NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (04/09/2003)
CANTIDAD DE PAGINAS: 80
TEXTO PAGINA: 19
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G30/G37/G37/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 4 de setiembre de 2003 Artículo Segundo.- Considerando la inclusión y ex- clusión de los procesos de selección, dispuesta por el artículo primero de la presente Resolución, quedan mo- dificados en lo que corresponda la relación de documen- tos y cuadros que lo conforman. Artículo Tercero.- Encargar a la Unidad de Logística las acciones administrativas correspondientes para la pu- blicación en el Diario Oficial El Peruano y la Página Web de la Institución, de lo dispuesto por la presente Resolu- ción, haciendo de conocimiento del CONSUCODE, PROMPYME y del público interesado; en las condicio- nes y plazos que señala el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y demás normas complementarias. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS LÓPEZ SANTILLÁN Presidente 16369 PRODUCE /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G65/G71/G75/G69/G70/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72/G74/GE1/G74/G69/G2D /G6C/G65/G73/G20/G69/G64/G65/G6E/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G73/G75/G73/G74/G61/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G71/G75/G65 /G61/G67/G6F/G74/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G63/G61/G70/G61/G20/G64/G65/G20/G6F/G7A/G6F/G6E/G6F/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G64/G61/G20/G61 /G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G4F/G7A/G6F/G6E/G6F/G64/G65/G6C/G20/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 313-2003-PRODUCE Lima, 28 de agosto del 2003 VISTO:El Memorándum Nº 002-2003-OTO/PERÚ, de fecha 30 de julio de 2003, de la Oficina Técnica de Ozono; CONSIDERANDO:Que, mediante Carta Convenio GLO/SEV/32/TRA/218, de fecha 14 de agosto de 2001, suscrita entre el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, División de Tecnología, Industria y Economía (UNEP DTIE) y el ex Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociacio- nes Comerciales Internacionales (hoy Ministerio de la Pro- ducción), se acordó que la UNEP donará equipos portáti- les identificadores de las sustancias que agotan la Capa de Ozono en el marco del Proyecto IM/0902-95-10-2291- Proyecto de Plan de Manejo de Refrigerantes; Que, mediante Telefax de fecha 23 de abril de 2002, el Training Manager UNEP DTIE OzonAction Program- me, comunicó a la Jefa de la Oficina Técnica de Ozono la donación de los equipos de identificación, consistente en 16 unidades Ntron Refrigerant Identifier (2-Line), 4 uni- dades Junior ID Identifiers, y 20 unidades Filter Elements Ref. Identifier, por un valor de US$ 17 035.31 (Diecisiete Mil Treinticinco y 31/100 Dólares Americanos), equiva- lente en moneda nacional a S/. 58 567.40 (Cincuentio- cho Mil Quinientos Sesentisiete y 40/100 Nuevos Soles), sustentado en la Boleta de Venta Nº INVO3116 de fecha 8 de enero de 2002, expedida por Ntron Europe LTD y la Guía de Remisión Aérea Nº 00497267 del 17 de enero de 2002, expedido por Talma Airport Services; Que, en consecuencia, es necesario aceptar la referi- da donación; Con las visaciones de las Oficinas Generales de Ad- ministración, de Desarrollo y Planeamiento Estratégico y de Asesoría Jurídica; y, con la opinión favorable del Vice- ministro de Industria; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 21942, Decreto Supremo Nº 127-91-PCM, Resolución de Contraloría Nº 122-98-CG, Artículo 172º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, Resolución Nº 031-2002-SBN que aprueba la Directiva Nº 009-2002/SBN; y, en uso de las atribuciones conferidas por el literal i) del Artículo 11º del Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE - Regla- mento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatoria;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar, en vía de regularización, la donación efectuada por el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, División de Tecnolo- gía, Industria y Economía (UNEP DTIE) a favor de la Oficina Técnica del Ozono del Ministerio de la Produc- ción, por un valor de US$ 17 035.31 (Diecisiete Mil Trein- ticinco y 31/100 Dólares Americanos), equivalente en moneda nacional a S/. 58 567.40 (Cincuentiocho Mil Quinientos Sesentisiete y 40/100 Nuevos Soles), sus- tentado en la Boleta de Venta Nº INVO3116 expedida por Ntron Europe LTD y en la Guía de Remisión Aérea Nº 00497267 expedido por Talma Airport Services, consistente en: - Dieciséis (16) unidades Ntron Refrigerant Identifier (2-Line); - Cuatro (4) unidades Junior ID Identifiers; y, - Veinte (20) unidades Filter Elements Ref. Identifier. Artículo 2º.- Agradecer al Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, División de Tecnología, Industria y Economía (UNEP DTIE), por su importante contribución. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a la Contralo- ría General de la República dentro de los plazos legales establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de la Producción 16314 RELACIONES EXTERIORES /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G76/G65/G6E/G69/G6F/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G43/G6F/G6F/G70/G65/G72/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G41/G6D/G62/G69/G65/G6E/G74/G61/G6C/G2C/G20/G46/G61/G73/G65/G20/G49/G49/G2C/G73/G75/G73/G63/G72/G69/G74/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G46/G69/G6E/G6C/G61/G6E/G64/G69/G61 DECRETO SUPREMO Nº 096-2003-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que con fecha 21 de abril de 2003, se suscribió en la ciudad de Lima, República del Perú, el "Convenio entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Finlandia sobre Cooperación en elProyecto Ambiental, Fase II"; Que es conveniente a los intereses del Perú la ratifica- ción del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú, y el artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidentede la República para celebrar y ratificar tratados o adhe- rir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el "Convenio entre el Go- bierno de la República del Perú y el Gobierno de laRepública de Finlandia sobre Cooperación en el Pro- yecto Ambiental, Fase II" , suscrito en la ciudad de Lima, República del Perú, el 21 de abril de 2003. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de setiembre del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores