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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE AGOSTO DEL AÑO 2004 (04/08/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 29

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G33/G38/G34/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 4 de agosto de 2004 Que, de acuerdo al artículo 21º, inciso h) de la Ley Or- gánica de los Gobiernos Regionales, concordante con lo dispuesto por Decreto Supremo Nº 074-95-PCM referida a la transferencia de funciones desempeñadas por el ex Ins- tituto Nacional de Administración Pública, es atribución de la Presidencia Regional aprobar las normas reglamenta- rias de organización y funciones de las dependencias ad- ministrativas del Gobierno Regional; Que, por Ley Orgánica que modifica la Organización y Funciones de los Ministerios Nº 27779, de fecha 10 de julio del 2002, se dispone la reorganización entre otros del Mi- nisterio de Transportes y Comunicaciones, separando de éste las funciones correspondientes al Ministerio de Vivien- da y Construcción, motivándose el diseño de una nueva estructura orgánica con alcance a sus órganos desconcen- trados; Que, por Decreto Supremo Nº 002-83-PCM, se aprue- ba la Directiva Nº 005-82-INAP/DNR de Normas para la formulación del Reglamento de Organización y Funciones de los Organismos de la Administración Pública; Que, mediante Oficio Nº 0083-2004-REGIÓN ANCASH- DRTC, la Dirección Regional de Transportes y Comunica- ciones de la Región Ancash solicita la aprobación de su Reglamento de Organización y Funciones, reformulado en razón a la reorganización dispuesta por la Ley Nº 27779 antes indicada; Estando a lo informado por la Subgerencia de Desa- rrollo Institucional y contando con las visas correspon- dientes; De conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, su mo- dificatoria la Ley Nº 27902 y demás normas pertinentes; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento de Organi- zación y Funciones (ROF) de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de la Región Ancash, el mismo que consta de ocho (8) Títulos, ochentiún (81) Artí- culos y cinco (5) Disposiciones Complementarias, y que en treinticinco (35) folios forman parte como anexo de la presente Resolución incluida en éstas el Organigrama Es- tructural de la institución. Artículo Segundo.- Transcribir la presente Resolución al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Oficina Regional de Control Institucional, Gerencia Regional de Administración, Gerencia Regional de Planeamiento, Pre- supuesto y Acondicionamiento Territorial, Subgerencia de Desarrollo Institucional y Dirección Regional de Transpor- tes y Comunicaciones de la Región Ancash. Regístrese, comuníquese y archívese.RICARDO NARVAEZ SOTO Presidente 14209 GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G6C/G61 /G72/G65/G70/G61/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G6F/G74/G6F/G6E/G69/G76/G65/G6C/G61/G64/G6F/G72/G61 RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 094-2004-GRU-UE:CFB/DE Pucallpa, 25 de mayo de 2004 VISTO: El Informe Nº 251/2004-GRU-P-UE:CFB/DT, del 24 de mayo del 2004; Sobre Reparación de Motoniveladora CHAMPION REG.433. CONSIDERANDO: Que, mediante Informe de visto la Dirección Técnica de la UE: Carretera Federico Basadre solicita la reparación de la Motoniveladora Marca CHAMPION REGISTRO Nº 433, que el Proyecto tiene a su cargo mediante el Conve- nio con PROVÍAS NACIONAL a fin de que se permita re- cuperar la transitabilidad de la vía en los tramos de la Obra:MANTENIMIENTO DE LA PLATAFORMA AFIRMADA .TRAMO I: Km. 75+000 al Km.110+000,TRAMO II: Km.110+000 al Km.162+000; Que, mediante Informe Nº 482-2004-GRU-UE:CFB/ DPSC- de fecha 24 de mayo del 2004, el Inspector de obras de la unidad ejecutora carretera Federico Basadre solicita reparación urgente de la Motoniveladora que el Proyecto Carretera Federico Basadre tiene a su cargo mediante Convenio con PROVÍAS NACIONAL, requiriendo además se EXONERE la realización de proceso alguno para poner operativa la Motoniveladora CHAMPION REG. 433 con- sistente en la reparación de Motor, reparación total de los frenos del sistema hidráulico y bomba de inyección; Que el Art. 19º Inc. "C" del Decreto Supremo Nº 012- 2001-PCM, de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado determina que están EXONERADOS de los Procesos de Licitación Pública; Concurso Público o Adju- dicación Directa, según sea el caso, de las Adquisiciones y Contrataciones que se realicen en situación de emer- gencia o de urgencia declaradas de conformidad con el Art. 22º de la presente ley; Que, en tal sentido debido al alto índice de transitabilidad de vehículos pesados y ante la necesidad de que el man- tenimiento rutinario sea permanente es factible exonerar de la realización de proceso alguno para la reparación de la Motoniveladora que el Proyecto tiene a su cargo me- diante Convenio con PROVÍAS NACIONAL; Por estas consideraciones y al amparo del Art. 19º Inc. "C", Art. 22º del D.S. Nº 012-2001-PCM. En uso de las facul- tades conferidas mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 0142-2004-GRU-P, de fecha 11 de febrero del 2004; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DECLARAR, en situación de UR- GENCIA LA REPARACIÓN DE LA MOTONIVELADORA CHAMPION REG.433 consistente en: reparación del mo- tor, reparación total de los frenos, del sistema hidráulico y de la bomba de inyección, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución. Artículo Segundo.- APRUÉBESE, la EXONERACIÓN del Proceso de Adjudicación Directa Selectiva para la re- paración de la Motoniveladora CHAMPION REG.433 de conformidad con lo dispuesto en los Arts. 19º Inc. "C", y 21º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM. Artículo Tercero.- AUTORIZAR, al COMITÉ ESPECIAL PERMANENTE DE ADJUDICACIONES proceda confor- me a lo dispuesto por el Art. 116º del Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.OSCAR A. BARRETO VASQUEZ Director Ejecutivo U.E. Carretera Federico Basadre 14150 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G20/G61/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G2D /G73/G6F/G73/G20/G64/G65/G72/G65/G63/G68/G6F/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G65/G6E/G69/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G54/G65/G78/G74/G6F/GDA/G6E/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G2D/G76/G6F/G73/G20/G32/G30/G30/G32/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G64/G65/G20/G53/G75/G72/G71/G75/G69/G6C/G6C/G6F ACUERDO DE CONCEJO Nº 188 Lima, 15 de julio de 2004 Visto en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 15 de julio de 2004, los Informes Nºs. 001-090-000001354 y Nº 004-82-000000024, elaborado por el Servicio de Admi- nistración Tributaria - SAT y la Gerencia de Asuntos Lega-