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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE OCTUBRE DEL AÑO 2003 (25/10/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 61

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G33/G38/G31/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 25 de octubre de 2003 Gobierno Regional deberá ejercitar la autonomía que la reconoce la Constitución y la Ley Orgánica de GobiernosRegionales; Que, el gobierno regional tiene como atribución la de "aprobar el Programa de Promoción de Inversionesy Exportaciones" del cual forma parte los proyectos de inversión, por lo que la calificación de la viabilidad de éstos tiene como referente obligado el Programa en quese encuentra contenido; y, que, en consecuencia, la fa-cultad del Gobierno Regional de aprobar la viabilidadde un Proyecto de Inversión Pública de ámbito regionalconstituye derivación natural y lógica de la atribución de aprobar Programas de Promoción de Inversiones y Exportaciones Regionales a que se refiere el literal n.del artículo 15º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regio-nales, concordante con el numeral 3) del literal p. de suartículo 21º; Que, la Ley Nº 28059, Ley Marco de Promoción de In- versión Descentralizada, vigente desde el 14 de agosto último, subraya la facultad de los Gobiernos Regionales yLocales sobre los proyectos de inversión pública. Así, suartículo 15º, textualmente dice: "Artículo 15º.- Los gobiernos regionales y los gobier- nos locales están facultados para elaborar y declarar la viabilidad de los Proyectos de Inversión Pública de al-cance regional y local, respectivamente; en base a lasnormas establecidas del Sistema Nacional de InversiónPública". Que, congruentemente con los antecedentes constitu- cionales y orgánicos precedentes, que regulan las com-petencias de los Gobiernos Regionales, la Ley Nº 28059,Ley Marco de Promoción de la Inversión Descentralizada,en su Artículo 4º, concordante con sus artículos 8º, 12º,13º, 14º y 15º, impone a los gobiernos regionales las responsabilidades funcionales de definir, aprobar y eje- cutar en su Plan de Desarrollo Concertado, las priorida-des, vocaciones y lineamientos estratégicos para la po-tenciación y mejor desempeño de la economía regional,entre otras, acciones que no las podrá cumplir sino den-tro del ámbito de la autonomía que le reconoce la ley, delimitado fundamentalmente por su asignación presu- puestaria; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y a los funda-mentos expuestos; el Consejo Regional aprobó la siguien-te: ORDENANZA Artículo 1º.- Créase el Sistema Regional de Inversión de Loreto, encargado de sistematizar la inversión públicaen la Región y de promover la inversión privada. Artículo 2º.- La viabilidad de los Proyectos de Inver- sión Pública del Gobierno Regional de Loreto será aproba-da mediante Resolución Ejecutiva Regional, cualquiera seasu monto. Artículo 3º.- Encargar a la Presidencia del Gobierno Regional de Loreto: a. Realice las acciones necesarias para la creación e implantación de la Agencia de Fomento de la Inversión Pri-vada del Gobierno Regional de Loreto. b. Realice las acciones necesarias para la creación e implementación del Banco Regional de Proyectos, a cargo de la Gerencia Regional de Planificación, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, según lo dispuesto en el Ar-tículo 12º de la Ley Nº 28059. c. Desarrolle las acciones necesarias conducentes a la suscripción de convenios específicos con las Universi-dades e Institutos de Investigación y Centros Tecnológicos a fin de coadyuvar a los procesos de inversión en la Re- gión. Artículo 4º.- Encargar a la Presidencia para que, en el plazo de 15 días emita el Decreto Regional aprobando elReglamento de la presente Ordenanza. Artículo 5º.- La Presidencia del Gobierno Regional in- formará al Consejo Regional, en la oportunidad de cadasesión, de las acciones adoptadas en la ejecución de esta Ordenanza. POR TANTO:Promúlguese y publíquese. ROBINSON RIVADENEYRA REÁTEGUI Presidente 19686 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA /G50/G72/G65/G63/G69/G73/G61/G6E/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G65/G2D /G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G41/G41/G54/G45/G20/G61/G20/G45/G73/G70/G61/GF1/G61 AUTORIDAD AUTÓNOMA DEL PROYECTO ESPECIAL SISTEMA ELÉCTRICO DE TRANSPORTE MASIVO DE LIMA Y CALLAO RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 046-2003-AATE/PE Santiago de Surco, 10 de octubre de 2003 VISTO: El Acuerdo de Directorio Nº 118-2003/261 de la Autori- dad Autónoma del Proyecto Especial Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE; CONSIDERANDO: Que, por Acuerdo de Directorio Nº 118-2003/261 se autoriza al Presidente Ejecutivo de la AATE a viajar a Eu- ropa del 4 al 17 de octubre de 2003, para asistir al "Con-greso Internacional Rail Forum" y para promocionar el pro-yecto de Concesión del Tren Urbano en las diferentes ciu-dades de Europa; Que, por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 044- 2003-AATE/PE de fecha 2.10.03 se autoriza el viaje del Presidente Ejecutivo de la AATE del 4 al 10 de octubre de2003; Que, en esta oportunidad, se complementa el período de viaje señalado en el Acuerdo de Directorio Nº 118-2003/261, por ser de necesidad para la promoción de la conce- sión del tren; Que, la administración de la Autoridad Autónoma del Proyecto Especial Sistema Eléctrico de Transporte Ma-sivo de Lima y Callao - AATE ha sido transferida a laMunicipalidad Metropolitana de Lima, de conformidad conel Decreto de Urgencia Nº 058-2001, la cual ha expedi- do el Edicto Nº 250 de fecha 26 de diciembre de 2002, por el cual la AATE es un Órgano Descentralizado de laMunicipalidad Metropolitana de Lima, que goza de auto-nomía técnica, administrativa, económica y financiera deacuerdo al D.S. Nº 001-86-MIPRE con fuerza de ley me-diante Ley Nº 24565; De conformidad a lo establecido en el artículo 3º del D.S. Nº 001-86-MIPRE con rango de ley mediante Ley Nº24565, inciso l del Edicto Nº 250 de la Municipalidad Me-tropolitana de Lima, artículos 8º y 14º del Reglamento deOrganización y Funciones de la AATE aprobado por Reso-lución Ministerial Nº 024.1-88-MIPRE, la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 044-2003-AATE/PE, el D.S. Nº 048-2001-PCM modificado por el D.S. Nº 053-2001-PCM yel D.S. Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aclarar que la autorización para el viaje del señor ARQ. ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE