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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ABRIL DEL AÑO 2004 (15/04/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 56

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G36/G36/G34/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 15 de abril de 2004 Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú en su Artículo 191º, modificada por Ley Nº 27680, señala que los Gobier- nos Regionales tienen Autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia. La Es-tructura Orgánica básica de estos gobiernos la conformanel Consejo Regional como órgano normativo y fiscalizadory el Presidente como órgano ejecutivo; Que, el Artículo 192º de la misma carta magna enuncia en su inciso 6): Dictar las normas inherentes a la Gestión Regional y en el inciso 7): Promover y regular actividadesy/o servicios en materia de salud... y medio ambiente; Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentrali- zación dentro de sus objetivos a nivel ambiental, en el Artí-culo 6º, dispone enfoques de la sostenibilidad del desarro- llo, gestión sostenible de los recursos naturales y mejora- miento de la calidad ambiental; Coordinación y concerta-ción interinstitucional y participación ciudadana en todoslos niveles del Sistema Nacional de Gestión Ambiental yen el marco de los Lineamientos de Política Ambiental Na-cional establecidos en el D.S. Nº 022 - 2001- PCM; Que, la política ambiental en la Región Ancash se en- marca en el concepto de Desarrollo Humano Sosteniblemediante un manejo prudente del patrimonio natural condecisiones de bienestar a las futuras generaciones; Que, la elevación de la calidad de vida de la población de Ancash requiere, entre otros aspectos, contar con una efi- caz y eficiente gestión ambiental, expresada en un manejo racional y sostenible de sus recursos naturales, en una mi-nimización y control de los impactos ambientales derivadosde las actividades productivas y en una participación clara yconsciente de sus instituciones y su población; Que, se entiende por Gestión Ambiental al proceso orientado a administrar con la mayor eficiencia posible los recursos y problemas ambientales existentes en un deter-minado territorio, buscando la mejora de la calidad de lavida de sus habitantes dentro de un enfoque de desarrollosostenible; Que, la gestión ambiental no es responsabilidad sólo de una institución o del Gobierno. Los protagonistas que intervienen en la generación de los problemas y en la bús-queda de soluciones a los mismos son múltiples y diver-sos. Es irrefutable, entonces, que si se desea impulsar unacorrecta gestión ambiental, se requiera la participaciónconcertada de todos que en alguna medida asumen una cuota de responsabilidad en la generación de los proble- mas o en la solución de los mismos; Que, las funciones ambientales a cargo de las entida- des señaladas en la presente norma, se ejercen en formacoordinada, descentralizada y desconcentrada con suje-ción a la política nacional y regional ambiental así como a las normas, instrumentos y mandatos de carácter transec- torial, que son de observancia obligatoria en los distintosámbitos y niveles de gobierno; Que, el carácter transectorial de la gestión ambiental implica que la actuación de las autoridades regionales concompetencias y responsabilidades ambientales se orien- ta, integra, estructura, coordina y supervisa, con el objeto de efectivizar la dirección de las políticas, planes, progra-mas y acciones públicas hacia el desarrollo sostenible dela Región y del país; Que, para coadyuvar al éxito de una gestión ambiental regional se requiere establecer algunas premisas claras en torno a: a. Cuáles son los principios básicos de la gestión am- biental (Política Ambiental de la Región). b. Qué se desea obtener (Plan y Agenda Ambiental).c. Cómo lograr las metas planteadas (Sistema Regio- nal de Gestión Ambiental - SRGA). Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales en su Artículo 9º inciso j), dispone que losGobiernos Regionales, dentro de su competencia consti-tucional, pueden dictar las normas inherentes a la gestión ambiental; Que, el Artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece las atribuciones delConsejo Regional;Que, el Artículo 53º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en las funciones que ejercen losGobiernos Regionales en materia ambiental y ordenamientoterritorial, en sus incisos a) y b) dice: formular, aprobar,ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planesy políticas en materia ambiental; Implementar el Sistema Regional de Gestión Ambiental, en coordinación con las Comisiones Ambientales Regionales; Por las consideraciones expuestas se ha aprobado la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Aprobar la Política Ambiental Regio- nal de la Región Ancash, que forma parte de la presenteordenanza regional. Artículo Segundo.- Aprobar el Plan de Acción Ambien- tal Regional al 2010 y la Agenda Ambiental Regional 2004 - 2005, los mismos que forman parte de la presente orde- nanza regional. Artículo Tercero.- Aprobar el Sistema Regional de Gestión Ambiental que consta de: VIII Títulos y 21 Artí-culos, el que incluye en el Título VIII, el Sistema Regio-nal de Información Ambiental de Ancash, en concordan- cia con la Estructura Orgánica y el ROF de la Región Ancash, modificada mediante Ordenanza Nº 001 - 2004-GRA/CR que forma parte de la presente ordenanza re-gional. Artículo Cuarto.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional al Presidente del Gobierno Regional y al Gerente de Recursos Naturales y Gestión de Medio Ambiente, así como su difusión. Artículo Quinto.- El Ejecutivo reglamentará el proce- so de implementación del Sistema Regional de GestiónAmbiental de la Región Ancash, en un plazo de 90 díascon la participación activa de la Comisión Ambiental Re- gional Sierra Ancash, la Comisión Ambiental Regional Costa Ancash, la Comisión de Recursos Naturales y Gestión deMedio Ambiente del Consejo Regional, y el Consejo Na-cional del Ambiente - CONAM. Artículo Sexto.- La presente norma entrará en vigen- cia al siguiente día de su publicación conforme a Ley. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regio- nal de Ancash para su promulgación. Huaraz al 1 día del mes de abril del 2004 RICARDO NARVÁEZ SOTO Presidente del Consejo Regional de Ancash POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ancash a los dos días del mes de abril del 2004. RICARDO NARVÁEZ SOTO Presidente del Gobierno Regional de Ancash 07206 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G64/G65/G6D/G6F/G6C/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/GF3/G64/G75/G6C/G6F/G73/G20/G64/G65 /G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G67/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G65/G73/G20/G79/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G68/G69/G67/G69/GE9/G6E/G69/G2D/G63/G6F/G73/G20/G63/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G69/G64/G6F/G73/G20/G69/G72/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G6D/G65/G6E/G74/G65/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G41/G76/G2E/G55/G72/G75/G67/G75/G61/G79/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G65/G72/G63/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 290 Lima, 8 de marzo de 2004