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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (29/06/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 192

TEXTO PAGINA: 183

PÆg. 247089 NORMAS LEGALES Lima, domingo 29 de junio de 2003 Asimismo, pronunciarse sobre interpretación y aplica- ción de las normas jurídicas, contratos que celebre el Go- bierno Regional, procedimientos judiciales, relaciones con los Poderes del Estado y otras dependencias públicas,conflictos de competencia y de jurisdicción, recursos im-pugnatorios, propuestas de normas legales y emitir opi-nión sobre acciones de garantía e inconstitucionalidad dealguna norma. Artículo 111º.- Corresponde a la Comisión de Recur- sos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, pronunciar-se sobre los asuntos que deben ser resueltos por el Con-sejo Regional en las funciones específicas regionales enmateria de áreas protegidas, medio ambiente y DefensaCivil. Artículo 112º.- Corresponde a la Comisión de Infraes- tructura pronunciarse sobre los asuntos que deben serresueltos por el Consejo Regional en las funciones especí-ficas sectoriales en materia de vialidad, transportes, co-municaciones, telecomunicaciones y construcción, y de-más funciones establecidas por Ley. DE LAS COMISIONES INVESTIGADORAS Artículo 113º.- Las Comisiones Investigadoras, son aquellas que el Consejo Regional determina circunstan-cialmente como consecuencia de denuncias, quejas y/opresunción de irregularidades que se presenten en el des-empeño de la función pública por parte de los Gerentes,Funcionarios o empleados del Gobierno Regional; su fun- ción es temporal y culmina cuando presenta Informes y se adoptan las medidas correspondientes. DE LAS COMISIONES ESPECIALES Artículo 114º.- Se conformarán Comisiones Especia- les para asuntos específicos que no correspondan a nin-guna de las Comisiones Ordinarias o que por su importan-cia o gravedad se hiciera necesaria. El Acuerdo de Con- sejo Regional determinará con precisión el encargo, la con- formación y el plazo de vigencia de la Comisión. TÍTULO V DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES DISPOSICIÓN TRANSITORIA Lo que no esté contemplado en el presente Reglamen- to, se regirá por lo dispuesto en la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783, Ley Orgánica de GobiernosRegionales Nº 27867 y su Modificatoria Ley Nº 27902 y laConstitución Política del Perú. DISPOSICIÓN FINAL El presente Reglamento entrará en vigencia al día si- guiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. 12204 GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Convocan al acto de elección de repre- sentantes de las organizaciones de la sociedad civil para la conformación del Consejo de Coordinación Regional DECRETO REGIONAL Nº 004-2003-REGIÓN CALLAO-PR Callao, 27 de junio de 2003 EL PRESIDENTE REGIONAL DEL CALLAO CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Regional Nº 003-2003-PR publica- do en el Diario Oficial El Peruano el 7 de junio de 2003 se convocó a elecciones de los representantes de las organiza- ciones de la sociedad civil para la conformación del Consejode Coordinación Regional el día 12 de junio del 2003; Que, el Art. 17º del Reglamento de conformación, elec- ción e instalación del Consejo de Coordinación Regional,aprobado por Ordenanza Regional Nº 003-2003-CCR/RC, estableció plazos de impugnación que las organizaciones de la sociedad civil hicieron valer, conllevando a que el acto de elección se vea postergado en varias oportunida-des; Que, por Ley Nº 28013, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 27 de junio de 2003, se ha establecido comoplazo máximo de instalación del Consejo de Coordinación Regional el 30 de junio de 2003; hecho que motiva al Go- bierno Regional del Callao llevar a cabo la elección e insta-lación de este órgano consultivo; Que a efecto de terminar con resolver las impugnaciones y/o tachas interpuestas por las organizaciones de la so-ciedad civil hasta antes de la fecha indicada en el conside- rando anterior; es necesario habilitar como días hábiles para cumplir con todas las absoluciones de las impugna-ciones el día sábado 28 y domingo 29 de junio del presen-te año; Estando a los fundamentos expuestos, y de conformi- dad con el acuerdo del Comité de Gerentes; y, en uso de las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; SE DECRETA:Artículo Primero.- Convocar para el día 30 de junio al acto de elección de los representantes de las organiza- ciones de la sociedad civil, el mismo que se desarrollaráen las instalaciones del Gobierno Regional, sito en JuanPablo II S/N Bellavista - Callao, a las 08.00 a 12.00 horas. Artículo Segundo.- Habilitar el día sábado 28 y do- mingo 29 de junio del 2003, a efecto de que las organi- zaciones civiles y el Gobierno Regional puedan resolver las impugnaciones que aún no han sido resueltas. Artículo Tercero.- Convocar a los miembros integran- tes del Consejo de Coordinación Regional para el acto desu instalación, el día 30 de junio de 2003 a las 18.00 horasen la sede del Gobierno Regional del Callao, sito en altura de la cuadra 39 de la Av. Elmer Faucett - Callao. Regístrese, publíquese y cúmplase.FERNANDO GARCÍA HUBY Presidente Regional (e) 12281 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BREÑA Establecen beneficio de descuento por pronto pago de arbitrios municipalespara el aæo 2003 ORDENANZA Nº 76-MDB Breña, 26 de junio de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA POR CUANTO:El Concejo Municipal del distrito de Breña, en Sesión Ordinaria de la fecha y con dispensa del trámite de aproba- ción del Acta; VISTO:El Informe Nº 054-2003-OR/MDB de fecha de la Ofici- na de Rentas, de fecha 12 de junio; y, CONSIDERANDO: Que, los artículos 192º y 194º de la Constitución Polí- tica del Estado establecen que las Municipalidades tienenautonomía política, económica y administrativa en los asun-tos de su competencia, otorgando potestad tributaria paracrear, modificar, suspender o suprimir contribuciones, ta-sas, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, la última parte del artículo 5º del Texto Único Or- denado del Marco Normativo de los Arbitrios Municipalesaprobado por Decreto de Alcaldía Nº 010-2002-DA/MDB