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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (13/09/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 28

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G31/G32/G39/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 13 de setiembre de 2003 REGLAMENTO DEL SISTEMA DE SEGUIMIENTO SATELITAL SISESAT OBJETIVOS Artículo 1º .- Son objetivos generales del Reglamen- to del Sistema de Seguimiento Satelital - SISESAT, los siguientes: 1.1 Adoptar medidas de ordenamiento pesquero y aprovechamiento responsable de los recursos hidrobio- lógicos. 1.2 Complementar las acciones de seguimiento, con- trol y vigilancia de las actividades extractivas. 1.3 Preservar los recursos hidrobiológicos cuyo eco- sistema se desarrolla dentro de la zona reservada de las cinco millas marinas o en zonas que el Ministerio de la Producción establezca como restringidas. 1.4 Obtener los medios probatorios necesarios para iniciar, de ser el caso, los respectivos procedimientos san- cionadores. ÁMBITO DE APLICACIÓN Artículo 2º .- El presente Reglamento será de aplica- ción a: 2.1 Las embarcaciones pesqueras de mayor escala de bandera nacional y extranjera con permisos de pesca vigentes otorgados por el Ministerio de la Producción,salvo los casos de aquellas dedicadas a la extracción de recursos hidrobiológicos altamente migratorios que ex- presamente se excluyan en el reglamento de ordenamien-to pesquero correspondiente. 2.2 Las embarcaciones de madera con permiso de pesca vigente al amparo de la Ley Nº 26920 y sus res-pectivas normas complementarias. CARACTERÍSTICAS Y ESPECIFICACIONES TÉCNI- CAS DEL SISESAT Artículo 3º .- El Sistema de Seguimiento Satelital en adelante denominado SISESAT, será administrado por el Ministerio de la Producción en adelante denominado el Ministerio, debiendo tener las siguientes especificacio-nes técnicas mínimas: 3.1 Descripción de Mensajes Nave - Ministerio 3.1.1 Mensajes de posición: Se emitirán de forma au- tomática, operando fuera de puerto cada sesenta (60)minutos y cada seis (6) horas durante la permanencia en un puerto autorizado, debiendo contener la siguiente in- formación: a) Fecha y hora de la posición determinado por el GPS. b) Identificación del transmisor (ID).c) Longitud y latitud (con una precisión de +/- 100 m.) determinada por el GPS. d) Velocidad determinada por el GPS.e) Rumbo determinado por el GPS. 3.1.2 Mensajes cor tos: Se emitirán en cualquier mo- mento y podrán contener la siguiente información: a) Fecha y hora del mensaje determinado por el GPS. b) Identificación del transmisor (ID). c) Longitud y latitud (con una precisión de +/- 100 m.) determinada por el GPS. d) Mensaje corto codificado (opciones del 1 al 246, cuyo significado será determinado oportunamente por el Ministerio). 3.1.3 Mensajes de aler ta: Se emitirán en cualquier momento al detectarse el hecho, en forma automática ypodrán contener la siguiente información: a) Fecha y hora del mensaje determinado por el GPS. b) Identificación del transmisor (ID). c) Longitud y latitud (con una precisión de +/- 100 m.) determinada por el GPS. d) Mensaje corto codificado (opciones del 247 al 256, cuyo significado será determinado oportunamente por el Ministerio).3.2 Descripción de Mensajes Ministerio - Nave 3.2.1 Mensajes de pedido de posición actual instan- tánea: Se emitirán en cualquier momento, consistirán en un código para solicitar al transmisor el envío de un men- saje estándar de la posición actual de la embarcación. 3.2.2 Mensajes de cambio de inter valo de transmi- sión: Se emitirán en cualquier momento, consistirán en un código para comunicar un nuevo intervalo de transmi- sión entre quince (15) minutos y veinticuatro (24) horas. 3.2.3 Mensajes cor tos codificados: Se emitirán en cualquier momento, debiendo contener la siguiente infor- mación: a) Fecha y hora del mensaje. b) Mensaje corto codificado (opciones del 1 al 246, cuyo significado será determinado oportunamente por el Ministerio). 3.3 Tiempos 3.3.1 De manera estándar los mensajes de posición deberán ser enviados al Centro de Control (Ministerio) cada sesenta (60) minutos, mientras que la embarcación pesquera está fuera de puerto y cada seis (6) horas cuan-do la embarcación pesquera se encuentre dentro de un puerto autorizado por el Ministerio. 3.3.2 El tiempo máximo en el que el 95% de los men- sajes deberá llegar desde el punto de emisión al punto de destino (Nave - Ministerio o viceversa) deberá ser menor a treinta (30) minutos. 3.3.3 El transmisor deberá ser capaz de ser reprogra- mado de forma remota, a transmitir en intervalos entre quince (15) minutos y veinticuatro (24) horas a solicitud,desde el Centro de Control (Ministerio). 3.4 Medios de Transmisión 3.4.1 Desde el transmisor a la estación terrena, por satélite y desde la estación terrena al Centro de Control(Ministerio) por vía Internet (correo electrónico). 3.4.2 Se deberá usar algún sistema de encriptación para la seguridad de los datos. 3.5 Equipo a Bordo 3.5.1 Deberá ser compatible con el medio marino y de bajo consumo de energía. 3.5.2 Deberá transmitir en forma automática un men- saje de posición cada sesenta (60) minutos cuando se encuentre fuera de puerto y uno cada seis (6) horas cuan- do se encuentre dentro de un puerto autorizado por elMinisterio. 3.5.3 Deberá ser capaz de ser reprogramado remota- mente desde el Centro de Control, para transmitir men-sajes automáticos de posición a intervalos entre quince (15) minutos y veinticuatro (24) horas. 3.5.4 El GPS, transmisor y batería interna, deberán estar protegidos por una misma cubierta (no accesible por usuario). 3.5.5 La batería interna deberá tener una autonomía mínima de cuarentiocho (48) horas y se recargará desde un panel solar y/o generador principal de la embarcación pesquera. Es obligatorio contar con el panel solar. 3.5.6 En caso de desconexión o bloqueo de la antena transmisora, el equipo a bordo deberá almacenar de ma- nera automática la fecha, hora y posición de inicio del he-cho y ser transmitidas automáticamente al reconectarse o desbloquearse la antena transmisora, junto con otro men- saje indicando la nueva fecha, hora y posición actual. 3.5.7 Deberá ser capaz de detectar y enviar inmedia- tamente un mensaje corto codificado de alarma, en cual- quiera de los siguientes casos: 3.5.7.1 Apagado del equipo a bordo. 3.5.7.2 Encendido del equipo a bordo.3.5.7.3 Apertura de la cubierta de protección. 3.5.7.4 Cerrado de la cubierta de protección. 3.5.7.5 Conexión o desbloqueo de antena transmiso- ra (dos mensajes). 3.5.7.6 Mal funcionamiento interno (GPS o batería). 3.5.7.7 Desconexión de alimentación eléctrica ex- terna. 3.5.7.8 Conexión de alimentación eléctrica externa. 3.5.7.9 Cambio del lugar de instalación física original