Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MARZO DEL AÑO 2003 (29/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 19

PÆg. 241809 NORMAS LEGALES Lima, sábado 29 de marzo de 2003 Artículo 2º.- Nombrar representantes de los trabaja- dores del sector al Consejo Nacional de Salud a los señores: Titular : HUMBERTO MANYARI SALAZAR Alterno : LUIS CÁCERES CERVANTES. Artículo 3º.- Nombrar representantes de las organi- zaciones sociales de la comunidad al Consejo Nacional de Salud a las señoras: Titular : LUISA ESCOBAR DE SOLDI Alterna : SUSANA PINEDO DE CAVASSA. Regístrese, publíquese y comuníquese.FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud 06188 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan a procurador pœblico ini- ciar y culminar las acciones legales correspondientes contra persona na-tural por presuntos actos ilícitos co-metidos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 235-2003-MTC/02 Lima, 25 de marzo de 2003 CONSIDERANDO:Que, con Informe Nº 082-MTC/15.17.SUP.2EM.DGC del 7.6.2000 del Supervisor de la Dirección General de Caminos, se hace de conocimiento el resultado de las investigaciones relacionadas al accidente de tránsito de la camioneta Toyota Placa PGH 515, sucedido el 19.4.2000, en el tramo de Jauja a Huancayo Km. 93, el mismo que era conducido por Waldir Edwin Vilcayauri Melo, quien presentó ante la supervisión del Proyecto Huasahuasi Cascas Cachiyacu de la Dirección General de Caminos, dos licencias de conducir, una de Número AA-0193571, Clase A, Categoría I y otra AE-0190025, Clase A, Categoría III; Que, con Oficio Nº 5577-2000-MTC/15.18.05 del 17.7.2000, el Director del Parque Automotor y Circula- ción Vial de la Dirección General de Circulación Terres- tre, manifiesta que según la base de datos, al señor Waldir Edwin Vilcayauri Melo se le asignó la licencia AE- 0190025, Clase A, Categoría I, expedida el 19.3.1999, habiéndosele otorgado posteriormente un duplicado de licencia Nº AA-0193571, Clase A, Categoría I, expedida el 20.4.99 y que con respecto a la licencia AE-0190025, Clase A, Categoría III, presumiblemente sería una cate- goría adulterada; Que, con Memorándum Nº 123-2001-MTC/CPPAD, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios remite el Informe Nº 035-2001-MTC/CPPAD donde recomienda se evalúe la procedencia de autori- zar al Procurador Público del MTC, para iniciar acciones legales en torno al caso de la licencia de conducir adul- terada presentada por el señor Waldir Edwin Vilcayauri Melo; Que, con Memorándum Nº 583-2002-MTC/15.06, el Procurador Público del Sector señala que los hechos descritos acreditarían la existencia de indicios suficien- tes de la presunta comisión del delito de Falsedad Gené- rica, delito tipificado en el artículo 438º del Código Penal; Que, el artículo 438º del Código Penal señala que constituye delito de Falsedad Genérica.- "El que de cualquier otro modo que no esté especificado en los capítulos precedentes, comete falsedad simulando, suponiendo, alterando la verdad intencionalmente y con perjuicio de terceros, por palabras, hechos ousurpando nombre, calidad o empleo que no le co- rresponda, suponiendo viva a una persona fallecida o que no ha existido o viceversa, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor a cuatro años"; Que, Waldir Edwin Vilcayauri Melo, con el objeto de poder ser contratado como chofer del Proyecto Hua- sahuasi-Cascas Cachicayu presentó copia fotostática de la Licencia de Conducir Nº AE-0190025 de Clase A, Categoría III, copia que resulta falsificada toda vez que dicha licencia tiene la Clase A Categoría I, conducta que encuadraría dentro del tipo penal del delito de Falsedad Genérica; Que, los hechos descritos ameritan la participa- ción del Procurador Público de este Ministerio, para que ejerza las acciones judiciales que correspon- dan, dado que existen indicios de responsabilidad penal; De conformidad con la Ley Nº 27791, Decretos Le- yes Nºs. 17537 y 17667 y Decreto Supremo Nº 041- 2002-MTC; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público del Mi- nisterio de Transportes y Comunicaciones, para que ini- cie y culmine las acciones legales que correspondan contra Waldir Edwin Vilcayauri Melo por los hechos des- critos en la parte considerativa de la presente Resolu- ción Ministerial. Artículo 2º.- Remitir copia de esta Resolución, así como los antecedentes del caso al mencionado Procura- dor Público, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 06091 Autorizan viaje a inspectores de la Dirección General de AeronÆutica Ci-vil a EE.UU., para realizar inspeccióntØcnica a helicóptero RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 238-2003-MTC/02 Lima, 25 de marzo de 2003 CONSIDERANDO: Que, en aplicación de la Ley Nº 27619 y sus nor- mas reglamentarias aprobadas mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se expidió la Resolu- ción Ministerial Nº 738-2002-MTC/02, la misma que fue publicada con fecha 2 de diciembre de 2002, au- torizando el viaje de los señores Raúl Mendives Ro- dríguez y Rommy Picón Aguilar, para realizar una inspección técnica al helicóptero Sikorsky Modelo S- 58T de matrícula N37723 SN 58-1672 de la empresa Helicópteros del Cusco S.A., en la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, durante los días 4 al 6 de diciembre de 2002, la misma que no se llevó a cabo a pedido de la propia empresa; Que, según los términos de la carta H.C. GOP Nº 2003/004, la empresa Helicópteros del Cusco S.A. soli- cita la reprogramación de la inspección técnica al heli- cóptero Sikorsky Modelo S-58T de matrícula N37723 SN 58-1672, labor que desarrollarán los Inspectores Raúl Fernando Mendives Rodríguez y Andrés Julio Villaverde Villaverde durante los días 7 al 9 de abril de 2003, en la ciudad de Kissimmee, Estados Unidos de América, ha- biendo la Dirección de Seguridad Aérea emitido las Ór- denes de Inspección Nºs. 338 y 339-2003-MTC/12.04- SDA; Que, resulta pertinente autorizar el viaje de los referidos Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Regla- mento, puedan realizar la inspección técnica a que