Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2003 (24/10/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, viernes 24 de octubre de 2003

NORMAS LEGALES

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CAPITULO II: DE LA JURAMENTACION
Articulo 39º.- La juramentacion de los Presidentes proclamados estara a cargo del senor MORDAZA, en Sesion Extraordinaria debidamente convocada para este fin; acto en el cual se entregara, la credencial respectiva.

Con el Visto MORDAZA de la Oficina de Asesoria Legal y estando a lo expuesto, asi como de conformidad al Art. 102º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, el pleno del Concejo por mayoria aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- APROBAR el Reglamento de la Eleccion de Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital, el consta de VI titulos y 30 articulos; el mismo que forma parte integrante de la Ordenanza. Articulo Segundo.- DISPENSAR, por acuerdo unanime del pleno, de la lectura y aprobacion del Acta, para su inmediato cumplimiento. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. LIZANO H. DE MATSUKAWA Alcaldesa

DISPOSICIONES FINALES
Primera.- En caso de no presentarse candidato alguno de las zonas, el Comite Electoral determinara el procedimiento a seguir. Segunda.- Aquello no contemplado en el presente Reglamento sera resuelto por el Comite Electoral, cuya resolucion sera inapelable. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 19437

MUNICIPALIDAD DE PUNTA MORDAZA
Aprueban Reglamento de la Eleccion de Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital
ORDENANZA Nº 0028-2003-MDPH
Punta MORDAZA, 17 de octubre del 2003

19388

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGACHO
Amplian vigencia de la Ordenanza Nº 008 mediante la cual se redujo la Tasa por Carne Sanitario
ORDENANZA Nº 015
San MORDAZA de Lurigancho, 15 de octubre de 2003

LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE PUNTA MORDAZA Habiendo visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 16 de octubre de 2000, con dispensa del tramite de aprobacion de Acta y por Unanimidad, aprobo lo siguiente: ORDENANZA PARA REGULAR LOS PROCESOS DE PARTICIPACION DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto en el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Consejo de Coordinacion Local Distrital es un organo de coordinacion y concertacion de las Municipalidades Distritales, cuya organizacion y estructura esta regulado por el Articulo 102º de la Ley Nº 27972, la misma que en su Art. 104º determina que son, entre otras funciones, las de coordinar y participar en la programacion del Presupuesto Participativo de los Gobiernos Locales, concordante con el Art. 7º del mismo cuerpo legal; Que, este Consejo es un mecanismo de participacion de las organizaciones de la sociedad civil del distrito en el MORDAZA de planeacion local, que tiene las caracteristicas de integral, permanente y participativo, conforme lo expresa el Articulo IX del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades; Que, el mencionado Consejo estara constituido por la Alcaldesa Distrital, los Regidores Distritales y por los representantes de las organizaciones de la Sociedad Civil que alcanzaran al numero de dos (2), estos ultimos seran elegidos democraticamente por un periodo de dos anos de entre los delegados legalmente acreditados de las organizaciones a nivel distrital que se hayan inscrito en el registro que abrira para tal efecto la Municipalidad Distrital, exigiendose asimismo acreditar personeria juridica y un minimo de tres (3) anos de actividad institucional comprobada; Que, por consiguiente para efectos de elegir a los representantes de la Sociedad Civil al Consejo de Coordinacion Local Distrital de Punta MORDAZA se requiere conformar una comision que se encargue de convocar y regular el MORDAZA de eleccion, asi como de dictar las directivas que normen y regulen dicho proceso;

POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO VISTO; en Sesion Ordinaria de la fecha, con el MORDAZA mayoritario del Pleno del Concejo, las abstenciones de los Regidores Romer MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Surichaqui, MORDAZA MORDAZA Denegri, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Estraver MORDAZA y la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, se aprueba la siguiente: "ORDENANZA SOBRE AMPLIACION DE LA ORDENANZA Nº 008 DE FECHA 21 DE MORDAZA DE 2003" Articulo Unico.- AMPLIESE hasta el 31 de diciembre de 2003 la vigencia de la Ordenanza Nº 008 de fecha 21 de MORDAZA de 2003, que dispone la Reduccion de la Tasa por Carne Sanitario. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 19383

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
Modifican articulo de la Ordenanza Nº 000013 que concedio beneficios tributarios aplicables a deudas acumuladas hasta el ano 2002
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000014
San MORDAZA de Miraflores, 15 de octubre del 2003 EL SENOR MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES;

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