NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (13/09/2003)
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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G31/G32/G37/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 13 de setiembre de 2003 Visto el Oficio Nº 374/2003/DE-SG/PROINVERSIÓN, del Director Ejecutivo de PROINVERSIÓN. CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema Nº 536-2001-EF, se incorporó al proceso de promoción de la inversión pri-vada a cargo de PROINVERSIÓN, el Proyecto Playa Hermosa, siendo su Plan de Promoción aprobado me- diante Resolución Suprema Nº 335-2002-EF de fecha 10de diciembre de 2002; Que, el artículo 22º del Decreto Supremo Nº 001-2003- MINCETUR, Reglamento de la Ley del Proyecto PlayaHermosa - Tumbes, establece que PROINVERSIÓN es la entidad encargada de la promoción de las inversiones privadas dentro de la Zona de Desarrollo del Proyecto; Que, el Primer Vicepresidente de la República y Minis- tro de Comercio Exterior y Turismo, mediante Oficio Nº 607-2003-MINCETUR/DM, ha señalado la necesidad deque PROINVERSIÓN realice una campaña de promoción del Proyecto Turístico Playa Hermosa en la República del Ecuador; Que, del 14 al 20 de septiembre de 2003, en las ciuda- des de Loja, Cuenca, Quito y Guayaquil, PROINVERSIÓN con el apoyo de las misiones diplomáticas del Perú enEcuador, efectuará presentaciones sobre las caracte- rísticas, posibilidades y oportunidades del Proyecto Tu- rístico Playa Hermosa a fin de promover dicho proyectoentre potenciales inversionistas ecuatorianos, así como para promover e incentivar la inversión privada en otros proyectos de desarrollo turístico y hotelero en nuestropaís; Que, en tal sentido es necesario la participación del Coordinador en Asuntos Turísticos de PROINVERSIÓN,señor John Schuler Rauch; Que, en consecuencia, es necesario exceptuar de la prohibición establecida en el Decreto de Urgencia Nº 017-2003, el viaje del mencionado funcionario, debiendo el Ministerio de Economía y Finanzas asumir, con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de pasajes yviáticos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el artículo 18º de la Ley Nº 27879, el Decreto SupremoNº 047-2002-PCM y el artículo 2º del Decreto de Urgen- cia Nº 017-2003; y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje del señor John Schuler Rauch, representante de la Agencia de Promo- ción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, a las ciuda-des de Loja, Cuenca, Quito y Guayaquil, República del Ecua- dor, del 14 al 20 de septiembre de 2003, para los fines ex- puestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupues- to de la Unidad Ejecutora 007 - Agencia de Promoción dela Inversión Privada del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 465,29 Viáticos : US$ 1 400,00 Artículo 3º.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cual- quier clase o denominación a favor del funcionario cuyoviaje se autoriza. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros ypor el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Economía y Finanzas 17044ENERGÍA Y MINAS /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/GF3/G6E/G20/G74/G65/G6D/G70/G6F/G72/G61/G6C/G20/G61/G20/G43/G6F/G6D/G70/G61/G2D /GF1/GED/G61/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G6D/G69/G73/G6F/G72/G61/G20/G41/G6E/G64/G69/G6E/G61/G20/G53/G2E/G41/G2E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G64/G65/G2D /G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G61/G72/G20/G65/G73/G74/G75/G64/G69/G6F/G73/G20/G72/G65/G6C/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G64/G6F/G73/G20/G63/G6F/G6E/G20/G6C/G61 /G61/G63/G74/G69/G76/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G65/G6E/G65/G72/G67/GED/G61/G65/G6C/GE9/G63/G74/G72/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 370-2003-MEM/DM Lima, 8 de setiembre de 2003 VISTO: El Expediente Nº 24128903, sobre concesión temporal para desarrollar estudios relacionados con la transmisión de energía eléctrica de las futuras instala- ciones de la línea de transmisión de 138 kV SE Motil - SEAlto Chicama, iniciado por Compañía Transmisora Andi- na S.A., persona jurídica inscrita en el Asiento Nº 1-A, Ficha Nº 145252 del Libro de Sociedades del Registro dePersonas Jurídicas de Lima; CONSIDERANDO:Que, Compañía Transmisora Andina S.A., ha presen- tado solicitud sobre otorgamiento de concesión temporalpara realizar estudios sobre transmisión de energía eléc- trica de las futuras instalaciones de la línea de transmi- sión de 138 kV SE Motil - SE Alto Chicama, al amparo delo dispuesto por el artículo 30º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 009-93-EM; Que, las futuras instalaciones de la línea de transmi- sión de 138 kV SE Motil - SE Alto Chicama, estarán ubi- cadas en los distritos de Agallpampa, Quiruvilca y Julcánde las provincias de Otuzco, Santiago de Chuco y Jul- cán, respectivamente, del departamento de La Libertad, en las zonas comprendidas dentro de las coordenadasUTM que figuran en el expediente; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la empresa solicitanteha cumplido con los requisitos establecidos en el Regla- mento de la Ley de Concesiones Eléctricas, ha emitido el Informe Nº 135-2003-EM/DGE; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctri- cas y el artículo 36º del Reglamento de la Ley deConcesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar concesión temporal a Compañía Transmisora Andina S.A., que se identificará con Código Nº 24128903 para desarrollar estudios relacionados conla actividad de transmisión de energía eléctrica de las futuras instalaciones de la línea de transmisión de 138 kV SE Motil - SE Alto Chicama, por un plazo de dos (2)años a partir de la vigencia de la presente Resolución Ministerial y que estarán ubicadas en los distritos de Agallpampa, Quiruvilca y Julcán de las provincias de Otuz-co, Santiago de Chuco y Julcán, respectivamente, del departamento de La Libertad. Artículo 2º.- Los estudios que se realizarán al ampa- ro de la presente concesión temporal, comprenderán las zonas delimitadas por las coordenadas UTM que figuran en el expediente, con las características que aparecenen el cuadro siguiente: Salida / Llegada de Tensión Nº de ternas Longitud la línea de transmisión (kV) (km.) SE Motil - SE Alto Chicama 138 01 40 Artículo 3º.- El concesionario está obligado a desa- rrollar los estudios, respetando las normas técnicas y de seguridad; preservando el medio ambiente y salva- guardando el Patrimonio Cultural de la Nación; así comoal cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y demás normas legales pertinentes.