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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE OCTUBRE DEL AÑO 2003 (24/10/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 50

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G33/G37/G33/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 24 de octubre de 2003 b) Presentar un recurso escrito al Presidente del Comi- té Electoral. c) Depositar en la Jefatura de Promoción Social la suma de S/.100.00, los cuales serán devueltos si la tacha es fun-dada. d) Adjuntar en el recurso copia fotostática de su D.N.I. y las pruebas sustentatorias de la impugnación. Artículo 13º.- La resolución del Comité Electoral es inapelable. CAPÍTULO IV: DE LA IDENTIFICACIÓN Y CREDENCIAL DE LOS CANDIDATOS Artículo 14º.- Los candidatos declarados aptos se iden- tificarán durante el proceso con su credencial que les seráentregada por el Comité Electoral, luego de que se hayainscrito debidamente y publicado sus nombres en lugaresvisibles de los locales Municipales. TÍTULO III DE LA CAMPAÑA ELECTORAL Artículo 15º.- Los candidatos podrán utilizar los me- dios publicitarios que crean convenientes, a fin de difundirsu candidatura. Artículo 16º.- La campaña se realizará de manera altura- da y con respeto a la propiedad pública y privada y con suje-ción a la ley, hasta las 24 horas antes del proceso electoral;siendo terminantemente prohibida la propaganda durante elproceso electoral. En caso de incumplimiento se procederáal retiro de la propaganda a través de la Fuerza Pública y deser necesario se recurrirá a lo establecido por la Ley. TÍTULO IV DEL ACTO ELECTORAL CAPÍTULO I: DE LOS MIEMBROS DE MESA Artículo 17º.- Los miembros de mesa serán designa- dos por el Comité Electoral entre funcionarios y servidoresde la Municipalidad. Artículo 18º.- El Alcalde, los Regidores miembros de la Comisión de Servicios a la Ciudad y Participación Veci-nal, los funcionarios y trabajadores de la Jefatura de Pro-moción Social, no podrán ser miembros de mesa. CAPÍTULO II: DE LA INSTALACIÓN DE LAS MESAS DE SUFRAGIO Artículo 19º .- El Proceso Electoral se iniciará a las 08.00 horas, del día señalado para su celebración. Artículo 20º.- Las mesas de sufragio que no se insta- len hasta las 11.00 horas del día señalado para la votaciónno serán instaladas posteriormente. Artículo 21º.- La mesa estará conformada por dos (2) miembros, uno de los cuales la presidirá, el otro actuarácomo secretario. Antes de la hora señalada para la vota-ción recepcionarán y verificarán el material electoral pro-porcionado por el Comité Electoral. CAPÍTULO III: DE LA VOTACIÓN Artículo 22º.- Instalada la mesa se iniciará la votación. Artículo 23º.- Participan como electores los vecinos con mayoría de edad y que residan en la zona en la cual sesufraga. Los vecinos se presentarán ante el Presidente deMesa portando su D.N.I El Presidente de Mesa verificaráque el domicilio del votante coincida con la zona de resi-dencia; de ser el caso, el elector deberá adjuntar cualquie-ra de los documentos establecidos en el inciso a del Artí-culo 8º del presente reglamento, para acreditar su lugar dedomicilio; luego de lo cual se entregará la Cédula de vota-ción debidamente firmada por el Presidente de Mesa y lospersoneros que deseen, así como el bolígrafo respectivo ylo invitará a pasar a la Cámara Secreta; en la Cédula escri-birá el número del candidato de su preferencia. El tiempopara la votación de cada sufragante en la Cámara Secretaes de un (1) minuto. El recibo del titular da derecho a acre-ditar el domicilio del padre, hijo, abuelo y hermanos. Luegode emitir su voto lo depositará en el ánfora y acto seguidofirmará el padrón respectivo de votantes. Artículo 24º.- El Padrón Electoral se autogenerará co- piando el nombre del vecino, el número del D.N.I. y la di-rección respectiva.Artículo 25º .- La votación culminará indefectiblemente a las 15.00 horas. CAPÍTULO IV: DEL ESCRUTINIO Artículo 26º.- Culminada la votación se procederá a contar el total de votantes del padrón autogenerado. En casocircunstancial, de exceso de votos se verificará si todos estánfirmados y luego se procederá a anularlos al azar, en casode faltar votos, el número de votos faltantes debe constar enel Acta. A continuación se efectuará el escrutinio. Luego seprocederá a contar los votos cuyo total deberá coincidir conel Padrón Autogenerado. La cuenta final de los votos seráanotada por el Secretario en el Acta respectiva. Artículo 27º.- Los personeros de los candidatos vela- rán por la corrección del acto electoral. Artículo 28º.- Los personeros de los candidatos po- drán impugnar los votos que crean convenientes, dicha im-pugnación será resuelta por los miembros de mesa. Encaso que el personero no se encuentre de acuerdo con ladecisión de la mesa, puede apelar la misma. El voto apela-do no se romperá y será enviado a los miembros del Comi-té Electoral conjuntamente con el Acta, la apelación seráresuelta por este Comité. Dicho fallo es inapelable. CAPÍTULO V: DEL ACTA ELECTORAL Artículo 29º.- El Acta Electoral será confeccionada por el Secretario de la mesa donde se establecerá el resultadode la votación y será firmada por los miembros de mesa ylos personeros que lo deseen, los que podrán solicitar co-pia de la misma, firmada por el Presidente. Artículo 30º.- Al Acta Original será remitida por el Pre- sidente de la Mesa al Comité Electoral para los fines delcaso. Quedará en poder del Presidente de Mesa copia delacta debidamente recepcionada para su confrontación encaso de ser requerida por alguna circunstancia. CAPÍTULO VI: DE LOS PERSONEROS Artículo 31º.- El personero será acreditado por el can- didato, en formato especial expedido por la Jefatura de Pro-moción Social, acompañando copia del Documento Nacio-nal de Identidad, del personero propuesto. Artículo 32º.- Para ser personero se requiere: a) No ser candidato a Presidente de Junta Vecinal. b) Ser vecino del distrito de Lince, lo que se acreditará con la copia de su D.N.I. c) Haber votado en las últimas elecciones generales. TÍTULO V DE LOS RECURSOS DE IMPUGNACIÓN CAPÍTULO I: DE LA IMPUGNACIÓN ANTE EL COMITÉ ELECTORAL Artículo 33º.- El candidato que no esté conforme con el resultado de la elección de su zona podrá impugnar esteresultado en el término de dos (2) días hábiles de su publi-cación en los locales de la Municipalidad, . Artículo 34º.- El recurso impugnativo se presentará mediante escrito debidamente fundamentado y adjuntandolos medios probatorios pertinentes y el recibo de pago porS./ 100.00 (Cien Nuevos Soles) ; monto que será devuelto,en caso, sea declarada Fundada la impugnación interpues-ta, El escrito se presentará ante la Jefatura de PromociónSocial, dependencia que lo elevará al Comité Electoral. Artículo 35º.- El Comité Electoral resolverá la impug- nación en el plazo de dos (2) días de recepcionada lamisma. Artículo 36º.- La Resolución del Comité Electoral es inapelable. Artículo 37º.- En caso de declararse procedente la im- pugnación, se convocará para el domingo siguiente a Elec-ciones Complementarias en la zona correspondiente. TÍTULO VI DE LA PROCLAMACIÓN Y JURAMENTACIÓN CAPÍTULO I: DE LA PROCLAMACIÓN Artículo 38º .- No existiendo impugnación o estando resueltas éstas, el Comité Electoral, proclamará en Sesión,a los candidatos ganadores.