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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G37/G31/G32/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 23 de abril de 2004 Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Ci-vil es ejercida por la Dirección General de Aeronáuti-ca Civil como dependencia especializada del Minis-terio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticosinternacionales establecidos en el Convenio de Chi-cago sobre Aviación Civil y poder mantener la califi-cación de Categoría - I otorgada al Perú por la Orga-nización de Aviación Civil Internacional, debe man-tener un programa anual de vigilancia sobre la segu-ridad operacional a través de la ejecución de inspec-ciones técnicas a los explotadores aéreos en el país,basado en las disposiciones establecidas en el cita-do Convenio y en los estándares de la Organizaciónde Aviación Civil Internacional; Que, la empresa Tans Perú S.A., con Carta TANS GOPE JINS Nº 054, del 12 de marzo del 2004, en elmarco del Procedimiento Nº 5 de la seccióncorrespondiente a la Dirección General de Aeronáu-tica Civil (Evaluación de Personal), establecido en elTexto Único de Procedimientos Administrativos delMinisterio de Transportes y Comunicaciones, aproba-do por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicitaa la Dirección General de Aeronáutica Civil, efectuarlos chequeos técnicos en simulador de vuelo del equi-po Boeing 737, en el centro de entrenamiento deUnited Services, en la ciudad de Denver, a sus tripu-lantes técnicos Ronald Villa D´Luccio y Juan Schro-th, durante el día 24 de abril del 2004; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotación Nºs. 6530 y 6531, la solicitante ha cumpli-do con el pago del derecho de tramitación correspon-diente al Procedimiento a que se refiere el conside-rando anterior, ante la Dirección de Tesorería del Mi-nisterio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por laempresa solicitante del servicio, incluyendo el pagode los viáticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuer-to; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Di- rección General de Aeronáutica Civil, ha emitido laOrden de Inspección Nº 0532-2004-MTC/12.04-SDOdesignando al inspector Reynaldo Julio Ríos Vienri-ch, para realizar los chequeos técnicos en simuladorde vuelo del equipo Boeing 737 al personal aeronáu-tico propuesto por la empresa Tans Perú S.A., duran-te los días 23 al 25 de abril del 2004; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido inspector de la Dirección Generalde Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento delas funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y suReglamento, pueda realizar los chequeos técnicos ensimulador de vuelo a que se contrae la Orden de Ins-pección Nº 0532-2004-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619 y Ley Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Reynaldo Julio Ríos Vienrich, inspector de la Dirección General deAeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comu-nicaciones, a la ciudad de Denver, Estados Unidos deAmérica, durante los días 23 al 25 de abril del 2004, paralos fines a que se contrae la parte considerativa de lapresente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autoriza- do precedentemente, ha sido íntegramente cubierto porla empresa Tans Perú S.A. a través de los Recibos deAcotación Nºs. 6530 y 6531, abonados a la Dirección deTesorería del Ministerio de Transportes y Comunicacio-nes, incluyendo las asignaciones por concepto de viáti-cos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguientedetalle : Viáticos US$ 660.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el inspec-tor mencionado en el Artículo 1º de la presente Resolu-ción Ministerial, dentro de los quince (15) días calenda-rio siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar uninforme al Despacho Ministerial, con copia a la OficinaGeneral de Administración del Ministerio de Transportesy Comunicaciones, describiendo las acciones realizadasy los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos oderechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denomi-nación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 07749 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G2D /G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G61 /G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 291-2004-MTC/02 Lima, 22 de abril de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públi-cos, en concordancia con sus normas reglamentariasaprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM,establece que para el caso de los servidores y funcio- narios públicos de los Ministerios, entre otras entida- des, la autorización de viaje se otorgará por Resolu-ción Ministerial del respectivo Sector, la que deberáser publicada en el Diario Oficial El Peruano con ante-rioridad al viaje, con excepción de las autorizacionesde viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el inciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el AñoFiscal 2004, dispone restringir al mínimo indispensa-ble los viajes al exterior del país en comisión de servi-cios, estableciendo que, para el caso del Poder Ejecu-tivo, éstos serán aprobados por resolución supremarefrendada por el Presidente del Consejo de Ministrosy el Ministro del sector correspondiente, con excep-ción de los sectores de Relaciones Exteriores, Comer-cio Exterior y Turismo, así como de la Dirección Gene-ral de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportesy Comunicaciones, en cuyo caso se aprobarán por re-solución del Titular del Pliego correspondiente; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil esejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civilcomo dependencia especializada del Ministerio deTransportes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos inter-nacionales establecidos en el Convenio de Chicagosobre Aviación Civil y poder mantener la calificaciónde Categoría - I otorgada al Perú por la Organizaciónde Aviación Civil Internacional, debe mantener un pro-grama anual de vigilancia sobre la seguridad opera-cional a través de la ejecución de inspecciones técni-cas a los explotadores aéreos en el país, basado enlas disposiciones establecidas en el citado Convenioy en los estándares de la Organización de AviaciónCivil Internacional; Que, la empresa Taca Perú S.A., con Carta Nº GO- 185/04, del 14 de abril del 2004, en el marco del Pro-cedimiento Nº 5 de la sección correspondiente a la Di-rección General de Aeronáutica Civil (Evaluación dePersonal), establecido en el Texto Único de Procedi-mientos Administrativos del Ministerio de Transportes