos - ida y vuelta alpaís del centro asistencial - así como una bolsa de viaje para el paciente y su acompañante; Que, al haberse configurado la causal prevista en el inciso h) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, re-sulta procedente aprobar la exoneración del concurso público para la contratación de los servicios del Hospital Vall D´Ebron de España con la finalidad de que realice eltrasplante de médula ósea al paciente Luis Seminario Carbajal; así como la adquisición de los pasajes, autori- zando que la misma se realice a través de una Adjudica-ción de Menor Cuantía y el correspondiente otorgamien- to de bolsa de viaje; Que, en la contratación de los servicios ya indicados deberá observarse las normas de austeridad y racionali- dad en el gasto vigentes y tener en cuenta las limitacio- nes presupuestales de la Entidad, por lo que el costo dela contratación de los referidos servicios no debe exce- der del valor referencial que se apruebe para tal efecto; Que, mediante Opinión Nº 031-2003 (GTN) la Geren- cia Técnico Normativa del Consejo Superior de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, ha señalado que en aplicación del principio de competencia funcional y terri-torial de las normas, si el proveedor con el que se desea contratar es un extranjero no domiciliado en el país, será aplicable la Ley del lugar o país en que se celebre dichoacto, para lo cual bastará obtener por cualquier medio una cotización que cumpla con las exigencias para la contratación; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante De-creto Supremo Nº 012-2001-PCM, la exoneración debe ser aprobada por resolución del Titular del Pliego; Que, de acuerdo con lo establecido por el artículo 8º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud, en concordancia con lo señalado por el artícu- lo 4º del Reglamento de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 013-2001-PCM, el Presidente Ejecutivo es la más alta autoridad ejecutiva de ESSALUD y Titular del PliegoPresupuestal, por lo que le corresponde aprobar la men- cionada exoneración; Que, el artículo 116º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, señala que el Titularde la Entidad determinará la dependencia u órgano que se encargará de realizar la contratación exonerada; En uso de la atribución conferida por el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 012-2001-PCM; SE RESUELVE: 1. APROBAR la exoneración del proceso de Concurso Público, para la contratación de los servicios del Hospital Vall D´Ebron de España, con la finalidad de que realice el tras-plante de médula ósea al paciente Luis Seminario Carbajal, derechohabiente del afiliado regular José Antonio Seminario Guevara, por un valor referencial de Euros 65,750.40, asícomo la adquisición de los correspondientes pasajes y el otorgamiento de la bolsa de viaje. 2. ENCARGAR a la Gerencia Central de Adquisicio- nes la contratación exonerada con el Hospital Vall D´Ebron de España; así como aquellos actos necesarios para el viaje del paciente Luis Seminario Carbajal. 3. DISPONER que la Secretaría General haga de cono- cimiento de la Contraloría General de la República la pre- sente Resolución, dentro del plazo establecido por la ley. 4. DISPONER que la Secretaría General haga de co- nocimiento del Consejo Directivo del Seguro Social de Salud la presente Resolución. 5. DISPONER que la Secretaría General publique la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano den- tro del plazo de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS CHIRINOS CHIRINOS Presidente Ejecutivo 14108 Autorizan contratar servicio de sopor- te tØcnico y actualización de licenciasde software de base de datos medianteadjudicación de menor cuantía RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 590-PE-ESSALUD-2003 Lima, 22 de julio del 2003 VISTAS: La Carta Nº 06-GCOI-ESSALUD-2003 de la Gerencia Central de Organización e Informática; la Carta Nº 2369-OAJ- ESSALUD-2003 de la ex Oficina de Asuntos Jurídicos, y elInforme Técnico que sustenta la exoneración para la contra- tación del servicio de soporte técnico y actualización de las licencias de Software de Base de Datos Oracle; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 1º de la Ley Nº 27056 "Ley de Crea- ción del Seguro Social de Salud" (ESSALUD) establece que el Seguro Social de Salud otorga cobertura a sus asegurados y sus derechohabientes, a través del otorga-miento de prestaciones de prevención, promoción, recu- peración, rehabilitación, prestaciones económicas y pres- taciones sociales que corresponden al régimen contribu-tivo de la Seguridad Social en Salud, así como otros segu- ros de riesgos humanos; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 089-PE-ESSALUD-2002 del 01 de abril del 2002, la Presidencia Ejecutiva exoneró la contratación del servi- cio de Mantenimiento y Soporte Técnico de las licenciasde Base de datos Oracle de la realización de un Concur- so Público, el mismo que vence el 31 de julio del 2003; Que, de acuerdo al Informe Nº 001-MAP-GCOI-ESSA- LUD-2003 que sustenta la solicitud de exoneración, así