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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (26/06/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 29

PÆg. 246679 NORMAS LEGALES Lima, jueves 26 de junio de 2003 xiv. Incumplir cualquier otra condición o requisito esta- blecido en el presente reglamento y el PNSM. Artículo 76º.- De las sanciones Las infracciones señaladas en el presente reglamento serán sancionadas de acuerdo a lo establecido en el artí- culo 123º del Reglamento aprobado por Decreto SupremoNº 007-98-SA, en lo que le sea aplicable; sin perjuicio de las responsabilidades penales y civiles que en su caso correspondan. TÍTULO XI DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Vigencia y adecuación normativa El presente reglamento sanitario entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Los expedientes en trámi-te se adecuarán a lo establecido en el presente reglamen- to, según la etapa en que se encuentren. Segunda.- De la Suscripción de Convenios La DIGESA podrá suscribir convenios de colaboración con entidades públicas y privadas involucradas en la ex-plotación racional y desarrollo de cultivos de moluscos bi- valvos, con el propósito de promover la inversión privada en las actividades de vigilancia y control sanitario de losproductos hidrobiológicos comprendidos en el presente reglamento; a fin de asegurar su calidad sanitaria e inocui- dad para el consumo humano con fines de exportación. Tercera.- De los productos con fines de promoción e investigación La DIGESA podrá autorizar la exportación de recursos hidrobiológicos comprendidos en el presente reglamentoen cantidades no mayores de 200 kilogramos o equivalen- tes, con fines de promoción e investigación sin el requisito de habilitación sanitaria de las áreas de producción y de los establecimientos. Para tal efecto, el interesado deberáadjuntar a su solicitud los análisis biológicos, físicos y quí- micos expedidos por un laboratorio acreditado por INDE- COPI; señalando en su solicitud lo siguiente: - Nombre o razón social y dirección del exportador. - Identificación del producto. - Cantidad. - Origen del producto.- Destino del producto. - País, puerto y lugar de destino. - Nombre, lugar y dirección del destinatario. Cuarta.- De los moluscos bivalvos no aptos para el consumo humano Los moluscos bivalvos declarados no aptos para el con- sumo humano, previa evaluación técnica y autorización deDIGESA, podrán ser destinados al consumo animal o ser destruidos de manera ambiental y sanitariamente segura, según sea el nivel de riesgo sanitario. Quinta.- Otras especies comprendidas en el ámbito del presente reglamento Salvo lo establecido en el Capítulo III del Título V del presente Reglamento, éste será también de aplicación alos equinodermos, tunicados, y gasterópodos marinos; en lo que les corresponda. ANEXOS: 01: Ficha de muestreo 02: Registro de moluscos bivalvos03: Definiciones ANEXO 01 FICHA DE MUESTREO (FM) e INSTRUCTIVO MONITOREO Nº______ FICHA DE MUESTREO Nº _______ Dirección Ejecutiva de Salud Ambiental: ___________________________________________________________________ Nombre del Muestreador: _____________________________________________________________ Hora: _________________________ Región: _____________________________ Zona:______________________________ Área:_________________________ Estación/Punto de muestreo:___________________________________; Banco Natural Cultivo Distrito/Provincia/Departamento: __________________________________________________ Posición: ______________________________ Profundidad: _____________________ metros LS/LW - UTM ______________________________ Área de la concesión: _________________ PARÁMETROS Tº AMB. Tº AGUA PH SALINID O2 DISUELTO OTROS PROFUNDIDAD (m) (°C) (°C) (ppm) (mg/l) Superficie X Agua Fondo MUESTRAS PARA ANÁLISIS: Moluscos Bivalvos SI NO Especies: ___________________________________________________________________________________________________ ___________________________________________________________________________________________________________ ___________________________________________________________________________________________________________ Fitoplancton: Cualitativo: Cuantitativo: (Red Estándar) (Método de la manguera; otro método indicar) Agua Si No OBSERVACIONES: ___________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ___________________________________________________________________________________________________________ __________________________ Responsable del Monitoreo