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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G30/G34/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 29 de octubre de 2003 Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por laDirección General de Aeronáutica Civil como dependencia es-pecializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares internacionales aeronáuticos es-tablecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviación Civil ypoder mantener la calificación de Categoría - I otorgada alPerú por la Organización de Aviación Civil Internacional, debemantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridadoperacional a través de la ejecución de inspecciones técni-cas a los explotadores aéreos en el país, basado en las dis-posiciones establecidas en el citado Convenio y en los están-dares de la Organización de Aviación Civil Internacional; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, apro- bado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su artículo14º establece que los Inspectores debidamente identificadosa que refiere la Ley son competentes, según su especialidad,para verificar las capacidades exigidas a los titulares de lasautorizaciones para realizar actividades de aeronáutica civil; Que, el cumplimiento de los procedimientos aprobados para el desarrollo de las operaciones aéreas dentro de losestándares de seguridad internacionales por parte de lostripulantes técnicos, se evalúa, entre otras formas, a tra-vés de chequeos en simuladores de vuelo, servicio que esbrindado por empresas ubicadas en el extranjero; Que, con Carta ACQ JINST Nº 720-2003, del 21 de octubre de 2003, en el marco del Procedimiento Nº 5 de lasección correspondiente a la Dirección General de Aero-náutica Civil (Evaluación de Personal), establecido en elTexto Único de Procedimientos Administrativos del Minis-terio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por De-creto Supremo Nº 008-2002-MTC, la empresa Aero Conti-nente S.A. solicita a la Dirección General de AeronáuticaCivil, efectuar chequeos en simulador de vuelo del equipoBoeing 767, en la ciudad de Miami, a sus tripulantes Ren-zo Escobar y Miguel Fernández, del 29 al 31 de octubre; Que, conforme se desprende del Recibo de Acotación Nº 4755, la solicitante ha cumplido con el pago del derechode tramitación correspondiente al Procedimiento a que serefiere el considerando anterior; Que, el referido pago está destinado a cubrir los costos del respectivo viaje de inspección, el cual es íntegramentefinanciado por la empresa operadora, incluyendo el pago delos viáticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto, de lo quese concluye que dicho viaje no afecta el erario del Estado; Que, no obstante ello, formalmente, se considera que dicho viaje se realiza con cargo al Presupuesto del Minis-terio de Transportes y Comunicaciones, por cuanto el pagode los respectivos gastos se efectúa a la Dirección de Te-sorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Ins-pección Nº 1583-2003-MTC/12.04-SDO designando al Ins-pector Jaime Juan Pedro Barbosa Salaverry, para realizarchequeos técnicos en simulador de vuelo del equipo Boeing767 al personal aeronáutico propuesto por la empresa AeroContinente S.A., en la ciudad de Miami, Estados Unidosde América, durante los días 29 al 31 de octubre de 2003; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General de AeronáuticaCivil para que, en cumplimiento de las funciones que le asignala Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar los che-queos técnicos en simulador de vuelo a que se contrae laOrden de Inspección Nº 1583-2003-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, los Decretos de Urgencia Nº 017-2003 y Nº 019-2003 y elDecreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Jaime Juan Pedro Barbosa Salaverry, Inspector de la Dirección General de Ae-ronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicacio-nes, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, duran-te los días 29 al 31 de octubre de 2003, para los fines a que secontrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado pre- cedentemente, será con cargo al presupuesto del Ministeriode Transportes y Comunicaciones, habiendo sido íntegramentecubierto por la empresa Aero Continente S.A. a través delRecibo de Acotación Nº 4755, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 660.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspectormencionado en el Artículo 1º de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario si-guientes de efectuado el viaje, deberá presentar un infor-me al Despacho Ministerial y a la Oficina General de Admi-nistración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones,describiendo las acciones realizadas y los resultados ob-tenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o dere-chos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 19839 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G54/G65/G78/G74/G6F/G20/GDA/G6E/G69/G63/G6F/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G6C /G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G46/G75/G6E/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G50/G52/G4F/G56/GCD/G41/G53/G20/G52/G55/G52/G41/G4C (Se publica la resolución de la referencia a solicitud del Ministerio de Transportes y Comunicaciones mediante Ofi-cio Nº 1507-2003-MTC/01 recibido el 27 de octubre de2003) RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 1023-2002-MTC/15.02.PROVÍAS RURAL Lima, 6 de noviembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 033-2002-MTC, de fecha 12 de julio de 2002, se crea el Proyecto Especial deInfraestructura de Transporte Rural - PROVÍAS RURAL,como Unidad Ejecutora del Pliego Ministerio de Transpor-tes y Comunicaciones, de caráct er temporal, con autono- mía técnica, administrativa y financiera; quien asumirá losderechos y obligaciones del Programa Caminos Ruralesdel Proyecto Especial Rehabilitación Infraestructura deTransportes; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 448-2002- MTC/15.02, de fecha 21 de julio de 2002, se aprobó el Re-glamento de Organización y Funciones del Proyecto Es-pecial de Infraestructura de Transporte Rural - PROVÍASRURAL, que consta de doce (12) Títulos, treinta y siete(37) artículos y dos (2) Disposiciones Transitorias y Fina-les; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 638-2002- MTC/21, de fecha 29 de octubre de 2002, se efectuaronmodificaciones a la Resolución Ministerial Nº 448-2002-MTC/15.02, que aprobó el Reglamento de Organización yFunciones del Proyecto Especial de Infraestructura deTransporte Rural - PROVÍAS RURAL; Que, el artículo 4º de la Resolución Ministerial Nº 638- 2002-MTC/21, dispone la publicación del Texto Único Or-denado del Reglamento de Organización y Funciones dePROVÍAS RURAL, el cual será aprobado por su DirectorEjecutivo; Que, en consecuencia es pertinente emitir el acto admi- nistrativo correspondiente; Con la visación de la Gerencia de Asuntos Legales;De conformidad con lo establecido por el D.S. Nº 033- 2002-MTC de 12.7.02, Resolución Ministerial Nº 448-2002-MTC/15.02 de 31.7.02, Resolución Ministerial Nº 460-2002-MTC/15.02 de 7.8.02 y Resolución Ministerial Nº 638-2002-MTC/21 de 29.10.02; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Apruébese el Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones del Proyec-to Especial de Infraestructura de Transporte Rural - PRO-VÍAS RURAL, constituido por doce (12) Títulos, treinta ysiete (37) artículos y dos (2) Disposiciones Transitorias yFinales, que forman parte integrante de la presente Reso-lución. Regístrese y comuníquese. RAÚL TORRES TRUJILLO Director EjecutivoPROVÍAS RURAL