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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G36/G31/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 7 de noviembre de 2003 nando al Inspector Félix Alberto Alvarez Zevallos, para realizar chequeos técnicos en simulador de vuelo delequipo Boeing 727 al personal aeronáutico propuestopor la empresa Aero Continente S.A., en la ciudad deMiami, Estados Unidos de América, durante los días07 al 10 de noviembre de 2003; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el via- je del referido Inspector de la Dirección General de Aero-náutica Civil para que, en cumplimiento de las funcionesque le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, puedarealizar los chequeos técnicos en simulador de vuelo a quese contrae la Orden de Inspección Nº 1598-2003-MTC/ 12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, los Decretos de Urgencia Nº 017-2003 y Nº 019-2003 y elDecreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Félix Alberto Alvarez Zevallos, Inspector de la Dirección General de Ae-ronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunica-ciones, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América,durante los días 7 al 10 de noviembre de octubre de 2003, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, será con cargo al presupuesto del Mi-nisterio de Transportes y Comunicaciones, habiendo sidoíntegramente cubierto por la empresa Aero Continente S.A. a través de los Recibos de Acotación Nºs. 4700, 4997 y 4998, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 880.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artícu- lo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Ins-pector mencionado en el Artículo 1º de la presente Re-solución Ministerial, dentro de los quince (15) días ca- lendario siguientes de efectuado el viaje, deberá pre- sentar un informe al Despacho Ministerial y a la OficinaGeneral de Administración del Ministerio de Transpor-tes y Comunicaciones, describiendo las acciones rea-lizadas y los resultados obtenidos durante el viaje au-torizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestoso derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o de-nominación. Regístrese, comuníquese y publíquese EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 20480 /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G70/G65/G72/G6D/G69/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G53/G74/G61/G72 /G55/G70/G20/G53/G2E/G41/G2E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G2D /G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G61/GE9/G72/G65/G6F/G20/G6E/G6F/G20/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G20/G64/G65/G20/G70/G61/G73/G61/G6A/G65/G72/G6F/G73/G2C /G63/G61/G72/G67/G61/G20/G79/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G6F RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 240-2003-MTC/12 Lima, 24 de octubre de 2003 Vista la solicitud de STAR UP S.A. sobre Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional No Regular de pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO: Que, con Documento de Registro Nº 2003-014594 del 4 de julio del 2003 STAR UP S.A. requiere el otorgamientode un Permiso de Operación para prestar un Servicio deTransporte Aéreo Internacional No Regular de pasajeros, carga y correo;Que, según los términos del Memorándum Nº 0356- 2003-MTC/12.OAL, Memorándum Nº 0408-2003-MTC/12.AL y Memorándum Nº 0450-2003-MTC/12.AL, emitidospor la Asesoría Legal, Memorándum Nº 412-2003-MTC/12 emitido por la Asesora de Política Aérea; y Memorán-dum Nº 1613-2003-MTC/12.04 emitido por la Dirección de Seguridad Aérea; se considera pertinente atender lo soli- citado al haber cumplido la recurrente con lo establecidoen la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil, su Regla-mento; y, demás disposiciones legales vigentes; Que, STAR UP S.A. cuenta con el Certificado de Explo- tador de Servicios Aéreos Nº 08 y sus Especificaciones de Operación respectivas; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 12º numeral 12.1 literal a) de la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil, laDirección General de Aeronáutica Civil resuelve en primera ins-tancia respecto de las autorizaciones y procedimientos adminis-trativos a que se refiere la mencionada ley, así como los estable- cidos en la Ley de Aeronáutica Civil, por lo que el presente permi- so se otorga mediante Resolución Directoral; Que, en aplicación del Artículo 9º, literal g) de la Ley Nº 27261, "la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente paraotorgar, modificar, suspender o revocar los Permisos de Opera-ción y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimien- to mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradasy la presentación de documentos por parte del interesado,tomándolos por ciertos, verificando posteriormente la vali-dez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aero- náutica Civil; su Reglamento aprobado por Decreto SupremoNº 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; ycon la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a STAR UP S.A., de conformidad a los instrumentos internacionales vigentes y/o el principiode reciprocidad, Permiso de Operación por el plazo de cua-tro (4) años contado a partir del día siguiente a la publica- ción de la presente Resolución Directoral en el Diario Ofi- cial El Peruano, sujeto a las siguientes características: NATURALEZA DEL SERVICIO:- Aviación Comercial: Servicio de Transporte Aéreo No Regular de pasajeros, carga y correo. ÁMBITO DEL SERVICIO:- Internacional. ZONAS y/o PUNTOS DE OPERACIÓN: CON DERECHOS DE TRÁFICO DE TERCERA Y CUARTA LIBERTAD DEL AIRE: REGION SUDAMÉRICA: - PERÚ - COLOMBIA Y VV. - PERÚ - ECUADOR Y VV.- PERÚ - BRASIL Y VV- PERÚ - VENEZUELA Y VV.- PERÚ - CHILE Y VV. - PERÚ - ARGENTINA Y VV. MATERIAL AERONÁUTICO:- ANTONOV AN-24 - ANTONOV AN-26 BASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, Lima - Ca- llao. SUB-BASES DE OPERACIONES: - Aeropuerto de Iquitos , Loreto. - Aeropuerto de Pucallpa, Ucayali.