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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G36/G31/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 7 de noviembre de 2003 De conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y la LeyN° 27829; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobación del Reglamento del Bono Familiar Habitacional - BFH Apruébese el Reglamento del Bono Familiar Habitacio- nal - BFH, que consta de tres (3) Capítulos, trece (13) Artí-culos y nueve (9) Disposiciones Finales, el cual forma par-te integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- Medidas complementarias Mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Vivien- da, Construcción y Saneamiento se establecerán las dispo-siciones complementarias que resulten necesarias para lamejor aplicación del Reglamento del Bono Familiar Habita- cional – BFH, aprobado por el presente Decreto Supremo. Artículo 3º.- Derogatoria Deróguese el Decreto Supremo N° 008-2002-VIVIEN- DA. Artículo 4º.- Refrendos El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento y por elMinistro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de noviembre del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Economía y Finanzas REGLAMENTO DEL BONO FAMILIAR HABITACIONAL - BFH CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Definiciones y Abreviaturas Para efectos del presente Reglamento, se considera- rán las siguientes definiciones: - Beneficiario(s): Grupo Familiar Postulante al que se le ha otorgado el Bono Familiar Habitacional. Se trata de grupos familiares, en los ámbitos urbano y rural, que care- cen de recursos económicos suficientes para adquirir, cons-truir en sitio propio o mejorar una Vivienda única. - Bono Familiar Habitacional (BFH): Bono mediante el cual el Estado entregará a los Beneficiarios una ayudaeconómica directa por una sola vez, sin cargo a reembol- so, como complemento a su ahorro y/o esfuerzo construc- tor, exclusivamente para facilitarles la adquisición, cons-trucción en sitio propio o mejoramiento de una Vivienda deInterés Social. El BFH se asigna a nivel nacional, descen-tralizadamente, de manera objetiva y con un transparenteproceso de calificación del Beneficiario. El importe especí- fico del BFH será determinado por Resolución Ministerial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. - Comisión de Transparencia y Fiscalización: Órga- no encargado de velar por la transparente asignación delBFH, cuyos integrantes serán determinados mediante Re-solución Ministerial del MVCS. - Construcción en Sitio Propio: La realizada sobre el terreno o aires independizados de propiedad del GFP o de laOrganización Postulante, en caso de Postulación Colectiva. - Comité Ejecutivo del Fondo MIVIVIENDA: Órgano del Fondo MIVIVIENDA, creado por el artículo 2º del De-creto Supremo Nº 001-2002-VIVIENDA e integrado por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, quienlo preside, el Ministro de Economía y Finanzas y un repre- sentante del sector privado. - Cuenta de Ahorros: Para efectos de lo dispuesto en la normas que regulan el BHF, es la cuenta de ahorros remu-nerada, abierta en una IFI participante en el Programa, queacredita el ahorro mínimo del aspirante al BFH. La Cuenta de Ahorro es de carácter no transaccional, es decir, igual permite depósitos en la periodicidad que se pacte al efectopero sólo admite el retiro total de los recursos y cierre de lacuenta. Se permite el ahorro en dólares o nuevos soles. Los postulantes también podrán acreditar el importe de la cuota inicial, mediante una carta de compromiso emitida por los Fondos de Vivienda, Derramas y otros Fondos, que hayan sido creados por norma expresa y que otorguen prés-tamos para vivienda, en los que éstos se obligan a conce-der un préstamo a favor del solicitante, por el monto nece-sario para constituir, complementar o incrementar el aho-rro mínimo requerido para su postulación al BFH. La citada carta de compromiso deberá emitirse a requerimiento del solicitante. El préstamo otorgado será considerado comoparte integrante del ahorro. Mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Vivien- da, Construcción y Saneamiento, se podrán establecerotras formas de acreditar el ahorro mínimo. - Dependiente(s): Se consideran dependientes: al cón- yuge o conviviente legalmente reconocido según lo dispo-ne el Código Civil; a los hijos nacidos vivos menores de 18años, incluidos aquellos que cumplen esta edad duranteel año calendario en que se postula; a los hijos mayores de18 años discapacitados sensorial, física o mentalmente en forma permanente; a los hijos mayores de 18 años y me- nores de 25 años incluidos aquellos que cumplen esta edaddurante el año calendario en que se postula y que se en-cuentren cursando estudios escolares o superiores; a loshermanos menores de edad que no tengan a ninguno desus padres vivos; a los hermanos mayores de edad disca- pacitados que no tengan a ninguno de sus padres vivos, y a los padres – del Jefe de familia o su cónyuge- mayoresde 65 años. Todos los casos antes indicados deberán ade-más depender económicamente del jefe(a) o jefes de fa-milia y vivir con él, ella o ellos. - Discapacidad: Una o más deficiencias evidenciadas en una persona con la pérdida significativa de alguna o algunas de sus funciones físicas, mentales o sensoriales,que impliquen la disminución o ausencia de la capacidadde realizar una actividad dentro de formas o márgenes con-siderados normales, limitándola en el desempeño de unrol, función o ejercicio de actividades y oportunidades para participar equitativamente dentro de la sociedad. - Fondo Hipotecario de Promoción de la Vivienda - Fondo MIVIVIENDA (FMV): Entidad administradora y otor- gante del BFH, según lo establecido en el artículo 6º de laLey Nº 27829, Ley de creación del BFH. - Grupo Familiar Postulante (GFP): Se constituye por el Jefe o Jefa de Familia, su cónyuge o conviviente legal- mente reconocido si lo hubiera, según lo dispone el CódigoCivil, sus hijos nacidos vivos menores de 18 años, incluidosaquellos que cumplen esa edad durante el año calendarioen que se postula, sus hijos mayores de 18 años discapaci-tados. Adicionalmente, y siempre y cuando dependan eco- nómicamente del jefe(a) o jefes de familia y vivan con él, ella o ellos, también son considerados como parte del GFP: (i) los hijos mayores de 18 años que se encuentren cur- sando estudios escolares o superiores; (ii) los hermanos menores de edad que no tengan a ninguno de sus padres vivos; (iii) los hermanos mayores de edad discapacitados que no tengan a ninguno de sus padres vivos; y, (iv) los padres – de cualquiera de los cónyuges- mayo- res de 65 años. - Hacinamiento: Un hogar está hacinado si cada uno de los cuartos con los que cuenta aloja, en promedio, amás de tres personas. A efectos del cálculo, no se consi-deran como cuartos a la cocina, el o los baños, los pasillosy el garaje. - Institución Financiera Intermediaria (IFI): Institución financiera que opera bajo la supervisión directa o indirecta de la Superintendencia de Banca y Seguros.