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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ABRIL DEL AÑO 2004 (23/04/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 43

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G37/G31/G32/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 23 de abril de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públi-cos, en concordancia con sus normas reglamentariasaprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM,establece que para el caso de los servidores y funcio-narios públicos de los Ministerios, entre otras entida-des, la autorización de viaje se otorgará por Resolu-ción Ministerial del respectivo Sector, la que deberáser publicada en el Diario Oficial El Peruano con ante-rioridad al viaje, con excepción de las autorizacionesde viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el inciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el AñoFiscal 2004, dispone restringir al mínimo indispensa-ble los viajes al exterior del país en comisión de servi-cios, estableciendo que, para el caso del Poder Ejecu-tivo, éstos serán aprobados por resolución supremarefrendada por el Presidente del Consejo de Ministrosy el Ministro del sector correspondiente, con excep-ción de los sectores de Relaciones Exteriores, Comer-cio Exterior y Turismo, así como de la Dirección Gene-ral de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportesy Comunicaciones, en cuyo caso se aprobarán por re-solución del Titular del Pliego correspondiente; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil esejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civilcomo dependencia especializada del Ministerio deTransportes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticosinternacionales establecidos en el Convenio de Chi-cago sobre Aviación Civil y poder mantener la califi-cación de Categoría - I otorgada al Perú por la Organi-zación de Aviación Civil Internacional, debe mantenerun programa anual de vigilancia sobre la seguridadoperacional a través de la ejecución de inspeccionestécnicas a los explotadores aéreos en el país, basadoen las disposiciones establecidas en el citado Conve-nio y en los estándares de la Organización de Avia-ción Civil Internacional; Que, la empresa Aero Continente S.A., con Carta ACQ JINST 303-2004, del 12 de abril de 2004, en elmarco del Procedimiento Nº 5 de la sección corres-pondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil(Evaluación de Personal), establecido en el Texto Úni-co de Procedimientos Administrativos del Ministerio deTransportes y Comunicaciones, aprobado por DecretoSupremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la DirecciónGeneral de Aeronáutica Civil, efectuar los chequeostécnicos en simulador de vuelo del equipo Fokker 28,a sus tripulantes técnicos José Dreyfus, GuillermoPalma y Barry Power, en el Centro de Entrenamientode Storm Aviation, en la ciudad de Toronto, durantelos días 26 al 30 de abril del 2004; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotación Nºs. 6888 y 6889, la solicitante ha cumplidocon el pago del derecho de tramitación correspondienteal Procedimiento a que se refiere el considerando an-terior, ante la Dirección de Tesorería del Ministerio deTransportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la em-presa solicitante del servicio, incluyendo el pago delos viáticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Direc- ción General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Or-den de Inspección Nº 0560-2004-MTC/12.04-SDO de-signando al inspector Francisco Javier Díaz Cafferata,para realizar los chequeos técnicos en simulador devuelo del equipo Fokker 28 al personal aeronáuticopropuesto por la empresa Aero Continente S.A., en laciudad de Toronto, Canadá, durante los días 23 de abrilal 2 de mayo del 2004; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido inspector de la Dirección General deAeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las fun-ciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento,pueda realizar los chequeos técnicos en simulador devuelo a que se contrae la Orden de Inspección Nº 0560- 2004-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619 y Ley Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Francisco Javier Díaz Cafferata, inspector de la Dirección Generalde Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Co-municaciones, a la ciudad de Toronto, Canadá, durantelos días 23 de abril al 2 de mayo del 2004, para los finesa que se contrae la parte considerativa de la presenteResolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autoriza- do precedentemente, ha sido íntegramente cubierto porla empresa Aero Continente S.A. a través de los Reci-bos de Acotación Nºs. 6888 y 6889, abonados a la Di-rección de Tesorería del Ministerio de Transportes yComunicaciones, incluyendo las asignaciones por con-cepto de viáticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuer-do al siguiente detalle : Viáticos US$ 2,200.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el inspec-tor mencionado en el Artículo 1º de la presente Resolu-ción Ministerial, dentro de los quince (15) días calenda-rio siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar uninforme al Despacho Ministerial, con copia a la OficinaGeneral de Administración del Ministerio de Transportesy Comunicaciones, describiendo las acciones realizadasy los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos oderechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denomi-nación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 07748 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 288-2004 MTC/02 Lima, 20 de abril de 2004 CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios pú-blicos, en concordancia con sus normas reglamenta-rias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores yfuncionarios públicos de los Ministerios, entre otrasentidades, la autorización de viaje se otorgará porResolución Ministerial del respectivo Sector, la quedeberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruanocon anterioridad al viaje, con excepción de las auto-rizaciones de viajes que no irroguen gastos al Esta-do; Que, el inciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público parael Año Fiscal 2004, dispone restringir al mínimo in-dispensable los viajes al exterior del país en comi-sión de servicios, estableciendo que, para el caso delPoder Ejecutivo, éstos serán aprobados por resolu-ción suprema refrendada por el Presidente del Con-sejo de Ministros y el Ministro del sector correspon-diente, con excepción de los sectores de RelacionesExteriores, Comercio Exterior y Turismo, así como dela Dirección General de Aeronáutica Civil del Minis-terio de Transportes y Comunicaciones, en cuyo casose aprobarán por resolución del Titular del Pliegocorrespondiente;