Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2003 (10/09/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 10 de setiembre de 2003

VISTOS; el Expediente Administrativo Nº 65505 del 15 de enero del 2003, organizado por la Universidad Continental de Ciencias e Ingenieria, para solicitar la aprobacion del Reglamento de MORDAZA y Titulos de la Universidad; el Informe Nº 042-2003-CONAFU-AEP del 18 de marzo del 2003 del Jefe del Area de Evaluacion Permanente; el Oficio Nº 227-2003-CONAFU-P del 25 de marzo del 2003; el Expediente Nº 69316 del 7 de MORDAZA del 2003; el Informe Nº 069-2003-CONAFU-AEP del 11 de MORDAZA del 2003; la Resolucion Nº 093-2003-CONAFU-P del 10 de MORDAZA del 2003; el Expediente Nº 70535 del 15 de MORDAZA del 2003; el Memorandum Nº 211-2003-CONAFUP del 14 de MORDAZA del 2003; el Informe Nº 108-2003-CONAFU-CEAA del 19 de MORDAZA del 2003; el Oficio Nº 4692003-CONAFU-P del 25 de MORDAZA del 2003; el Expediente Nº 71303 del 3 de junio del 2003; el Expediente Nº 71668 del 12 de junio del 2003; el Informe Nº 135-2003CONAFU-AEP del 8 de MORDAZA del 2003; el Acuerdo Nº 2132002-CONAFU de la Sesion Ordinaria del 28 de agosto del 2003; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 se crea el Consejo Nacional para la Autor izacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como organo MORDAZA, teniendo como atribucion: la de evaluar en forma permanente y durante el tiempo que estime conveniente el funcionamiento de las universidades hasta autorizar o denegar su funcionamiento definitivo, asi como elaborar la reglamentacion que senale los requisitos, procedimientos y plazos, para la autorizacion provisional o definitiva de su funcionamiento, previa verificacion del cumplimiento efectivo de los requisitos y condiciones establecidas en la Ley; Que, para la obtencion de un grado academico o titulo profesional en una Universidad con Autorizacion Provisional de Funcionamiento, los discentes deberan concluir en forma satisfactoria los estudios correspondientes, y, la Universidad debera contar con el Reglamento de MORDAZA y Titulos aprobado por el CONAFU; Que, con documento de Vistos, la Universidad Continental de Ciencias e Ingenieria solicita al CONAFU, la aprobacion del Reglamento de MORDAZA y Titulos de la Universidad, Reglamento que luego de su evaluacion ha merecido observaciones subsanables, las que han sido superadas por la Universidad, a traves de la MORDAZA de una MORDAZA version definitiva, elaborada en base al Estatuto y el Reglamento General de la Universidad, conforme dispone la Resolucion Nº 102-2001-CONAFU del 24 de MORDAZA del 2001; Que, con Resolucion Nº 093-2003-CONAFU del 13 de MORDAZA del 2003, se reservo la aprobacion del Reglamento de MORDAZA y Titulos de la Universidad, hasta que esta cumpla con presentar y se evalue su MORDAZA Informe de Autoevaluacion; Que, con Informe Nº 135-2003-CONAFU-AEP del 8 de MORDAZA del 2003, el Jefe del Area de Evaluacion Permanente del CONAFU, informa que revisado el expediente presentado por la Universidad, en el que se ha cumplido con introducir las observaciones establecidas por el Consejero de Evaluacion y Asuntos Academicos y se ha cumplido lo dispuesto por la Resolucion Nº 093-2003-CONAFU, por lo que procede su aprobacion; Estando a lo expuesto, en concordancia con el literal g) del articulo 2º de la Ley Nº 26439; los articulos 18º, 29º y 62º de la Ley Nº 23733 "Ley Universitaria; los articulos 7º y 10º del Reglamento de Funcionamiento y Evaluacion Periodica de Universidades con Autorizacion Provisional de Funcionamiento, el Estatuto y Reglamento General del CONAFU, el Acuerdo Nº 213-2003-CONAFU del 28 de agosto del 2003 y en uso de las facultades conferidas por el literal c) del Art. 16º del Reglamento General; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DEJAR sin efecto la Resolucion Nº 0932003-CONAFU del 13 de MORDAZA del 2003. Articulo 2º.- APROBAR el Reglamento de MORDAZA y Titulos de la Universidad Continental de Ciencias e Ingenieria, que consta de 45 articulos distribuidos en X Titulos; 1 Disposicion Transitoria y 5 Anexos, que como documento Anexo forma parte de la presente.

Articulo 3º.- REMITASE copias a las instancias correspondientes para los fines de ley. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA Presidente MORDAZA MORDAZA ANASCO Secretario General 16674

BANCO CENTRAL DE RESERVA
Autorizan contratacion mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia, de servicios de calificacion de riesgos de instituciones emisoras de certificados de deposito y bancarias en el exterior
RESOLUCION DE EXONERACION Nº GG-015-2003 MORDAZA, 8 de setiembre del 2003 VISTOS: El Informe Tecnico Nº H110-YA-2003-030 del 31 de MORDAZA de 2003, emitido por el Departamento de Analisis de MORDAZA y Programacion de la Gerencia de Operaciones Internacionales, en el que se concluye que Moody's Investors Service es el unico proveedor que en forma oportuna y confiable puede proporcionar sus propios calificativos de riesgo asignados a emisores o instituciones bancarias del exterior donde se invierte; El Memorandum Nº K000-MA-2003-859 de la Oficina Legal del 25 de agosto del 2003, en el que se opina que la renovacion de la suscripcion a la informacion que sobre riesgos provee la citada empresa debe efectuarse mediante un MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia, ya que se trata de un servicio que no admite sustituto; CONSIDERANDO QUE: El Banco requiere renovar por el periodo de un ano la suscripcion a los servicios de calificacion de riesgo de instituciones emisoras de certificados de deposito y bancarias del exterior, por ser herramientas indispensables para el manejo de las reservas internacionales, que permiten al Banco disponer de los estados financieros y los calificativos de riesgos que se le asignan a cada institucion, con la opinion y analisis que sustentan los mismos; incluyendo ademas alertas diarias sobre la evolucion futura de los bancos y la probable modificacion de sus calificativos; En el informe tecnico del exordio se senala que es necesario suscribirse al servicio de calificacion de riesgos que presta la empresa extranjera Moody's Investors Service, a fin de cumplir con la metodologia aprobada por el Directorio del Banco para el establecimiento de relaciones de tesoreria y determinacion de limites de depositos con bancos corresponsales del exterior y bancos emisores de certificados de deposito; En el aludido informe tecnico, asi como en el informe legal, tambien se indica que el servicio que presta la precitada empresa no admite sustituto, toda vez que consiste en calificativos de riesgos e informes sobre el estado financiero de determinada institucion que emana de un analisis particular; El MORDAZA juridico en el que se realizan las contrataciones del Banco Central para la adquisicion de bienes o para la contratacion de servicios, esta determinado por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, (Decreto Supremo Nº 0122001-PCM), su Reglamento (Decreto Supremo Nº 0132001-PCM) y normas modificatorias; De acuerdo con el inciso f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, estan exoneradas del MORDAZA de ad-

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