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PÆg. 253139 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 15 de octubre de 2003 Donde: PEMP0 = Precio de la Energía a Nivel Generación en Horas de Punta para las Subestacio-nes Base publicadas en la presente Re- solución, en céntimos de S/./kW.h. PEMF0 = Precio de la Energía a Nivel Generación en Horas Fuera de Punta para las Sub- estaciones Base publicadas en la presen- te Resolución, en céntimos de S/./kW.h. PEMP1 = Precio de la Energía a Nivel Generación en Horas de Punta para las Subestaciones Base, actualizado, en céntimos de S/./kW.h. PEMF1 = Precio de la Energía a Nivel Generación en Horas Fuera de Punta para las Sub- estaciones Base, actualizado, en cénti-mos de S/./kW.h. FAPEM = Factor de Actualización del Precio de la Energía a Nivel Generación en las Sub-estaciones Base del Sistema. FD2 = Factor por variación del precio del petró- leo Diesel Nº 2. FR6 = Factor por variación del precio del petró- leo Residual Nº 6. FPGN = Factor por variación del precio del Gas Natural. FCB = Factor por variación del precio del Car- bón Bituminoso. PD2 = Precio Neto del Petróleo Diesel Nº 2 sin incluir impuestos aplicables a los combus- tibles, en el punto de venta de referencia,al último día del mes anterior, en S/./Gln. PD2o = Precio inicial del Petróleo Diesel Nº 2 en el punto de venta de referencia, en S/./Gln, según el cuadro siguiente. PR6 = Precio Neto del petróleo Residual Nº 6 sin incluir impuestos aplicables a los combus-tibles, en el punto de venta de referencia, al último día del mes anterior, en S/./Gln. Para el caso del Sistema Aislado Típico Ese empleará el precio de venta de Petró- leos del Perú S.A. a Electro Oriente S.A. PR6o = Precio inicial del Petróleo Residual Nº 6 en el punto de venta de referencia, en S/./ Gln, según el cuadro siguiente. Cuadro Nº 4 Sistema Punto de Venta Precio Inicial (S/./Gln.) Eléctrico de Referencia (1) Diesel Nº 2 Residual Nº 6 PD2o PR6o SEIN Lima (2) 3,50 2,43 Aislado A y F Lima (2) 3,50 —- Aislado E Iquitos (3) —- 2,30 Aislado G Iquitos —- 3,11 Aislado I Pucallpa 4,30 —- Notas: (1)Plantas de venta de combustibles de Petróleos del Perú S.A. (2) Planta de venta Callao de Petróleos del Perú S.A. (3) Precio de venta de Petróleos del Perú S.A. a Elec- tro Oriente S.A. PGN = Precio Máximo de referencia del Gas Natural, expresado en Nuevos Soles/ MMBtu utilizando el TC; el cual se esta-blecerá de acuerdo a lo señalado en la Resolución Directoral Nº 007-2001-EM/ DGE del 09.04.01. PGNo = Precio inicial del Gas Natural igual a 6,081 S/./MMBtu. FOBCB = Precio Referencial FOB promedio anual del Carbón Bituminoso determinado como la media aritmética de las tres fuentes de suministro (marcadores) que se indicanen el Cuadro Nº 5: Cuadro Nº 5 Marcador País Puerto PCS kcal/kg 1 INDONESIA Kalimantan 6 300 2 AUSTRALIA 1 Gladstone 6 500 3 AUSTRALIA 2 Newcastle 6 300El promedio anual se calcula con las se- manas correspondientes a los doce últi- mos meses, contados a partir del último mes con información disponible comple-ta (el precio del mes es el promedio de las medias de los rangos publicados para las semanas que correspondan), toma-dos de la publicación semanal "Interna- tional Coal Report" publicada por "The McGraw-Hill Companies"; tabla "ICRSteam Coal Assessments", columna "Cu- rrent Price". FOBCBo = Valor del FOBCB utilizado en los cálcu- los tarifarios. El Valor inicial es igual a 24,69 US$/Ton, calculado con informacióndel "International Coal Report" del perío- do setiembre 2002-agosto 2003. Los factores FTC y FPM son los definidos en el nu- meral 1.1 2 APLICACIÓN DE LAS FÓRMULAS DE ACTUALI- ZACIÓN Las Fórmulas de Actualización, se aplicarán en las condiciones establecidas en la Ley de Concesiones Eléc- tricas y su Reglamento, y cuando alguno de los factoresde actualización (FAPPM, FAPEM, FACBPST, FACBPSL, FAPCSPT, FACBPSE, FACPSEE) en cualquiera de los Sistemas Eléctricos se incremente o disminuya en másde 5% respecto a los valores de los mismos factores empleados en la última actualización. Los Precios en Barra de la Energía en las Subesta- ciones Base del Sistema se obtendrán con las fórmulas (1) y (2), del Artículo 1º, luego de actualizar el Cargo de Peaje Secundario por Transmisión Equivalente en Ener-gía (CPSEE) y los Precios de la Energía a Nivel Genera- ción (PEMP y PEMF). Los Precios en Barra de la Potencia de Punta en las Subestaciones Base del sistema se obtendrán con la fór- mula (3), del Artículo 1º, luego de actualizar el Precio de la Potencia de Punta a Nivel Generación (PPM) y el Car-go de Peaje por Conexión Unitario al Sistema Principal de Transmisión (PCSPT). Los indicadores a emplear en las Fórmulas de Actua- lización serán los disponibles al segundo día de cada mes. El FPGN y el FOBCB serán determinados por el OSI- NERG con la información disponible al último día útil delmes anterior, momento desde el cual podrá ser recabado por los interesados. Los factores de actualización tarifaria serán redondea- dos a cuatro dígitos decimales. Los valores actualizados de precios deberán ser re- dondeados a dos decimales antes de su utilización. Artículo 3º.- Los precios máximos a partir de los cua- les se determinarán los nuevos pliegos aplicables a las empresas distribuidoras, serán calculados empleando lasfórmulas tarifarias del Artículo 1º de la presente Resolu- ción. En el caso de producirse reajustes en los precios máxi- mos, éstos entrarán en vigencia el cuarto día de cada mes. Artículo 4º.- Las empresas generadoras están obli- gadas a comunicar por escrito a las empresas distribui- doras y al OSINERG, previos a su aplicación, sus plie- gos tarifarios debidamente suscritos por sus represen-tantes legales, bajo responsabilidad. Artículo 5º.- Las fórmulas de actualización tarifaria, se- ñaladas en el Artículo 2º de la presente Resolución, sonaplicables a partir del 1º de noviembre del presente año. Artículo 6º.- Para las empresas distribuidoras, los ex- cesos de energía reactiva serán facturados con los si-guientes cargos: 1. Cargo por el exceso de energía reactiva inductiva igual a: Cuadro Nº 6 Bloque Ctm. S/./kVARh Primero 1,393 Segundo 2,646 Tercero 3,902