Norma Legal Oficial del día 05 de septiembre del año 2003 (05/09/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, viernes 5 de setiembre de 2003

NORMAS LEGALES

Pag. 250867

"Articulo 2º.- El Comite tiene las siguientes funciones: ... b) Conocer y resolver, en instancia administrativa unica, los reclamos interpuestos por parte de los solicitantes a los cuales se les hubiere denegado la entrega de sus acciones y dividendos. Asimismo, supervisar que las sociedades anonimas abiertas cumplan con las obligaciones contenidas en la Ley Nº 26985, imponiendo las sanciones que correspondan, de conformidad con el articulo 9º de la referida Ley, modificada mediante Ley Nº 27547, y el Reglamento de Sanciones aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 055-2001-EF/94.10, modificado con la Resolucion CONASEV Nº 065-2001-EF/94.10". ... Articulo 3º.- Modifiquese el Articulo 7º del Estatuto del Comite de Proteccion al Accionista Minoritario aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 164-98-EF/ 94.10, modificado por las Resoluciones CONASEV Nºs. 025-99-EF/94.10 y 082-2000-EF/94.10, por el texto siguiente: "Articulo 7º.- El Comite requiere la concurrencia minima de tres (3) miembros para sesionar, aprobando sus decisiones por mayoria simple. En el caso de que algun miembro emita un MORDAZA disconforme o se abstenga de emitir opinion, este debera fundamentar su posicion, la misma que quedara sentada en el acta correspondiente". Articulo 4º.- Modifiquese el inciso g) del Articulo 9º del Estatuto del Comite de Proteccion al Accionista Minoritario aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 164-98-EF/94.10, modificado por las Resoluciones CONASEV Nºs. 025-99-EF/94.10 y 082-2000-EF/94.10, por el texto siguiente: "Articulo 9º.- Son funciones del Presidente del Comite: ... g) Informar trimestralmente al Directorio de CONASEV respecto de la gestion del Comite, los expedientes resueltos, asi como las resoluciones adoptadas; y, ...". Articulo 5º.- Sustituyase el inciso e) del Articulo 12º del Estatuto del Comite de Proteccion al Accionista Minoritario aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 164-98-EF/94.10, modificada por las Resoluciones CONASEV Nºs. 025-99-EF/94.10 y 082-2000-EF/94.10, por el texto siguiente: "Articulo 12º.- El Comite cuenta con un Secretario Tecnico que es el principal funcionario tecnico y administrativo del mismo. Sus funciones son las siguientes: ... e) Emitir opinion para ser considerada por el Comite respecto al cumplimiento de las obligaciones contenidas en la Ley Nº 26985, por parte de las sociedades anonimas abiertas...". Articulo 6º.- Deroguese el inciso g) del Articulo 12º del Estatuto del Comite de Proteccion al Accionista Minoritario aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 164-98-EF/94.10, modificada por las Resoluciones CONASEV Nºs. 025-99-EF/94.10 y 082-2000-EF/94.10. Articulo 7º.- Las disposiciones contenidas en la presente Resolucion seran de aplicacion en la tramitacion de las supervisiones que se efectuen a las sociedades anonimas abiertas por el cumplimiento del procedimiento de proteccion realizado a partir del ano 2003. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA EYZAGUIRRE MORDAZA Presidente 16382

INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA
Declaran Patrimonio Cultural de la Nacion a MORDAZA arqueologica ubicada en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 651/INC MORDAZA, 28 de agosto de 2003 VISTO, el Acuerdo Nº 370, tomado por la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia, en su Sesion Nº 23 de fecha 23 de MORDAZA de 2003; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado dependiente del Ministerio de Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno, responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la conservacion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", encarga al Instituto Nacional de Cultura la funcion de proteger y declarar Patrimonio Cultural arqueologico, historico y artistico, asi como las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del pais; Que, mediante el Acuerdo Nº 370, de fecha 23 de MORDAZA del 2003, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a la MORDAZA Arqueologica MORDAZA Chica, ubicada en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; Con las visaciones de la Direccion de Gestion, Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico y la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion, Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura y la Resolucion Directoral Nacional Nº 350/INC de fecha 26 de MORDAZA de 2003 que establece las funciones de la Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a la MORDAZA Arqueologica MORDAZA Chica, ubicada en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion de Registro y Catastro del Instituto Nacional de Cultura que establezca las acciones necesarias para la elaboracion del Plano de Delimitacion de la precitada MORDAZA Arqueologica con su respectiva Ficha Tecnica y Memoria Descriptiva. Articulo 3º.- Disponer la inscripcion en Registros Publicos y en el Sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condicion de Patrimonio Cultural de la Nacion de la MORDAZA Arqueologica mencionada en el Articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de la MORDAZA Arqueologica declarada "Patrimonio Cultural de la Nacion", debera contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 5º.- Transcribase la presente Resolucion a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 16435

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