Norma Legal Oficial del día 29 de octubre del año 2003 (29/10/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, miercoles 29 de octubre de 2003

NORMAS LEGALES

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Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, a fin de cumplir con los estandares internacionales aeronauticos establecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviacion Civil y poder mantener la calificacion de Categoria - I otorgada al Peru por la Organizacion de Aviacion Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a traves de la ejecucion de inspecciones tecnicas a los explotadores aereos en el MORDAZA, basado en las disposiciones establecidas en el citado Convenio y en los estandares de la Organizacion de Aviacion Civil Internacional; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su articulo 14º establece que los Inspectores debidamente identificados a que refiere la Ley son competentes, segun su especialidad, para verificar las capacidades exigidas a los titulares de las autorizaciones para realizar actividades de aeronautica civil; Que, el cumplimiento de los procedimientos aprobados para el desarrollo de las operaciones aereas dentro de los estandares de seguridad internacionales por parte de los tripulantes tecnicos, se evalua, entre otras formas, a traves de chequeos en simuladores de vuelo, servicio que es brindado por empresas ubicadas en el extranjero; Que, con Carta ACQ JINST Nº 720-2003, del 21 de octubre de 2003, en el MORDAZA del Procedimiento Nº 5 de la seccion correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil (Evaluacion de Personal), establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, la empresa Aero Continente S.A. solicita a la Direccion General de Aeronautica Civil, efectuar chequeos en simulador de vuelo del equipo Boeing 767, en la MORDAZA de Miami, a sus tripulantes MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA, del 29 al 31 de octubre; Que, conforme se desprende del Recibo de Acotacion Nº 4755, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior; Que, el referido pago esta destinado a cubrir los costos del respectivo viaje de inspeccion, el cual es integramente financiado por la empresa operadora, incluyendo el pago de los viaticos y la Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto, de lo que se concluye que dicho viaje no afecta el erario del Estado; Que, no obstante ello, formalmente, se considera que dicho viaje se realiza con cargo al Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por cuanto el pago de los respectivos gastos se efectua a la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, ha emitido la Orden de Inspeccion Nº 1583-2003-MTC/12.04-SDO designando al Inspector MORDAZA MORDAZA MORDAZA Barbosa Salaverry, para realizar chequeos tecnicos en simulador de vuelo del equipo Boeing 767 al personal aeronautico propuesto por la empresa Aero Continente S.A., en la MORDAZA de Miami, Estados Unidos de MORDAZA, durante los dias 29 al 31 de octubre de 2003; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar los chequeos tecnicos en simulador de vuelo a que se contrae la Orden de Inspeccion Nº 1583-2003-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, los Decretos de Urgencia Nº 017-2003 y Nº 019-2003 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Barbosa Salaverry, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de Miami, Estados Unidos de MORDAZA, durante los dias 29 al 31 de octubre de 2003, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, sera con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, habiendo sido integramente cubierto por la empresa Aero Continente S.A. a traves del Recibo de Acotacion Nº 4755, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos US$ Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 660.00 28.24

mencionado en el Articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe al Despacho Ministerial y a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 19839

Aprueban Texto Unico Ordenado del Reglamento de Organizacion y Funciones de PROVIAS RURAL
(Se publica la resolucion de la referencia a solicitud del Ministerio de Transportes y Comunicaciones mediante Oficio Nº 1507-2003-MTC/01 recibido el 27 de octubre de 2003)

RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1023-2002-MTC/15.02.PROVIAS RURAL
MORDAZA, 6 de noviembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 033-2002-MTC, de fecha 12 de MORDAZA de 2002, se crea el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Rural - PROVIAS RURAL, como Unidad Ejecutora del Pliego Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de caracter temporal, con autonomia tecnica, administrativa y financiera; quien asumira los derechos y obligaciones del Programa Caminos Rurales del Proyecto Especial Rehabilitacion Infraestructura de Transportes; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 448-2002MTC/15.02, de fecha 21 de MORDAZA de 2002, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Rural - PROVIAS RURAL, que consta de doce (12) Titulos, treinta y siete (37) articulos y dos (2) Disposiciones Transitorias y Finales; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 638-2002MTC/21, de fecha 29 de octubre de 2002, se efectuaron modificaciones a la Resolucion Ministerial Nº 448-2002MTC/15.02, que aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Rural - PROVIAS RURAL; Que, el articulo 4º de la Resolucion Ministerial Nº 6382002-MTC/21, dispone la publicacion del Texto Unico Ordenado del Reglamento de Organizacion y Funciones de PROVIAS RURAL, el cual sera aprobado por su Director Ejecutivo; Que, en consecuencia es pertinente emitir el acto administrativo correspondiente; Con la visacion de la Gerencia de Asuntos Legales; De conformidad con lo establecido por el D.S. Nº 0332002-MTC de 12.7.02, Resolucion Ministerial Nº 448-2002MTC/15.02 de 31.7.02, Resolucion Ministerial Nº 460-2002MTC/15.02 de 7.8.02 y Resolucion Ministerial Nº 638-2002MTC/21 de 29.10.02; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Apruebese el Texto Unico Ordenado del Reglamento de Organizacion y Funciones del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Rural - PROVIAS RURAL, constituido por doce (12) Titulos, treinta y siete (37) articulos y dos (2) Disposiciones Transitorias y Finales, que forman parte integrante de la presente Resolucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Ejecutivo PROVIAS RURAL

Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector

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