Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 2003 (15/11/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 15 de noviembre de 2003

Director Ejecutivo de los Servicios Basicos de Salud Lurin - MORDAZA - Pucusana, de la Direccion de Salud II MORDAZA Sur, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Dar por concluida la designacion del Doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Director Ejecutivo de los Servicios Basicos de Salud MORDAZA El MORDAZA, de la Direccion de Salud II MORDAZA Sur, dandoseles las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 3º.- Designar al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA PUCHURI, como Director Ejecutivo de la Red de Salud MORDAZA El MORDAZA - Lurin - MORDAZA - Pucusana de la Direccion de Salud II MORDAZA Sur, Nivel F-4. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA RIVADENEYRA Ministro de Salud 21275 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1173-2003-SA/DM MORDAZA, 14 de noviembre del 2003 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el puesto de Director Ejecutivo de Promocion de la Salud de la Direccion de Salud II MORDAZA Sur; Que, es necesario designar al funcionario que desempenara el cargo de Director Ejecutivo de Promocion de la Salud de la Direccion de Salud II MORDAZA Sur; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27594 y el Decreto Legislativo Nº 276; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Director Ejecutivo de Promocion de la Salud de la Direccion de Salud II MORDAZA Sur, Nivel F-4. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA RIVADENEYRA Ministro de Salud 21276 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1174-2003-SA/DM MORDAZA, 14 de noviembre del 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 335-2003SA/DM, se designo al doctor MORDAZA MORDAZA Villagomez como Director Ejecutivo de los Servicios Basicos de Salud Canete - Yauyos de la Direccion de Salud II MORDAZA Sur; Que, por razones del servicio se requiere dar por concluida la referida resolucion y designar al funcionario que se desempenara en el cargo de Director Ejecutivo de la Red de Salud Canete - Yauyos de la Direccion de Salud II MORDAZA Sur; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27594 y el Decreto Legislativo Nº 276; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluida la designacion del doctor MORDAZA MORDAZA VILLAGOMEZ como Director Ejecutivo de los Servicios Basicos de Salud Canete - Yauyos de la Direccion de Salud II MORDAZA Sur, dandole las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar a la doctora MORDAZA MORDAZA OBESO MORDAZA, como Directora Ejecutiva de la Red

de Salud Canete - Yauyos de la Direccion de Salud II MORDAZA Sur, Nivel F-4. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA RIVADENEYRA Ministro de Salud 21277

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil a EE.UU., en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 945-2003-MTC/02 MORDAZA, 10 de noviembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios publicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorizacion de viaje se otorgara por Resolucion Ministerial del respectivo Sector, la que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepcion de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, a fin de cumplir con los estandares internacionales aeronauticos establecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviacion Civil y poder mantener la calificacion de Categoria - I otorgada al Peru por la Organizacion de Aviacion Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a traves de la ejecucion de inspecciones tecnicas a los explotadores aereos en el MORDAZA, basado en las disposiciones establecidas en el citado convenio y en los estandares de la Organizacion de Aviacion Civil Internacional; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su articulo 14º establece que los Inspectores debidamente identificados a que refiere la Ley son competentes, segun su especialidad, para verificar las capacidades exigidas a los titulares de las autorizaciones para realizar actividades de aeronautica civil; Que, el cumplimiento de los procedimientos aprobados para el desarrollo de las operaciones aereas dentro de los estandares de seguridad internacionales por parte de los tripulantes tecnicos, se evalua, entre otras formas, a traves de chequeos en simuladores de vuelo, servicio que es brindado por empresas ubicadas en el extranjero; Que, con Carta DA-067-03, del 7 de octubre de 2003, en el MORDAZA del Procedimiento Nº 5 de la seccion correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil (Evaluacion de Personal), establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0082002-MTC, la empresa Servicios Aereos AQP S.A. solicita a la Direccion General de Aeronautica Civil, efectuar un chequeo tecnico en simulador de vuelo del equipo MORDAZA MORDAZA III (PA-42), en el centro de entrenamiento de Flight Safety International en la MORDAZA de Lakeland, MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, a su tripulante MORDAZA Von Wedemeyer Knige, el 21 de noviembre de 2003; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotacion Nºs. 5059 y 5060, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al procedimiento a que se refiere el considerando anterior; Que, el referido pago esta destinado a cubrir los costos del respectivo viaje de inspeccion, el cual es integramente

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