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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE OCTUBRE DEL AÑO 2003 (22/10/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 13

PÆg. 253571 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 22 de octubre de 2003 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida, la designación de la señora ADA ERUNDIA CANCHIS FABIÁN como Presidenta del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Casma, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar, al señor DENIS EDWAR PARE- DES OBESO como Presidente del Directorio de la Socie-dad de Beneficencia Pública de Casma. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA ELENA TOWNSEND Ministra de la Mujer yDesarrollo Social 19167 PRODUCE Aprueban Convenio Marco de Coopera- ción Interinstitucional a suscribirse con el Gobierno Regional de Puno RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 396-2003-PRODUCE Lima, 18 de octubre del 2003 CONSIDERANDO:Que, el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pes- ca, norma la actividad pesquera con la finalidad de promover su desarrollo sostenido como fuente de ali-mentación, empleo e ingresos y de asegurar un apro-vechamiento responsable de los recursos hidrobiológi-cos, optimizando los beneficios económicos, en armo-nía con la preservación del medio ambiente y la con- servación de la biodiversidad; Que, asimismo, el Artículo 64º del Decreto Ley Nº 25977, establece que el Ministerio de la Producción norma lasacciones propias de la actividad pesquera y coordina conotros Ministerios y demás organismos competentes, lasacciones que le correspondan; Que, es política del sector producción contribuir con la seguridad alimentaria a través del consumo de productoshidrobiológicos para mejorar la calidad de vida de la pobla-ción, mejorar la productividad de las empresas, promoverla inversión productiva descentralizada, y el desarrollo des-centralizado de la acuicultura como fuente de alimentación, empleo e ingreso para el país; Que, considerando la afinidad de los objetivos institu- cionales del Ministerio de la Producción y el Gobierno Re-gional de Puno de contribuir al crecimiento económico ysocial de las poblaciones alto andinas del país, a través dediversos programas de desarrollo, es necesario consolidar esfuerzos dentro del ámbito de actividades que realiza cada uno de estos organismos, mediante la suscripción de unConvenio Marco de Cooperación Interinstitucional; Estando a lo informado por la Dirección Nacional de Acuicultura y con la visación de las Oficinas Generales deAsesoría Jurídica y de Desarrollo y Planeamiento Estraté- gico; y, Con la opinión favorable del Viceministro de Pesquería;De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27789, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Pro-ducción, Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca,Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria; y en uso de las atribuciones conferidas por el literal i), m) y p) del Artículo 11º del Reglamento deOrganización y Funciones del Ministerio de la Producción,aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2002-PRO-DUCE y modificatoria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Convenio Marco de Coope- ración Interinstitucional entre el Ministerio de la Produc-ción y el Gobierno Regional de Puno, a fin de desarrollaractividades de interés común para impulsar el desarrollo acuícola y pesquero sostenible, en armonía con la preser- vación del medio ambiente y la conservación de la biodi-versidad en el departamento de Puno, el mismo que formaparte integrante de la presente Resolución.Artículo 2º.- Autorizar al Viceministerio de Pesquería, para que en representación del Ministerio de la Produc-ción, suscriba el Convenio Marco de Cooperación Interins-titucional a que se refiere el artículo precedente. Artículo 3º.- La Oficina General de Desarrollo y Pla- neamiento Estratégico en coordinación con las demás de-pendencias de la Sede Central y el Órgano Regional delSector Producción en el ámbito del Gobierno Regional dePuno, dentro de su competencia, quedan facultadas a adop-tar las acciones para asegurar el cumplimiento del objetivo del Convenio Marco que se aprueba en el Artículo 1º de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de la Producción 19258 Modifican artículo 4” de la R.M. N” 339- 2003-PRODUCE que modificó el artí-culo 1” de la R.M. N” 161-2003-PRO-DUCE, referido al RØgimen Provisionalpara extraer el recurso bereche conbarbo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 398-2003-PRODUCE Lima, 21 de octubre del 2003 CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución Ministerial Nº 161-2003- PRODUCE del 9 de mayo del 2003, se estableció un Régi-men Provisional para la extracción del recurso bereche conbarbo en el área marítima comprendida desde el extremonorte del dominio marítimo del Perú y el paralelo 04° 30' Latitud Sur, a partir del 19 de mayo hasta el 31 de diciem- bre del 2003, en el marco del cual se autorizó la participa-ción de los armadores de embarcaciones arrastreras demayor escala con permiso de pesca vigente para la extrac-ción del recurso merluza; medida que tuvo por objetivoorientar a dicha flota paralizada hacia la extracción de otro recurso cuya disponibilidad lo hacía factible, para efectos de reducir el problema social y económico generado por laveda de la merluza dispuesta por las Resoluciones Minis-teriales Nºs. 047 y 055-2002-PRODUCE, ratificada por elDecreto Supremo Nº 016-2003-PRODUCE; Que por Resolución Ministerial Nº 339-2003-PRODU- CE del 18 de setiembre del 2003, se autorizó en el marco del Régimen Provisional establecido por la Resolución Mi-nisterial Nº 161-2003-PRODUCE la extracción de 5,000toneladas métricas del recurso merluza a partir del 1 deoctubre hasta 31 de diciembre del 2003; medida de carác-ter extraordinaria que se implementó ante la crisis insoste- nible del pueblo de Paita, en virtud que su fuente de ingre- sos se ha reducido por la paralización de la pesca de lamerluza, a pesar del esfuerzo desplegado por la adminis-tración para reorientar a dicha población hacia el aprove-chamiento de otros recursos hidrobiológicos; Que en el artículo 4º de la Resolución Ministerial Nº 339-2003-PRODUCE, se amplió el área de pesca del régi- men establecido por la Resolución Ministerial Nº 161-2003-PRODUCE hasta el paralelo 05° 30' Latitud Sur, ademásde fijarse dentro de ella dos (2) zonas de pesca para laoperatividad de la flota arrastrera según el tipo de embar-cación; Que por la Resolución Directoral Nº 324-2003-PRODU- CE/DNEPP del 30 de setiembre del 2003, se publicó larelación de cuotas individuales de pesca o límites máxi-mos de captura del recurso merluza por cada armador oempresa pesquera en calidad de no transferible, salvo queuna embarcación haya sido transferida y objeto de un cam- bio de titular debidamente aprobado por la administración, según lo establece el artículo 3º de la mencionada resolu-ción; Que el Instituto del Mar del Perú - IMARPE mediante el Oficio Nº PCD-100-492-2003-PRODUCE/IMP del 13 deoctubre del 2003, informa que entre el 1 al 9 de octubre del 2003 se ha registrado un desembarque total de merluza de 557.6 toneladas métricas y 5.8 toneladas métricas de be-