Norma Legal Oficial del día 15 de octubre del año 2003 (15/10/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, miercoles 15 de octubre de 2003

NORMAS LEGALES

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ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONSEJO NACIONAL DE DESCENTRALIZACION
Declaran en situacion de urgencia la contratacion de servicios de terceros para instalacion de una Linea Pri en el Consejo Nacional de Descentralizacion
RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 123-CND-P-2003 San MORDAZA, 4 de octubre de 2003 VISTO: El Informe Tecnico Nº 007-2003-CND-LOG de la Unidad de Logistica y el Informe Legal Nº 041-2003-CND-GL de la Gerencia Legal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 087-2003CND, de fecha 14 de MORDAZA de 2003, se aprueba la realizacion de la Adjudicacion Directa Publica Nº 0004-2003-CND "Contratacion de Servicios de Terceros para la Instalacion de una Linea Pri para el CND"; Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 117-CNDP-2003, de fecha 2 de setiembre de 2003 se aprobo las Bases del presente servicio, en las que se indicaba que el 25 de setiembre del presente ano, se llevaba a cabo la MORDAZA de propuestas, sin embargo en dicho acto solo se presento un postor, en consecuencia se procedio a declarar desierto el citado MORDAZA de seleccion en virtud a lo dispuesto en el articulo 32º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el informe tecnico senala que se encuentra en tramite la realizacion de la MORDAZA Convocatoria de la Adjudicacion Directa Publica Nº 0004-2003-CND y mientras culmine el MORDAZA, la institucion podria quedarse sin el servicio de linea pri, considerando ademas que la cobertura contractual existente no puede ser ampliada y que el servicio telefonico compromete en forma directa el normal desarrollo institucional; Que, ademas el citado informe expone la necesidad de exonerar la Contratacion de Servicios de Terceros para la Instalacion de una Linea Pri en el Consejo Nacional de Descentralizacion, a fin de cubrir la inminente ausencia extraordinaria e imprevisible de dicho servicio, ya que este constituye una herramienta de comunicacion e intercambio a nivel nacional y que coadyuva a llevar adelante la conduccion y ejecucion del MORDAZA de descentralizacion; Que, el inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, establece que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen, en situacion de emergencia o urgencia declaradas de conformidad con la presente Ley; Que, el articulo 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo, facultando dicha situacion a la adquisicion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, el numeral 2) del articulo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, senala que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir, contratar lo indispensable para garantizar la urgencia, sin perjuicio que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones;

Que, de acuerdo a lo indicado en el Informe Tecnico Nº 007-2003-CND-LOG e Informe Legal Nº 041-2003-CND-GL, se ha configurado la causal de exoneracion establecida en el literal c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, que permite exonerar la contratacion de Servicios requeridos del MORDAZA de seleccion que le corresponde en funcion a su cuantia; De conformidad con lo establecido en el inciso c) del articulo 19º y el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y el inciso 2) del articulo 108º de la de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en situacion de urgencia la Contratacion de Servicios de Terceros para la Instalacion de una Linea Pri en el Consejo Nacional de Descentralizacion. Articulo 2º.- Aprobar por situacion de urgencia la exoneracion de Adjudicacion Directa Selectiva para la "Contratacion de Servicios de Terceros para la Instalacion de una Linea Pri en el CND". Articulo 3º.- El valor referencial a contratar sera de S/. 40,000.00 (Cuarenta mil y 00/100 Nuevos Soles) por el plazo de 2 meses o hasta que se de inicio a la ejecucion del servicio requerido como resultado del MORDAZA de seleccion definitivo que se lleve a cabo, lo que ocurra primero. Articulo 4º.- La fuente de financiamiento de realizara con cargo a los recursos ordinarios del Consejo Nacional de Descentralizacion y la contratacion estara a cargo de la Gerencia de Administracion y Finanzas. Articulo 5º.- Designar al Comite Especial que se encargara de conducir el presente MORDAZA de seleccion, el mismo que estara conformado por los siguientes miembros: Sr. MORDAZA SANTILLANA MORDAZA, Responsable de la Gerencia de Sistemas de Informacion quien lo preside (Especialista). Sr. MORDAZA ACASIETE MORDAZA, de la Unidad de Logistica, miembro Titular, quien reemplazara al presidente en caso fortuito o fuerza mayor. Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de la Gerencia Legal, miembro Titular. Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de la Gerencia de Sistemas de Informacion, miembro Suplente (Especialista). Sr. MORDAZA OYARCE POSTIJO, Responsable de la Gerencia de Recursos Humanos, miembro Suplente. Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Responsable de la Unidad de Contabilidad, miembro Suplente. Articulo 6º.- Encargar a la Gerencia de Administracion y Finanzas a efectos que dentro de los 10 dias calendario siguientes, contados a partir de la fecha de la presente Resolucion, cumpla con remitir MORDAZA de la misma asi como los informes Tecnicos y Legal sustentatorios a la Contraloria General de la Republica y proceda a la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los 10 dias habiles siguientes a la fecha de su emision. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 18806

CONSUCODE
Declaran no ha lugar aplicacion de sancion a firma JR ASESORES FINANCIEROS S.R.L.
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 817/2003.TC-S2 Sumilla : No corresponde sancionar al contratista por no haber cumplido la Entidad con el debido procedimiento para resolver el contrato.

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