Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (10/09/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 40

PÆg. 251086 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 10 de setiembre de 2003 Que, la Ley de Transparencia y Acceso a la Informa- ción Pública - Ley Nº 27806, modificada con la Ley Nº 27927, tiene por finalidad la de promover la transparen- cia de los actos del Estado y regular el derecho funda- mental del acceso a la información, consagrado en el numeral 5 del artículo 2º de la Constitución Política del Perú; Que, mediante la Resolución de Presidencia Nº 062- 2002-COFOPRI/PC y la Resolución de Gerencia Gene- ral Nº 021-2003-COFOPRI/GG, la COFOPRI designa a los responsables de entregar la información pública, así como de la elaboración y actualización del portal de trans- parencia de la entidad; Que, el artículo 4º del Reglamento de la Ley de Trans- parencia y Acceso a la Información Pública, aprobada con el Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, establece que la designación de los funcionarios responsables de entregar la información, así como de la elaboración y actualización del portal, se efectúa mediante resolución de la máxima autoridad de la entidad, la que será publica- da en el Diario Oficial El Peruano y colocada en un lugar visible de cada una de las sedes administrativas de la entidad; Que, conforme lo establece el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, re- sulta pertinente modificar la Resolución de Presidencia antes citada, a fin de adecuar la designación de los fun- cionarios, por haberse producido cambios en diversas Jefaturas; Con el visado de la Gerencia General y la Jefatura (e) de Asuntos Legales de la Gerencia de Asesoría Legal; Conforme a lo establecido en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento, y el artículo 8º, literal v), del Estatuto de la COFOPRI; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Modificar el artículo único de la Resolución de Presidencia Nº 062-2002-COFOPRI/PC, el mismo que queda redactado con el texto siguiente: "Designar a los funcionarios responsables de brindar la información que sea solicitada en virtud de lo dispues- to por la Ley Nº 27806, modificada con la Ley Nº 27927 y su Reglamento: Para el caso de la sede central de la COFOPRI y del Proyecto Derechos de Propiedad Urbana se designa al Econ. Richard Coz Vargas, Gerente de Presupuesto, y, alternativamente al Lic. Walker Del Águila Díaz, Gerente de Administración, de la COFOPRI. Para el caso de las Oficinas de Jurisdicción Ampliada de la Sede Central Lima; serán los Jefes de dichas Ofici- nas o el funcionario que cumpla dicha función: - Sr. Juan José Agüero Estremera, Jefe (e) de la Ofici- na de Jurisdicción Ampliada de la Sede Central Lima - Ciudad Cerro de Pasco. - Srta. Evelyn Tania Alvizuri Romaní, Jefe de la Ofici- na Especial de Formalización de Asentamientos Huma- nos y Adjudicación de Predios del ámbito de Jurisdicción Ampliada de Lambayeque y Jaén. - Sr. Gonzalo José Blanco Oyola, Jefe de la Oficina de Jurisdicción Ampliada de la Sede Central Lima - Ciu- dad Arequipa. - Sr. Miguel Ángel Calderón Lama, Jefe de la Oficina de Jurisdicción Ampliada de la Sede Central Lima - Ciu- dad Huamanga, Huanta, La Mar, Cangallo, Parinacochas, Paúcar del Sara Sara, Fajardo, Huancasancos, Vilcas- huamán y Sucre. - Sr. Wilder Alejandro Gil Mahuanca, Jefe de la Ofici- na de Jurisdicción Ampliada de la Sede Central Lima - Ciudad Coronel Portillo, Padre Abad y Atalaya. - Sra. Flor Suárez Landa, Jefe (e) de la Oficina de Jurisdicción Ampliada de la Sede Central Lima - Ciudad Ica. - Sr. Raúl Málaga Gamarra, Jefe de la Oficina de Ju- risdicción Ampliada de la Sede Central Lima - Ciudad Tacna, Tarata y Jorge Basadre y para la Ciudad Moque- gua. - Sr. Ais Jesús Tarabay Yaya, Jefe de la Oficina de Jurisdicción Ampliada de la Sede Central Lima - CiudadSanta, Casma, Huarmey, Pallasca, Huaraz, Yungay y Carhuaz. - Sr. George Otsu Sánchez, Jefe de la Oficina de Ju- risdicción Ampliada de la Sede Central Lima - Ciudad Loreto. - Sra. Sonia Iliana Minaya Taboada, Jefe de la Oficina de Jurisdicción Ampliada de la Sede Central - Lima - Ciu- dad Trujillo, Ascope, Pacasmayo, Virú y Chepén, Otuzco y Gran Chimú. - Sra. Yanira Rodríguez Gil, Jefe de la Oficina de Ju- risdicción Ampliada de la Sede Central Lima - Ciudad Huancayo, Jauja, Concepción, Chupaca, Junín y Satipo. - Sr. Luis Bellota Farfán, Jefe (e) de la Oficina de Ju- risdicción Ampliada de la Sede Central Lima - Ciudad Piura, Talara, Sullana, Paita, Morropón, Sechura, Con- tralmirante Villar y Zarumilla". Artículo Segundo.- Designar al Ing. César Cisneros Vargas, Gerente de Sistemas, como responsable de la elaboración y actualización del portal de transparencia de la Comisión de Formalización de la Propiedad Infor- mal y del Proyecto Derechos de Propiedad Urbana. Regístrese, comuníquese y publíquese.FAUSTO HUMBERTO ALVARADO DODERO Ministro de Justicia Presidente de la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal 16653 CONSUCODE Sancionan a persona jurídica con sus- pensión en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCIÓN Nº 752/2003.TC-S2 Sumilla. Corresponde aplicar sanción administrativa por la causal prevista en el inciso b) del ar- tículo 205º del Reglamento, al demostrarse que el contratista incurrió en incumplimien- to de obligaciones necesarias para la eje- cución del contrato, habiendo la Entidad cumplido el procedimiento para la resolu- ción del contrato. Lima, 3 de setiembre de 2003 Visto, en sesión de la Segunda Sala Mixta del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, del 02.09.2003, el Expediente Nº 578/2003.TC, referido al pro- cedimiento de aplicación de sanción a ALERTA PERUA- NA S.R.L., por incumplimiento de obligaciones contrac- tuales, derivado del contrato Nº KOOO-NA-2002-144 sus- crito con el Banco Central de Reserva del Perú- Sucursal Puno, para la contratación del “Servicio de Vigilancia y Protección de Locales”, y atendiendo a los siguientes; ANTECEDENTES: 1. El 30.07.02, las partes celebran el contrato K000- NA-2002-144 por el servicio de la referencia por el monto anual ascendente a S/. 143 549,76 Nuevos Soles. 2. El 23.05.03, la Entidad, mediante Carta G700-LE- 2003-266, con certificación notarial de entrega, requiere al contratista la renovación de su inscripción en el Regis- tro Nacional de Empresas y Entidades que brindan Ser- vicios de Intermediación Laboral y para que le presente el documento respectivo le otorga “un plazo no superior a las 48 horas contadas a partir de la fecha de recepción de la presente, una copia de la constancia de inscripción que acredite la vigencia de la inscripción hasta la fecha