Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2003 (10/09/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 10 de setiembre de 2003

Que, mediante Resolucion Municipal Nº 025-2003-C/ CPP del 16 de MORDAZA de 2003, el Concejo Municipal de MORDAZA acuerda, entre otros, capitalizar la Reserva Legal Especial obtenida el ano 2002 por la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de MORDAZA, por un monto de S/. 7 073 593.70 (Siete millones setentitres mil quinientos noventitres y 70/100 Nuevos Soles); Que, de conformidad con el articulo 62º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, en adelante Ley General, excepcionalmente y previa autorizacion de esta Superintendencia, las empresas del sistema financiero podran aumentar el capital social mediante otras modalidades diferentes al aporte en efectivo, capitalizacion de utilidades y reexpresion del capital; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "F" a traves de los Informes Nºs. 092-2003/OT-DESF "F" y 099-2003/OT-DESF "F", por la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 655-2003-LEG; y estando a lo opinado por la Superintendencia Adjunta de Banca; De conformidad con el Procedimiento Nº 44 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobado mediante Resolucion SBS Nº 131-2002 del 11 de febrero de 2002 por adecuacion a la Ley Nº 27444, cuya base legal es el articulo 62º de la Ley General; y en uso de las atribuciones conferidas por la precitada Ley; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de MORDAZA el aumento de su capital social por la capitalizacion de su Reserva Legal Especial por un monto de S/. 7 073 593.70 (Siete millones setentitres mil quinientos noventitres y 70/100 Nuevos Soles); y en consecuencia, autorizar la modificacion del articulo 6º de su Estatuto Social; y devuelvase la minuta que lo formaliza con el sello oficial de esta Superintendencia para su elevacion a Escritura Publica en la que se insertara el texto de la presente Resolucion para su inscripcion en el Registro Publico correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca y Seguros 16707

En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolucion SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar la inscripcion en el Registro del Sistema de Seguros - Seccion B: Personas Juridicas del Libro II De los Corredores de Seguros a la empresa INSURANCE BROKERS GROUP S.A.C. CORREDORES DE SEGUROS con matricula Nº J-0647, cuya representacion sera ejercida por el senor MORDAZA MORDAZA Parodi Trece con Nº de Registro N-2539. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Seguros 16676

Opinan favorablemente para que el Banco Internacional del Peru S.A.A. emita "Bonos Subordinados - Interbank - Primera Emision del Primer Programa de Bonos del Banco Internacional del Peru S.A.A."
RESOLUCION SBS Nº 1296-2003 MORDAZA, 4 de setiembre de 2003 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el Banco Internacional del Peru S.A.A. - Interbank, para que se le autorice la emision de bonos subordinados denominados "Bonos Subordinados - Interbank - Primera Emision del Primer Programa de Bonos del Banco Internacional del Peru S.A.A.Interbank", hasta por un monto de US$ 30 000 000,00 (treinta millones y 00/100 dolares americanos) o su equivalente en moneda nacional; y, CONSIDERANDO:

Autorizan inscripcion de empresa en el Registro del Sistema de Seguros
RESOLUCION SBS Nº 1278-2003 MORDAZA, 1 de setiembre de 2003 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el senor MORDAZA MORDAZA Parodi Trece para que se autorice la inscripcion de la empresa INSURANCE BROKERS GROUP S.A.C. CORREDORES DE SEGUROS en el Registro del Sistema de Seguros - Seccion B: Personas Juridicas del Libro II De los Corredores de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion SBS Nº 1058-99 de fecha 30 de noviembre de 1999, se establecio los requisitos formales para la inscripcion de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada MORDAZA administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Convocatoria Nº 11-2003-RIAS celebrada el 25 de MORDAZA de 2003, en concordancia con lo dispuesto en el articulo 9º del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha calificado y aprobado la inscripcion respectiva en el indicado Registro; y,

Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, en adelante Ley General, en su articulo 221º, numeral 14, faculta a las empresas a emitir y colocar bonos subordinados; Que, el articulo 232º de la Ley General establece que en la emision de instrumentos financieros, que tengan la condicion de valores mobiliarios y se emitan por oferta publica, la CONASEV procedera a inscribirlos en el Registro Publico del MORDAZA de Valores, previa opinion favorable expedida por Resolucion de esta Superintendencia y de la documentacion precisada en el articulo 18º de la Ley del MORDAZA de Valores; Que, en la Junta General de Accionistas del 31 de marzo de 2003, se acordo autorizar la emision y colocacion de la emision de bonos subordinados hasta por un valor de US$ 30 000 000,00 (treinta millones y 00/100 dolares americanos) o su equivalente en moneda nacional. Asimismo, la mencionada Junta General faculto de manera expresa al Gerente General, para que determine si los bonos a emitirse seran redimibles o no redimibles y al Directorio para que determine, si seran convertibles en acciones; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "D", el Departamento de Riesgos de MORDAZA y Liquidez, el Departamento de Analisis Financiero y el Departamento Legal a traves de los Informes Nº 045-OT/2003-DESF "D", Nº 036-2003-DERML, Nº 0312003-ASF y Nº 757-2003-LEG, respectivamente; y, con la opinion favorable de la Gerencia de Estudios Economicos, la Gerencia de Riesgos y las Superintendencias Adjuntas de Banca y de Asesoria Juridica;

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