Norma Legal Oficial del día 15 de octubre del año 2003 (15/10/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 15 de octubre de 2003

Que la Oficina de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion, mediante Memorandum Nº 215-03-PLPR, opina favorablemente por la adquisicion del MORDAZA Monocromador, por existir disponibilidad presupuestal para adquirir dicho bien; Que el Articulo 8º del Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que el PAAC puede modificarse de acuerdo a la asignacion presupuestal, que en el presente caso es menor al previsto, lo que debe ponerse en conocimiento de CONSUCODE y PROMPYME; De conformidad con el articulo 9º inciso i) del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Resolucion Suprema Nº 054-91-EM/VME; Con el visto del Director Ejecutivo, de la Directora General de Asesoria Juridica y del Director General de Administracion; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la modificacion al Plan Anual de Adquisiciones, PAAC-2003, incluyendo la adquisicion de un MORDAZA Monocromador, mediante Adjudicacion Directa Selectiva, por el valor referencial de setenta y cuatro mil novecientos y 00/100 nuevos soles (S/. 74,900.00). Articulo Segundo.- Remitir a CONSUCODE y a PROMPYME, en un plazo no mayor a diez (10) dias, contados a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion. Articulo Tercero.- Poner a disposicion de los interesados la modificacion al PAAC en la Unidad de Abastecimiento y en la pagina Web del IPEN. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 18847

nostico y en emergencias radiologicas es el Fantoma Antropomorfo Alderson; Que, el Fantomas Antropomorfo Alderson, posee para terapia (ART)-Hombre (compuesto de MORDAZA, cuello, tronco y pelvis) de 35 secciones (o cortes), con un espaciamiento entre los agujeros de 1.5 cm. x 1.5 cm, con agujeros de 6 mm de diametro, por lo que, a fin de contar con un equipo que revista de garantia y seguridad en el control de las dosis de radiacion recibidas, se recomienda la adquisicion del referido Fantoma, situacion que se encuentra prevista en el articulo 19º inciso f. del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM para el caso que los bienes no admitan sustitutos, lo que esta en MORDAZA con lo previsto en el articulo 106º inciso c. del Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, al establecer que la exoneracion procede cuando la adquisicion resulte tecnicamente idonea y viable, por lo que existiendo el sustento tecnico y considerando ademas que en aspectos de seguridad radiologica debe extremarse las medidas mas convenientes; Que, estando a lo dispuesto por el articulo 20º del TUO de la Ley y articulo 115º de su Reglamento, la Resolucion debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles de su emision; De conformidad con el articulo 9º inciso i) del Reglamento de organizacion y Funciones aprobado por Resolucion Suprema Nº 054-91-EM/VME; Con el visto del Director Ejecutivo, de la Directora General de Asesoria Juridica y del Director General de Administracion; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Exonerar del MORDAZA de Seleccion, por tratarse de un bien que no admite sustituto, la adquisicion de un Fantoma Antropomorfo Alderson, de acuerdo a las caracteristicas tecnicas recomendadas, sustentada con el Informe Tecnico que forma parte de la presente Resolucion, por el monto de SESENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y 00/100 nuevos soles (S/.67.340.00) con cargo a la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios que se efectuara mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo Segundo.- La Oficina General de Administracion a traves de la Unidad de Abastecimiento se encargara de realizar las acciones necesarias para la adquisicion del bien. Articulo Tercero.- La Oficina General de Administracion remitira MORDAZA de la presente Resolucion al CONSUCODE y a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez dias de expedida la Resolucion, debiendo igualmente hacerse de conocimiento publico. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 18848

Exoneran de procesos de seleccion la adquisicion de diversos bienes para el IPEN
INSTITUTO PERUANO DE ENERGIA NUCLEAR RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 143-03-IPEN/PRES MORDAZA, 30 de setiembre de 2003 VISTO: El Proveido Nº 4196-03-ADMI, de fecha 25 de setiembre, del Director General de Administracion, mediante el cual solicita Exoneracion de MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva, para un Fantomas Cuerpo Entero. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Presidencia Nº 134-03IPEN/PRES, de fecha 16 de setiembre de 2003, se aprueba la inclusion en el PAAC Institucional 2003, la adquisicion de un Fantomas Cuerpo Entero por el monto de sesenta y siete mil trescientos cuarenta y 00/100 nuevos soles (S/ .67.340.00) con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, monto que determina su modalidad de adquisicion mediante Adjudicacion Directa Selectiva; Que, mediante Memorandum Nº 60-03-RADO de fecha 11 de MORDAZA de 2003, el Jefe del Departamento de Radioproteccion y Dosimetria, presenta el sustento Tecnico, manifestando que, con fines de proteccion radiologica, el Laboratorio de Patrones Secundarios tiene a su cargo la tecnica de la reconstruccion de la exposicion para realizar las estimaciones de las dosis recibidas a traves de un Fantoma Antropomorfo que posee los organos y tejidos, con la finalidad de poder ubicar en su interior dosimetros termoluminiscentes, siendo necesario que este Fantoma tenga tejido blando comparable al tejido biologico en densidad y atenuacion del hueso y medula osea y en cuanto a pulmones debe estar constituido de material equivalente al tejido pulmonar, con una densidad de 0.30g/cm3, siendo que el unico Fantoma que satisface estos requerimientos tecnicos y que se utiliza como estandar a nivel mundial, para las estimaciones de dosis en radioterapia, en radiodiag-

INSTITUTO PERUANO DE ENERGIA NUCLEAR RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 144-03-IPEN/PRES MORDAZA, 30 de setiembre de 2003 Visto: El Proveido Nº 4366-03-ADMI del Director General de Administracion, mediante el cual solicita exoneracion del MORDAZA de seleccion, la adquisicion del Monocromador. CONSIDERANDO: Que, mediante Memorandum Nº 221-03-ABAS, el jefe de la Unidad de Abastecimiento, manifiesta que de acuerdo al Informe Tecnico del area que solicita la adquisicion del Monocromador, este MORDAZA de bien no se fabrica en forma comercial, se hacen a pedido, por lo que se solicito cotizacion de CILAS de MORDAZA al Instituto von Laue y Langevin (ILL) de Grenoble, MORDAZA, sin que se hayan interesado por lo solicitado; Que, el Monocromador tiene caracteristicas fisicas como alta reflectividad para neutrones y baja dispersion

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