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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G35/G32/G32/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 15 de noviembre de 2003 Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no otor- ga derecho a exoneración o liberación de impuestos o de- rechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 21208 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 947-2003-MTC/02 Lima, 10 de noviembre de 2003CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de via- jes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadaspor Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorización deviaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepción de lasautorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejer-cida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares internacionales aeronáuticos es- tablecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviación Civil ypoder mantener la calificación de Categoría - I otorgada al Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridadoperacional a través de la ejecución de inspecciones técni- cas a los explotadores aéreos en el país, basado en las disposiciones establecidas en el citado convenio y en losestándares de la Organización de Aviación Civil Internacional; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, apro- bado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su artí-culo 14º establece que los Inspectores debidamente iden- tificados a que refiere la Ley son competentes, según su especialidad, para verificar las capacidades exigidas a lostitulares de las autorizaciones para realizar actividades de aeronáutica civil; Que, el cumplimiento de los procedimientos aprobados para el desarrollo de las operaciones aéreas dentro de los estándares de seguridad internacionales por parte de los tripulantes técnicos, se evalúa, entre otras formas, a tra-vés de chequeos en simuladores de vuelo, servicio que es brindado por empresas ubicadas en el extranjero; Que, con Carta DA-069-03, del 7 de octubre de 2003, en el marco del Procedimiento Nº 5 de la sección corres- pondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Eva- luación de Personal), establecido en el Texto Único deProcedimientos Administrativos del Ministerio de Transpor- tes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, la empresa Servicios Aéreos AQP S.A.solicita a la Dirección General de Aeronáutica Civil, efec- tuar un chequeo técnico en simulador de vuelo del equipo Piper Cheyenne III (PA-42), en el centro de entrenamientode Flight Safety International en la ciudad de Lakeland, Flo- rida, Estados Unidos de América, a su tripulante Carlos Cateriano, el 26 de noviembre de 2003; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acota- ción Nºs. 5057 y 5058, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Proce-dimiento a que se refiere el considerando anterior; Que, el referido pago está destinado a cubrir los costos del respectivo viaje de inspección, el cual es íntegramentefinanciado por la empresa operadora, incluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto, de lo que se concluye que dicho viaje no afecta el erario delEstado; Que, no obstante ello, formalmente, se considera que dicho viaje se realiza con cargo al Presupuesto del Minis-terio de Transportes y Comunicaciones, por cuanto el pago de los respectivos gastos se efectúa a la Dirección de Te- sorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Ins- pección Nº 1616-2003-MTC/12.04-SDO designando al Ins- pector Armando Antonio Velarde Torres, para realizar unchequeo técnico en simulador de vuelo del equipo Piper Cheyenne III al personal aeronáutico propuesto por la em- presa Servicios Aéreos AQP S.A., en la ciudad de Lake-land, Florida, Estados Unidos de América, durante los días 25 al 27 de noviembre de 2003; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el via- je del referido Inspector de la Dirección General de Aero- náutica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, puedarealizar el chequeo técnico en simulador de vuelo a que se contrae la Orden de Inspección Nº 1616-2003-MTC/12.04- SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, los Decretos de Urgencia Nº 017-2003 y Nº 019-2003 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Armando An- tonio Velarde Torres, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comuni-caciones, a la ciudad de Lakeland, Florida, Estados Uni- dos de América, durante los días 25 al 27 de noviembre de 2003, para los fines a que se contrae la parte considerativade la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, será con cargo al presupuesto del Mi-nisterio de Transportes y Comunicaciones, habiendo sido íntegramente cubierto por la empresa Servicios Aéreos AQP S.A. a través de los Recibos de Acotación Nºs. 5057y 5058, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 660.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el Artículo 1º de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario si-guientes de efectuado el viaje, deberá presentar un infor- me al Despacho Ministerial y a la Oficina General de Admi- nistración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones,describiendo las acciones realizadas y los resultados ob- tenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o dere- chos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 21207 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G79/G20/G72/G65/G71/G75/G69/G73/G69/G74/G6F/G73 /G70/G61/G72/G61/G20/G61/G63/G63/G65/G64/G65/G72/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G54/G61/G72/G69/G66/G61/G20/G63/G6F/G6E/G20/G44/G65/G73/G63/G75/G65/G6E/G74/G6F/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G65/G61/G6A/G65/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G64/G20/G56/G69/G61/G6C/G20/G4E/G61/G2D/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G64/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G50/G52/G4F/G56/GCD/G41/G53/G20/G4E/G41/G2D /G43/G49/G4F/G4E/G41/G4C RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 583-2003-MTC/20 Lima, 31 de Octubre de 2003CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 033-2002-MTC, del 12 de julio de 2002, se creó el Proyecto Especial de Infraes- tructura de Transporte Nacional - PROVÍAS NACIONAL,encargado de la actividades de preparación, gestión, ad- ministración y ejecución de proyectos de infraestructura de transporte relacionada a la Red Vial Nacional, así como dela planificación, gestión y control de las actividades y re- cursos económicos que se emplean para el mantenimien- to y seguridad de las carreteras y puentes de la Red VialNacional;