Norma Legal Oficial del día 29 de marzo del año 2003 (29/03/2003)


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VISTOS:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 29 de marzo de 2003

VISTOS Y CONSIDERANDOS: 1. MORDAZA NORMATIVO El Consejo Directivo del Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones (en adelante "OSIPTEL") dicta el presente Mandato de Interconexion, de conformidad con su facultad normativa establecida expresamente en los articulos 23º, 24º y el inciso n) del articulo 25º del Reglamento General de OSIPTEL aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM, y ordena su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, en cumplimiento de lo dispuesto por el articulo 47º del Reglamento de Interconexion (aprobado por Resolucion de Consejo Directivo Nº 001-98-CD/OSIPTEL) y las disposiciones contenidas en los Contratos de Concesion de los cuales es actualmente titular Telefonica del Peru S.A.A. El Mandato de Interconexion que se dicta, establece las condiciones aplicables para la interconexion de la red del servicio de telefonia fija local (bajo la modalidad de abonados y de telefonos publicos) de Compania Telefonica MORDAZA S.A. (en adelante TELEANDINA) con las redes de los servicios de telefonia fija local (bajo la modalidad de abonados y de telefonos publicos) y portador de larga distancia nacional e internacional de Telefonica del Peru S.A.A. (en adelante TELEFONICA). 2. ANTECEDENTES Mediante carta 010914 1 001 TDP de fecha 14 de setiembre de 2001, TELEANDINA comunico a TELEFONICA su pretension de interconexion. En ese sentido, mediante carta GGR-107-A-660/IN-01 de fecha 21 de setiembre de 2001, TELEFONICA comunico a TELEANDINA el requerimiento de la informacion necesaria para la interconexion. TELEANDINA respondio el requerimiento de informacion mediante carta 011017 01-OSP de fecha 17 de octubre de 2001 indicando que la interconexion requerida empleara los equipos de adecuacion de red e infraestructura existente. TELEFONICA mediante carta GGR-107-A-787/IN01, de fecha 12 de noviembre de 2001, comunico a TELEANDINA que con fecha 20 de febrero de 2001 suspendio la interconexion entre la red de larga distancia de TELEANDINA y la red de TELEFONICA debido a la falta de pago de los cargos de interconexion correspondientes. En tal sentido, senala que TELEFONICA no continuara con las negociaciones para la interconexion de la red fija de TELEANDINA y las redes de TELEFONICA, salvo que TELEANDINA pague la deuda MORDAZA referida y otorgue a favor de TELEFONICA una carta fianza bancaria emitida por un banco de primera linea, solidaria, irrevocable, incondicionada, de realizacion automatica y sin beneficio de excusion. TELEANDINA mediante carta 011114 3 -003 OSI recibida el 19 de noviembre de 2001, solicito a OSIPTEL la expedicion del correspondiente Mandato de Interconexion. OSIPTEL mediante cartas Nº C.1360-GG.L-GPR/2001 y C.1361-GG.L-GPR/2001, de fecha 30 de noviembre de 2001, formulo los requerimientos de informacion necesarios a TELEFONICA y TELEANDINA, respectivamente, sobre: (i) Las redes de los servicios publicos de telecomunicaciones involucrados en la negociacion de la interconexion. (ii) Los puntos de divergencia en su MORDAZA de negociacion de la interconexion y en los que existe coincidencia entre MORDAZA empresas. (iii) La ubicacion de los puntos de interconexion. (iv) Las condiciones tecnicas, economicas y legales de la interconexion. TELEANDINA, mediante carta Nº 011206 1 001 OSIP recibida el 7 de diciembre de 2001, y TELEFONICA, mediante carta Nº GGR-107-A-866/IN-01 recibida el 10 de diciembre de 2001, respectivamente, dan respuesta al requerimiento de OSIPTEL. Mediante comunicaciones C.147-GCC/2002 y C.148GCC/2002, OSIPTEL notifico a TELEANDINA y TELEFONICA respectivamente el Proyecto de Mandato, las mismas que remitieron sus comentarios mediante co-

Los documentos que acreditan la recepcion de la informacion relacionada para la elaboracion de la Cuenta General de la Republica del ano fiscal 2002 de los pliegos presupuestarios que comprende los Gobiernos Regionales; CONSIDERANDO: Que, el GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA ha ocupado el MORDAZA lugar de los Gobiernos Regionales, en la MORDAZA de la informacion presupuestaria y financiera correspondiente a la rendicion de cuentas, para la elaboracion de la Cuenta General de la Republica, correspondiente, al ejercicio fiscal 2002, ex Consejo Transitorio de Administracion Regional de MORDAZA, por lo que sus principales funcionarios merecen ser reconocidos; Que, el numeral 21.1 del articulo 21º de la Ley Nº 27312 - De Gestion de la Cuenta General de la Republica, senala que la aprobacion de la Cuenta General de la Republica es un acto formal de ordenamiento administrativo y juridico que no implica la aprobacion de la gestion ni los actos administrativos que aquella sustenta, los que son objeto de acciones de control por parte de los organos del Sistema Nacional de Control y de Fiscalizacion por el Poder Legislativo; Estando a lo previsto en el articulo 10º y el inciso m) del articulo 18º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Sistema Nacional de Contabilidad y de su Organo Rector aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-89-EF; a lo propuesto por la Direccion General de Contabilidad del Sector Publico, con la aprobacion de la Alta Direccion y la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, Con las facultades legales que le confiere el articulo 9º de la Ley Nº 24680 modificado por el articulo 277º de la Ley Nº 24977; SE RESUELVE: Articulo 1º.- FELICITAR al Presidente del GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA, senor MORDAZA RIVADENEYRA REATEGUI; al Jefe de la Oficina Regional de Administracion, senor CPC IBAN TORERO BRAMON; al Gerente Regional de Planeamiento y Presupuesto, senor Lic. MORDAZA MORDAZA SALINAS; y al Contador General, senor CPC MORDAZA MOZZO MORDAZA, por haber presentado en MORDAZA lugar de los Gobiernos Regionales la informacion presupuestaria y financiera correspondiente a la rendicion de cuentas, para la elaboracion de la Cuenta General de la Republica del ano fiscal 2002, del ex Consejo Transitorio de Administracion Regional de Loreto. Articulo 2º.- SOLICITAR al Presidente del GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA, haga extensiva esta especial felicitacion, al personal de Contabilidad, Presupuesto y Tesoreria, y a todas las demas personas, que con su esfuerzo y dedicacion han contribuido a la MORDAZA de la rendicion de cuentas en forma oportuna. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Contador General de la Nacion 05055

OSIPTEL
Aprueban mandato de interconexion de redes del servicio de telefonia fija local y portador de larga distancia de la Compania Telefonica MORDAZA S.A. y de Telefonica del Peru S.A.A.
ORGANISMO SUPERVISOR DE INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 022-2003-CD/OSIPTEL MANDATO DE INTERCONEXION: COMPANIA TELEFONICA MORDAZA S.A. Y TELEFONICA DEL PERU S.A.A. MORDAZA, 25 de marzo de 2003

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