TEXTO PAGINA: 64
PÆg. 253894 NORMAS LEGALES Lima, domingo 26 de octubre de 2003 CONSIDERANDO: Que la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de Municipalidades, reconocen a los Gobiernos Localesautonomía política, económica y administrativa en los asun-tos de su competencia, y por lo tanto pueden crear, modifi- car o exonerar sus contribuciones, arbitrios y derechos, conforme a Ley; Que el Artículo 41º del Texto Único Ordenado del Códi- go Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que excepcionalmente, los Gobiernos Loca-les podrán condonar con carácter general el interés mora- torio y las sanciones de los tributos que administran; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de la aproba-ción del acta y con el voto unánime de los miembros delConcejo, se aprobó la siguiente: ORDENANZA ESTABLECEN BENEFICIO DE CONDONACIÓN DE REAJUSTES, INTERESES Y MORAS Y MULTAS DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS Artículo 1º.- Otorgar el beneficio de regularización tri- butaria a favor de los contribuyentes inscritos en la Base de Datos de la Municipalidad de Ancón, en consecuenciaCONDONAR los reajustes, intereses y moras, por conceptodel Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales. Artículo 2º.- Condónese las Multas Tributarias a los contribuyentes inscritos en la Base de Datos que declaren aumento de valor en su autoavalúo para la determinación del Impuesto Predial. Artículo 3º.- Este beneficio alcanza a todo contribu- yente que se encuentre en cualquier instancia de cobro;sin embargo, para los contribuyentes que se encuentrenen proceso coactivo deberán asumir las costas procesa- les que se generaron hasta la fecha de pago. Artículo 4º.- El plazo de vigencia del presente benefi- cio vencerá indefectiblemente el 15 de noviembre del 2003. Artículo 5º.- Encargar a la Unidad de Rentas el cum- plimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JAIME PAJUELO TORRES Alcalde 19691 MUNICIPALIDAD DE BARRANCO Amplían plazo de vigencia de la Orde- nanza N” 146-MDB que estableció elprocedimiento de regularización de licencias de funcionamiento ORDENANZA Nº 164-MDB Barranco, 17 de octubre del 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO POR CUANTO:El Concejo Distrital de Barranco, en la Sesión Ordina- ria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, la Ordenanza Nº 146-MDB, estableció el procedi- miento Administrativo de "Regularización de Licencias de Funcionamiento" que caducaron el 31 de diciembre de 1997, en virtud de lo prescrito por el Decreto de Alcaldía Nº 017-97-MDB; Que, estando al Informe Nº 213-2003-GDU, es nece- sario ampliar el plazo previsto en el artículo cuarto de laOrdenanza Nº 146-MDB, en vista de que no todo el grupo objetivo de administrados de la referida Ordenanza ha al- canzado a presentar su solicitud de regularización dentrodel plazo, por cuanto previamente era necesario obtener el certificado positivo de Defensa Civil, el mismo que tiene uncosto adicional; En virtud de lo dispuesto por el artículo 194º de la Cons- titución Política del Perú, concordante con el Artículo II delTítulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Mu- nicipalidades, la Municipalidad Distrital de Barranco, como órgano de Gobierno Local, tiene autonomía política,económica y administrativa en los asuntos de su competen-cia, motivo por el cual, con el voto mayoritario de sus miem-bros, se emite la siguiente: ORDENANZA QUE AMPLÍA EL PLAZO PARA LA REGULARIZACIÓN DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO Artículo Primero.- Ampliar hasta el 30 de enero del 2004 el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 146-MDB, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 21 de mayo del 2003, la misma que estableció el procedimiento de Regulari-zación de licencias de funcionamiento. Artículo Segundo.- Precisar que para los efectos de los Certificados de Defensa Civil exigidos como requisitopara el procedimiento previsto en la Ordenanza Nº 146- MDB, la Oficina de Defensa Civil queda facultada para la realización de Inspecciones técnicas inopinadas o de ofi-cio, a fin de disminuir los gastos a los administrados. Artículo Tercero.- Encargar a la Subgerencia de Comer- cialización, Gerencia de Desarrollo Urbano y Gerencia deAdministración Tributaria el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARTÍN DEL POMAR SAETTONE Alcalde 19689 Otorgan beneficio tributario a contribu- yentes en cuyos predios se verifiquen diferencias del Impuesto Predial ORDENANZA Nº 166-MDB Barranco, 17 de octubre del 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO; Por Cuanto, el Concejo Distrital de Barranco; VISTO, el Informe Nº 0156-2003-GAT-MDB de la Ge- rencia de Administración Tributaria sobre otorgamiento de Beneficio Tributario a favor de los contribuyentes de la Mu- nicipalidad Distrital de Barranco en cuyos predios se verifi-quen diferencias en el impuesto predial, en la sesión ordi-naria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú reconoce la autonomía política, económica y administra-tiva de las Municipalidades en los asuntos de su compe-tencia; Que el artículo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos localesgozan de autonomía política, económica y administrativaen los asuntos de su competencia; Que, en cumplimiento de las disposiciones del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99 y la Ley Nº 27335, nuestra Administración Municipal goza de la facultad de fiscaliza-ción, ejercida en forma discrecional, optando por lo que seconsidere más conveniente para el interés público; Que, la Municipalidad Distrital de Barranco, tiene como propósito actualizar la base imponible del Padrón de con- tribuyentes mediante el desarrollo de actividades de verifi-