Norma Legal Oficial del día 29 de marzo del año 2003 (29/03/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 29 de marzo de 2003

se contraen las Ordenes de Inspeccion Nºs. 338 y 339-2003-MTC/12.04-SDA; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 27791 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de los senores MORDAZA MORDAZA Mendives MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de Kissimmee, Estados Unidos de MORDAZA, durante los dias 7 al 9 de MORDAZA de 2003, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, sera con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos (por dos personas) Tarifa por Uso de Aeropuerto (por dos personas) US$ US$ 1,320.00 56.00

Que, la citada Empresa segun opinion emitida por el Director de Empresas y Actividades Portuarias y por el Asesor Legal, mediante los Informes Nºs. 0702003-MTC/13.02 y 062-2003-MTC/13.al, respectivamente, la citada Empresa ha cumplido con los requisitos establecidos en el Articulo 14º del referido Reglamento y su Modificatoria aprobada por Resolucion Ministerial Nº 401-2001-MTC/15.15 (29.AGO.2001), por lo que corresponde otorgarle la Licencia solicitada; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27791, Decreto Supremo Nº 056-2000-MTC y su Reglamento aprobado por Resolucion Ministerial Nº 100-2001-MTC/ 15.15, modificada por Resolucion Ministerial Nº 401-2001MTC/15.15; SE RESUELVE: Articulo 1º.- OTORGAR a la empresa NAVY WORLD E.I.R.L., la Licencia Nº 011-2003-MTC/13-SRR, para que preste Servicio de Recojo de Residuos en Terminal Portuario del CALLAO; sin perjuicio de cumplir con las disposiciones que sobre la materia correspondan a otros Sectores. Articulo 2º.- El Servicio de Recojo de Residuos a que se refiere el articulo precedente sera prestado mediante Camiones Cisternas alquilados. Articulo 3º.- La Licencia que se otorga por el articulo precedente, concede a su titular un derecho especifico e intransferible; y tiene vigencia por tres (3) anos calendario, computados a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano, pudiendo ser renovada por similar periodo a peticion de parte. Articulo 4º.- La Licencia de Servicio de Recojo de Residuos que se otorga por el Articulo 1º de la presente Resolucion implica la obligacion del Titular de someterse a las disposiciones legales vigentes sobre la materia; asi como a las directivas que al respecto emita la Empresa Nacional de Puertos S.A. y a las disposiciones y directivas que dicte la Direccion General de Transporte Acuatico. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Sector Defensa, para los fines pertinentes. Articulo 6º.- La Presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA COLL MORDAZA Director General 05778

Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los Inspectores mencionados en el Articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, deberan presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 738-2002-MTC/02 de fecha 26 de noviembre de 2002. Articulo 5º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones 06092

Otorgan licencia a empresa para prestar servicio de recojo de residuos en el Terminal Portuario del Callao
DIRECCION GENERAL DE TRANSPORTE ACUATICO RESOLUCION DIRECTORAL Nº 059-2003-MTC/13

FE DE ERRATAS MORDAZA, 3 de marzo de 2003 Vista la solicitud (Expedientes Nºs. 2002-012928 y 009627) presentada por NAVY WORLD E.I.R.L., pidiendo Licencia para la prestacion de Servicio de Avituallamiento a Naves en MORDAZA y Terminal Portuario del Callao; CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 056-2000-MTC (29.DIC.2000), se faculto a la Direccion General de Transporte Acuatico del Sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, la regulacion, supervision y control de las actividades administrativas empresariales de los servicios de transporte maritimo y conexos realizados en trafico de MORDAZA y areas portuarias; Que, por Resolucion Ministerial Nº 100-2001-MTC/15.15 (28.FEB.2001), se aprobo el Reglamento del referido Decreto Supremo, el cual en su Articulo 11º establece que las Licencias para prestar los referidos servicios, seran otorgadas por Resolucion Directoral de la Direccion General de Transporte Acuatico, previo cumplimiento de los requisitos que exige el mencionado Reglamento; Que, la recurrente se encuentra debidamente inscrita en el Registro Unico de Contribuyentes (RUC) con el Nº 20503767881; RESOLUCION MINISTERIAL Nº 211-2003-MTC/02 Mediante Oficio Nº 377-2003-MTC/04, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Ministerial Nº 211-2003MTC/02, publicada en la edicion del 23 de marzo de 2003, en la pagina 241287. En el MORDAZA Considerando: DICE: Que, el Grupo de Trabajo de Transportes del Foro de Cooperacion Economica MORDAZA MORDAZA - APEC ha convocado la XXII Reunion que se realizara en la MORDAZA de Singapur, Filipinas, durante los dias (...) DEBE DECIR: Que, el Grupo de Trabajo de Transportes del Foro de Cooperacion Economica MORDAZA MORDAZA - APEC ha convocado la XXII Reunion que se realizara en la MORDAZA de Singapur, Republica de Singapur, durante los dias (...)

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