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PÆg. 240597 NORMAS LEGALES Lima, martes 11 de marzo de 2003 acciones legales que correspondan contra quienes re- sulten responsables, por presunto delito contra la fe pu-blica, en las modalidades de falsedad ideológica y gené-rica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Pú- blico encargado de los asuntos judiciales del RegistroNacional de Identificación y Estado Civil, para los fines aque se contrae la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 04629 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 987-2002-JEF/RENIEC Lima, 30 de diciembre del 2002 Visto el Memorándum Nº 2377-2002-GO/DCP emiti- do por la División Central de Procesos del 15.NOV.2002, el Memorándum Nº 957-2002/0RECIM/RENIEC emitidopor la Oficina de Registros Civiles e Identificación deMenores del 10.DIC.2002, Informe Nº 130 -2002-GAJ/PPU/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurí-dica del 19.DIC.2002, CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentación sustentatoria del informe de visto se desprende que la persona no identifi- cada que dice llamarse Altamirano Gutiérrez Máximo Isaac, ha inducido a error a servidor público al hacerinsertar en instrumento público declaraciones falsassobre hechos que deben probarse con el documentomismo, con el objetivo de usurpar la identidad del verda-dero ciudadano Altamirano Gutiérrez Máximo Isaac; Que el hecho antes descrito constituye indicio razona- ble de la comisión de presunto delito contra la fe pública,en las modalidades de falsedad ideológica y genérica,previsto y sancionado en los artículos 428º y 438º delCódigo Penal; Que, en atención al considerando precedente resul- ta necesario autorizar al Procurador Público, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identifica-ción y Estado Civil, para que interponga las accioneslegales que correspondan en defensa de los interesesdel Estado y del Registro Nacional de Identificación yEstado Civil, contra quien resulte responsable; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE:Articuló 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que en nombre y re-presentación de los intereses del Estado interponga lasacciones legales que correspondan contra quien resulteresponsable, por presunto delito contra la fe publica, enla modalidad de, falsedad ideológica y genérica, en agra- vio del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Pú- blico encargado de los asuntos judiciales del RegistroNacional de Identificación y Estado Civil, para los fines aque se contrae la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 04630 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 988-2002-JEF/RENIEC Lima, 30 de diciembre del 2002 Visto el Memorándum Nº 298-2001/OHC/DCP/GO, el Informe Nº 235-2000-2000/OHC/DCP/GO y el Infor-me Nº 131-2002-GAJ/PPU/RENIEC emitido por la Ge- rencia de Asesoría Jurídica, de fecha 19 de diciembrede 2002. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentación sustentatoria del informe de visto se desprende que los ciudadanos Víc- tor Nizama Estela, Juan Carlos Cruzado Asanza, JuanCarlos Mendoza Arbaiza y José Luis Flores Zegarra,quienes dicen llamarse José Mariano Nizama Estela,Juan Carlos Ramírez Azanza, Diego Sergio MendozaUeki y José Luis Rodríguez Pineda, han inducido a error a servidor público al hacer insertar en instrumento públi- co declaraciones falsas sobre hechos que deben pro-barse con el documento mismo; Que el hecho antes descrito constituye indicio razona- ble de la comisión de presunto delito contra fe pública, enla modalidad de falsedad ideológica, previsto y sancio- nado en el artículo 428º del Código Penal; Que, en atención al considerando precedente resul- ta necesario autorizar al Procurador Público, a cargo delos asuntos judiciales del Registro Nacional de Identifica-ción y Estado Civil, para que interponga las accioneslegales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, contra Víctor Nizama Estela, Juan CarlosCruzado Asanza, Juan Carlos Mendoza Arbaiza y JoséLuis Flores Zegarra; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que en nombre y re- presentación de los intereses del Estado interponga lasacciones legales que correspondan contra Víctor Niza-ma Estela, Juan Carlos Cruzado Asanza, Juan CarlosMendoza Arbaiza y José Luis Flores Zegarra, por pre-sunto delito contra la fe pública, en la modalidad de false- dad ideológica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo 2º.- Remítase los actuados al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del RegistroNacional de Identificación y Estado Civil, para los fines aque se contrae la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 04631 S B S Autorizan viaje de funcionarios a Chi- le para participar en el curso "Riesgo de Mercado y Supervisión Consolidada" RESOLUCIÓN SBS Nº 287-2003 Lima, 10 de marzo de 2003 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA:La invitación cursada a esta Superintendencia por la Asociación de Supervisores Bancarios de las Américas - ASBA, con el fin de participar en el Curso "Riesgo deMercado y Supervisión Consolidada", organizado por lacitada entidad en coordinación con el Financial StabilityInstitute (FSI), el mismo que se llevará a cabo del 10 al14 de marzo de 2003 en la ciudad de Santiago de Chile; CONSIDERANDO: Que, el mencionado evento está dirigido especial- mente a los representantes de las autoridades superviso-ras y reguladoras de las instituciones financieras y tienepor finalidad contribuir al conocimiento técnico de los