Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2003 (25/10/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 25 de octubre de 2003

MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Aprueban Reglamento que regula prestacion del servicio de transporte publico especial de pasajeros y carga en vehiculos menores
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 028-2003-A/MDC Carabayllo, 25 de agosto de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Carabayllo en sesion ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Organos de gobierno local y gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, el Concejo Municipal cumple una funcion normativa a traves de Ordenanzas, las cuales tienen rango de Ley de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 200º numeral 4) del mismo cuerpo normativo; Que, conforme lo dispone el articulo 81º numeral 3.2) de la Ley Organica de Municipalidades, establece que es funcion especifica de las Municipalidades Distritales otorgar licencias para la circulacion de vehiculos menores y demas, de acuerdo con lo establecido en la regulacion provincial; Que, a traves del Decreto Supremo Nº 004-2000-MTC, se aprobo el Reglamento Nacional de Transporte Publico Especial de Pasajeros Motorizados y No Motorizados en cuya primera disposicion transitoria faculta a las Municipalidades Distritales a dictar disposiciones necesarias sobre aspectos administrativos y operativos del servicio; Que, a traves del Decreto Supremo Nº 009-2000-MTC, se modifico el dispositivo descrito en el considerando precedente, incorporando al mismo una MORDAZA disposicion complementaria, mediante la cual se crea la Comision Tecnica Mixta con sus respectivas funciones y autonomia, la cual se establecio por Acuerdo de Concejo Nº 033-2003A/MDC y se reconocio con Resolucion de Alcaldia Nº 07742003/MDC; Que, el Decreto Supremo Nº 040-2001-MTC, Reglamento Nacional de Administracion de Transportes, establece que corresponde a las Municipalidades Distritales, administrar, regular y controlar el servicio publico de transporte MORDAZA, que se realice dentro de su jurisdiccion en vehiculos menores, mototaxis y similares; Con las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el MORDAZA unanime del Pleno del Concejo y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, se aprueba la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Aprobar el Reglamento que regula la prestacion del servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y carga en vehiculos menores del distrito de Carabayllo que consta de cinco titulos, nueve capitulos, 49 articulos, dos Disposiciones transitorias y cinco disposiciones finales, asi como en el cuadro de Infracciones y Sanciones, Acta de Internamiento y Acta de Liberacion, los mismos que como anexo, forman parte integrante de la presenta Ordenanza. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto cualquier otra disposicion que se oponga de la presente Ordenanza.

Articulo Tercero.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 19468

Regulan el tramite para obtencion de autorizaciones municipales de Funcionamiento, de Instalacion de Publicidad Exterior y de Uso de Retiro Municipal para fines comerciales
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 031-2003-A/MDC Carabayllo, 15 de octubre de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE CARABAYLLO EN SESION ORDINARIA DE LA FECHA CONSIDERANDO: Que, la Constitucion establece en sus articulos 191º y 192º que las Municipalidades son Organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 83º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 establece que es funcion municipal en materia de abastecimiento y comercializacion de productos el otorgar licencias de apertura de establecimientos comerciales e industriales y de actividades profesionales y controlar su funcionamiento de acuerdo a ellas; Que, el articulo III del Titulo Preliminar la precitada MORDAZA establece que los Gobiernos Locales representan al vecindario, promueve la adecuada prestacion de los servicios publicos locales, fomentan el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armonico de las circunscripciones; asimismo, se establece que corresponde a las Municipalidades, segun el caso, planificar, ejecutar e impulsar a traves de los organismos competentes el conjunto de acciones destinadas a proporcionar al ciudadano el ambiente adecuado para la satisfaccion de sus necesidades vitales de vivienda, salubridad, abastecimiento, entre otros; Que, la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF consagra el MORDAZA de legalidad, que establece que los gobiernos locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y dentro de los limites que senala la ley; Que, el distrito de Carabayllo cuenta con una poblacion de especiales caracteristicas socio-economicas, legal o de ubicacion territorial, con habilitacion MORDAZA y sin habilitacion MORDAZA concluida o que cuenta con habilitaciones ejecutadas no regularizadas en las que desarrollan actividades comerciales, artesanales y de servicio sin contar con la correspondiente Autorizacion Municipal de funcionamiento, de Anuncios y Publicidad y de Toldos; Que, resulta necesario brindar facilidades administrativas a los conductores de los locales comerciales que se encuentran dentro de las areas MORDAZA referidas, a fin de que puedan ingresar al MORDAZA laboral formalmente, estimulando asi la creacion de MORDAZA de trabajo y la formalizacion de las actividades comerciales que se desarrollan en dichos establecimientos comerciales;

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