NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (13/09/2003)
CANTIDAD DE PAGINAS: 80
TEXTO PAGINA: 16
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G31/G32/G37/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 13 de setiembre de 2003 na General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Inte- rior; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52º de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 26574 - "Leyde Nacionalidad", el Decreto Legislativo Nº 370 - "Ley Orgánica del Ministerio del Interior", el artículo 10º del Reglamento de la Ley de Nacionalidad aprobado porDecreto Supremo Nº 004-97-IN del 23 de mayo de 1997 y su modificatoria aprobada por Decreto Supremo Nº 010- 2002-IN del 13 de agosto de 2002, el Texto Único de Pro-cedimientos Administrativos del Ministerio del Interior en lo relativo a la Dirección General de Migraciones y Natu- ralización aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-IN del 22 de julio del 2002; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Conceder la nacionalidad peruana a don Ghaleb J-J. SANSOUR HADADIN e inscribirlo en el re-gistro respectivo. Artículo 2º.- Extender al interesado el Título de Naturali- zación correspondiente, previa presentación del documentopúblico en la que conste la renuncia a su nacionalidad reali- zada ante la autoridad competente de su país de origen. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FERNANDO ROSPIGLIOSI C. Ministro del Interior 16927 /G41/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G6E/G20/G69/G6E/G6D/G75/G65/G62/G6C/G65/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G70/G72/G6F/G2D /G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G75/G6A/G69/G6C/G6C/G6F/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G4E/G50 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1570-2003-IN-1101 Lima, 8 de septiembre del 2003 VISTO, el Oficio Nº 5446-2003-DIRGEN-PNP/SG de fecha 4.JUL.03, con el cual la Dirección General de la Policía Nacional, solicita la adjudicación del inmueble in- cautado por Tráfico Ilícito de Drogas ubicado en la aveni-da Túpac Amaru Nº 835, urbanización Primavera, provin- cia de Trujillo, departamento de La Libertad; CONSIDERANDO: Que, el inmueble tipo casa-habitación ubicado en la avenida Túpac Amaru Nº 835, urbanización Primavera, provincia de Trujillo, depa rtamento de La Libertad, fue incautado en el proceso seguido a José Tito LÓPEZ PA-REDES, por el delito de Tráfico Ilícito de Drogas y asig- nado a la III Región PNP - La Libertad, hoy III - Dirección Territorial de Policía - Trujillo, para uso del servicio oficial; Que, el citado inmueble se encuentra decomisado a favor del Estado a mérito de la Sentencia Condenatoria de fecha 10.DIC.97 de la Sala Penal Especializada en delitos de Tráfi-co Ilícito de Drogas de la Corte Superior de Justicia de Lima, Ejecutoria de fecha 23.ENE.98 expedida por la Corte Supre- ma de Justicia de la República y Resolución de fecha 19.A-GO.98 expedida por la Sala Penal Especializada en delitos de Tráfico Ilícito de Drogas de la Corte Superior de Justicia de Lima, medida que se encuentra inscrita en la Ficha Regis-tral Nº 00048276 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de la Región La Libertad, siendo pertinente adjudicarlo a favor de la entidad asignataria para que conti-núe en uso del servicio oficial; Estando a lo propuesto por la Oficina Ejecutiva de Con- trol de Drogas (OFECOD) y a lo opinado por la Oficina Gene-ral de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con lo dispuesto en el Art. 70º del D.L. Nº 22095 sustituido por el Art. 7º del D.L. Nº 22926; Art. 2º delD.S. Nº 039-94-JUS y Art. 19º del D.S. Nº 154-2001-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- ADJUDICAR a favor del Ministerio del Interior - Policía Nacional del Perú - III - DIRTEPOL - Tru-jillo, el inmueble tipo casa-habitación ubicado en la ave-nida Túpac Amaru Nº 835, urbanización Primavera, pro- vincia de Trujillo, departamento de La Libertad, por plazo indeterminado y a condición de que continúe en uso del servicio oficial. Artículo 2º.- La entidad adjudicataria deberá proce- der a la inscripción del inmueble en el Margesí de Bienes de la Superintendencia de Bienes Nacionales del Minis-terio de Economía y Finanzas. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Dirección General de la Policía Nacionaldel Perú, a la Oficina General de Administración del Mi- nisterio del Interior y Superintendencia de Bienes Nacio- nales del Ministerio de Economía y Finanzas para cono-cimiento y fines pertinentes. Artículo 4º.- Por mérito de la presente Resolución, la entidad adjudicataria deberá inscribir la transferencia dedominio del mencionado inmueble, en la Oficina Regis- tral correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ROSPIGLIOSI C. Ministro del Interior 16918 /G43/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G79/G65/G6E/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G2D /G64/G61/G20/G64/G65/G20/G66/G6F/G72/G6D/G75/G6C/G61/G72/G20/G70/G72/G6F/G70/G75/G65/G73/G74/G61/G20/G6E/G6F/G72/G6D/G61/G74/G69/G76/G61/G70/G61/G72/G61/G20/G72/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G20/G6C/G61/G20/G4C/G65/G79/G20/G4E/GBA/G20/G32/G38/G30/G32/G32/G2C/G20/G4C/G65/G79/G71/G75/G65/G20/G63/G72/G65/G61/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G66/G6F/G72/G2D /G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G50/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G73/G20/G44/G65/G73/G61/G70/G61/G72/G65/G63/G69/G64/G61/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1579-2003-IN Lima, 10 de setiembre del 2003CONSIDERANDO: Que, el artículo 1º de la Ley Nº 28022 de fecha 19 de junio del 2003, crea el Registro Nacional de Información de Personas Desaparecidas en el Ministerio del Interior; Que, el referido Registro tiene como objetivos centrali- zar y organizar la información de todo el país en una base de datos que contenga información unificada acerca deaquellas personas desaparecidas, así como de aquellos que se encuentren en establecimientos de atención, res- guardo, detención o internación y de aquellos que fueronlocalizados; Que, es necesario reglamentar la Ley en mención, de conformidad con lo señalado en su artículo 7º; Lo establecido en la Ley del Poder Ejecutivo - Decreto Legislativo Nº 560 y en la Ley Orgánica del Ministerio del Interior - Decreto Legislativo Nº 370; y, Estando a lo propuesto; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Constituir una Comisión Especial encar- gada de formular una propuesta normativa que sirva comobase para reglamentar la Ley Nº 28022 Ley que crea el Registro Nacional de Información de Personas Desapa- recidas; conformada por las siguientes personas: - El Viceministro del Interior, quien la preside. - El Secretario Permanente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos del Ministerio del Interior. - Un representante del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial. - El Jefe del Comité de Asesoramiento de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y, - El Jefe de la División de Personas Desaparecidas de la Dirección de Investigación Criminal de la PolicíaNacional del Perú. Artículo 2º.- La Comisión Especial constituida a mé- rito del artículo 1º de la presente Resolución, podrá invi- tar a sus sesiones a representantes de la Defensoría delPueblo, Comité Internacional de la Cruz Roja, Ministerio Público, Fundación Peruanos Desaparecidos, así como de otras organizaciones o profesionales especializadosen el tema a reglamentar.